Última revisión
01/01/2017
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - SUJETOS PASIVOS - INVERSION DEL SUJETO PASIVO - PROCESO CONCURSAL
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
131874 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - SUJETOS PASIVOS - INVERSION DEL SUJETO PASIVO
Pregunta
¿Quién es el sujeto pasivo en la venta de un inmueble en un proceso concursal?
Respuesta
Desde el 1 de enero de 2012, en las entregas de bienes inmuebles efectuadas como consecuencia de un proceso concursal (tanto en la fase común como en las fases de convenio o de liquidación) será sujeto pasivo el destinatario que tenga la condición de empresario o profesional en lugar del transmitente.
En este supuesto no será de aplicación la previsión contenida en la Disposición adicional Sexta de la Ley del IVA, (según la cual los adjudicatarios que tengan la condición de empresarios o profesionales en los procedimientos de ejecución forzosa están facultados para presentar la declaración-liquidación e ingresar el impuesto resultante en nombre y por cuenta del sujeto pasivo), por ser el sujeto pasivo de las entregas de bienes inmuebles su destinatario.
Normativa/Doctrina
Artículo 84 .Uno.2º.e), D.A Sexta Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0520 - 16, de 09 de febrero de 2016
Artículo único.apartado 118 Ley 38/2011, de 10 de octubre de 2011

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

