Última revisión
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - CONTRIBUYENTES Y DOMICILIO FISCAL - EXENCIONES SUBJETIVAS - ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
134366 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - CONTRIBUYENTES Y DOMICILIO FISCAL - EXENCIONES SUBJETIVAS
Pregunta
Una asociación constituida por municipios y demás entidades locales que voluntariamente lo decidan, tiene personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, no persiguiendo fin de lucro alguno ¿es una entidad totalmente exenta del Impuesto sobre Sociedades?
Respuesta
Dado que la entidad no es una Mancomunidad de Municipios constituida para la ejecución de obras o servicios determinados, sino que se trata de una asociación con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, constituida para la consecución de distintos fines entre los que se encuentran el mejor funcionamiento de los servicios públicos en general, no es una entidad totalmente exenta del Impuesto sobre Sociedades.
Normativa/Doctrina
Artículo 9 Ley 27/2014, de 27 de noviembre de 2014.
Consulta de la D.G.T. 2210 - 99, de 22 de noviembre de 1999
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria