Caso práctico: Práctica d...spodiente.

Última revisión
28/12/2023

Caso práctico: Práctica de asiento de presentación sin haber pagado el impuesto correspodiente.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 2 min

Orden: civil

Fecha última revisión: 28/12/2023

Resumen:
Puede practicarse el asiento de presentación antes de haberse acreditado el pago del impuesto que corresponda, pero en estos casos se suspenderá la calificación y la inscripción u operación solicitada y se devolverá el título al que lo haya presentado para que pague el impuesto.

PLANTEAMIENTO

El art. 254 de la Ley Hipotecaria establece que ninguna inscripción se hará en el Registro de la Propiedad sin que se acredite previamente el pago de los impuestos establecidos del acto que se va a inscribir.

1.- ¿Existe la posibilidad de que se extienda un asiento de presentación antes de que se verifique el pago del impuesto que devengue el acto que se pretende inscribir?

2.- ¿Qué pla...

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.