Última revisión
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - REG ESPECIALES - CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO - BIENES CON DERECHO DEDUCCIÓN EN CUOTA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
135904 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES,
Pregunta
Una entidad realiza inversiones por leasing en bienes de activo, teniendo derecho a deducción de la cuota íntegra por inversiones ¿podría deducirse fiscalmente el leasing?
Respuesta
La consideración de los gastos correspondientes a la operación de arrendamiento financiero como fiscalmente deducibles a efectos del Impuesto sobre Sociedades, puede analizarse con independencia de la posible deducción por inversiones aplicable a los elementos patrimoniales que sean objeto del contrato de arrendamiento financiero.
Normativa/Doctrina
Artículo
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0319 - 05, de 28 de febrero de 2005
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria