IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - BASE IMPONIBLE - GASTOS DEDUCIBLES Y NO...RALES POR LOS SOCIOS
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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES...LOS SOCIOS

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - BASE IMPONIBLE - GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES - SERVICIOS LABORALES POR LOS SOCIOS

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

134532 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - BASE IMPONIBLE - GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES

Pregunta

Los socios prestan sus servicios laborales a tiempo completo para la sociedad, estando dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la seguridad social. ¿Son deducibles las retribuciones satisfechas?

Respuesta

El apartado 3 del artículo 10 de la LIS, dispone que en el método de estimación directa, la base imponible se calculará, corrigiendo, mediante la aplicación de los preceptos establecidos en esta Ley, el resultado contable determinado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Comercio, en las demás leyes relativas a dicha determinación y en las disposiciones que se dicten en desarrollo de las citadas normas.

Según la definición de gastos de personal contenida en el Plan General de Contabilidad, se incluyen en los mismos, las retribuciones al personal, cualquiera que sea la forma o el concepto por el que se satisfacen, cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa y los demás gastos de carácter social.

Por tanto, las cantidades satisfechas por la sociedad a sus trabajadores, sean estos administradores o socios, tendrán la consideración de partida deducible a efectos de la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, en la medida en que respondan a la prestación de servicios personales para las actividades económicas, productivas, comerciales o de servicios desarrolladas por la sociedad y no retribuyan los capitales propios aportados por dichos socios, con independencia del régimen de afiliación a la Seguridad Social que les corresponda según las normas aplicables.

Normativa/Doctrina

Artículo 10 Ley 27/2014, de 27 de noviembre de 2014.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2294 - 05, de 14 de noviembre de 2005

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1548 - 13, de 07 de mayo de 2013

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0441 - 14, de 18 de febrero de 2014

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2434 - 2015, de 30 de julio de 2015



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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