Última revisión
17/04/2018
RÉGIMEN FISCAL MINERÍA IMPUESTO SOCIEDADES - CÁLCULO DOTACIÓN FACTOR AGOTAMIENTO
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 17/04/2018
Resumen:
HIDROCARBUROS: CÁLCULO DOTACIÓN FACTOR AGOTAMIENTO
Materia
138140 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - REGÍMENES ESPECIALES - MINERÍA. INVESTIGACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS
Pregunta
¿Cuál es la cuantía máxima de la dotación al factor de agotamiento que pueden efectuar las entidades que tienen derecho a reducir su base imponible por tal concepto?
Respuesta
La cuantía máxima de la reducción de la base imponible, de acuerdo con el régimen fiscal de la investigación y explotación de hidrocarburos, en concepto de factor de agotamiento, podrá ser, a elección de la entidad, cualquiera de las dos siguientes:
- el 25% del importe de la contraprestación por la venta de hidrocarburos y de la prestación de servicios de almacenamiento, con el límite del 50% de la base imponible previa a esta reducción.
- el 40% de la cuantía de la base imponible previa a esta reducción.
Normativa/Doctrina
Artículo 95 Ley 27/2014, de 27 de noviembre de 2014.

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
