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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RENDIMIENTOS ÍNTEGROS DEL TRABAJO - RECARGO PRESTACION ACCIDENTE TRABAJO Y E. PROFESIONAL
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
126382 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RENDIMIENTOS ÍNTEGROS DEL TRABAJO
Pregunta
¿Cuál es el tratamiento fiscal del recargo de las prestaciones económicas en caso de accidente de dtrabajo y enfermedad profesional, regulado en el artículo 123 del Real Decreto Legislativo1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social?
Respuesta
Tal como se recoge en el mencionado artículo, las prestaciones económicas que tengan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional, por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, se aumentarán, según la gravedad de la falta del empresario, de un 30% a un 50%.
El recargo de dichas prestaciones económicas, se considerará rendimiento del trabajo personal del contribuyente sujeto al IRPF y a su sistema de retenciones a cuenta.
Normativa/Doctrina
Artículo 17 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.
Consulta de la D.G.T. 0776 - 2003, de 10 de junio de 2003
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria