IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - MODELO 3...ANTENAS DE TELEFONIA
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IMPUESTO SOBRE EL VALOR A... TELEFONIA

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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - MODELO 347 - CONTENIDO.ARRENDAMIENTO DE TEJADOS PARA ANTENAS DE TELEFONIA

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

131214 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - MODELO 347

Pregunta

¿El arrendamiento de tejados para la instalación de antenas de telefonía móvil tiene la consideración de arrendamiento de local de negocio a efectos de su declaración en el modelo 347?

Respuesta

No tienen la consideración de arrendamiento de local de negocio a efectos de la cumplimentación anual del modelo 347:

-El arrendamiento de fachadas para la instalación de publicidad.

-El arrendamiento de tejados para la instalación de antenas de telefonía móvil.

-El arrendamiento de galerías que discurren por el subsuelo para instalar redes de telefonía, gas, electricidad, etc.

En estos casos, por tanto, no será necesario consignar la referencia catastral de los inmuebles, no obstante, los citados arrendamientos deberán ser declarados aplicando el resto de las disposiciones establecidas con carácter general para esta declaración por tratarse de desarrollo de actividades empresariales.

Normativa/Doctrina

Artículo 33, 34 Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio de 2007.

Artículo 6 Real Decreto Legislativo 1/2004, de 05 de marzo de 2004 Catastro Inmobiliario.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria