Ampliación del critero di...iante ETT.

Última revisión
07/08/2017

Ampliación del critero dictado por el TSJUE sobre los interinos (20 días de indemnización) a los contratos de puesta a disposición mediante ETT.

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Relacionados:

Autor: Jose Candamio

Materia: Laboral

Fecha: 07/08/2017


En el blog de esta semana analizo la reciente STSJ País Vasco de 06/06/2017 -se adjunta- en la que se condena a una ETT al abono de las diferencias salariales reclamadas además de una indemnización por fin de contrato conforme al módulo de 20 días de salario por año de servicio (en lugar de 12) en aplicación del criterio contenido en la STJUE de 14 de septiembre de 2016 (asunto C-596/14 , De Diego Porras).

La singularidad de este fallo del TSJ radica en la ampliación de la indemnización de 12 a 20 días -en base a lo señalado por la famosa sentencia del TJUE - a una situación que no se contemplaba hasta el momento, como es la extinción (indemnización) de un contrato de puesta a disposición mediante Empresa de Trabajo temporal.

ett.png

 

Antecedentes

La Sentencia Tribunal de Justicia de la Union Europea, nº C-596/14, de 14/09/2016,  concedió a los trabajadores con contrato de interinidad la indemnización al finalizar su contrato por causas objetivas prevista en el artículo 53.1.b) del Estatuto de los Trabajadores para los trabajadores fijos. A raíz de su publicación, se ha generado gran polémica acerca de su posible aplicación en la extinción de otras modalidades contractuales [con la pertinente elevación de la indemnización ante extinción de un contrato temporal de 12 días a la de 20 por despido objetivo] o en el sector «privado». (Consultar: "Dudas y aclaraciones sobre la indemnización por contratos temporales tras la STSJUE de 14 de septiembre de 2016").

 

El caso

Se plantea recurso de suplicación por parte de la ETT demandada, frente a la sentencia del Juzgado de lo Social que ha estimado la demanda del trabajador condenando a la mercantil al abono de las diferencias salariales reclamadas además de una indemnización por fin de contrato conforme al módulo de 20 días de salario por año de servicio en aplicación del criterio contenido en nuestra sentencia de 18 de octubre de 2016 (R. 1872/2016), basada en STJUE de 14 de septiembre de 2016 (asunto C-596/14 , De Diego Porras).

 

A la luz del planteamiento del recurso el TSJ debe pronunciarse sobre la posible ampliación de una indemnización de 20 días por año trabajado (art. 53.1.b), Estatuto de los Trabajadores) en caso de extinción de un contrato de puesta a disposición entre empresa usuaria y ETT, en lugar de la que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio como establece el vigente apdo. 2. art. 11, de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.

 

STSJ País Vaco 06/06/2017  (R. 909/2017)

Ampliando de forma sustancial el fallo del TJUE -hay que recordar que en la sentencia de Luxemburgo no se establece absolutamente nada en relación con las indemnizaciones de un contrato de puesta a disposición o las empresas de trabajo temporal-, el TSJ reconoce al trabajador una indemnización de 20 días de salario por año de servicio en base a la Directiva 2008/104/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, relativa al trabajo a través de empresas de trabajo temporal.

 

Ampliación de la indemnización en caso de contrato de puesta a disposición al amparo de la Directiva 2008/104/CE.

La Sala sustenta su decisión de ampliar la indemnización a 20 días en el Capítulo II de la Directiva 2008/104/CE, y en concreto en su art. 5 donde se sienta el principio de igualdad de trato, de forma que si a los trabajadores temporales -de acuerdo con la interpretación que se viene realizando desde la STSJPV de 18 de octubre de 2016 (R.1872/2016) y la STJUE de 14 de septiembre de 2016 (asunto C-596/14 , De Diego Porras)-, les corresponde la indemnización prevista para un trabajador indefinido cuando el final de la relación laboral viene determinado por condiciones objetivas, esto es, 20 días por año, también al trabajador contratado temporalmente por la ETT le corresponde igual indemnización cuando se pone fin a su contrato.

 

En base a la igualdad de trato,  no se considera que concurra una causa que justifique el trato desigual en el aspecto  analizado entre un trabajador con contrato indefinido frente a otro con contratación temporal (igualdad de trato entre trabajadores temporales y los indefinidos), aplicando esta premisa a los trabajadores de la ETT cuyas condiciones de trabajo han de ser iguales a las que ostentan los trabajadores contratados directamente por la empresa usuaria, de manera que la condición de trabajadores temporales cedidos no puede operar como factor que justifique la inferior indemnización.

 

Todo lo expuesto determina la confirmación de la sentencia recurrida.

 

Conclusión

Bajo mi punto de vista se trata de una ampliación, que a pesar de tener cierta conexión mediante la interpretación que se realiza de la Directiva 2008/104/CE, se realiza ampliando en gran medida lo establecido en la STSJUE 14/09/2016, por lo que antes de plantear elevar las indemnizaciones para la extinción de un contrato de puesta a disposición, de 12 a 20 días, será necesario ver como evoluciona el caso “De Diego Porras” (pendiente de aclaración de sentencia por parte del TSJUE) o la ratificación de este criterio por otras Salas de los Social, incluida la del Tribunal Supremo.

 

Voto particular

La Sentencia analizada contiene un voto particular queque realiza el Iltmo. Sr. Magistrado D. Pablo Sesma De Luis, donde discrepa sobre la aplicación para la resolución del recurso de la sentencia de 14 de Septiembre de 2016 (C-596/14 ) del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Empresas de Trabajo Temporal y Agencias de colocación
Disponible

Empresas de Trabajo Temporal y Agencias de colocación

6.83€

6.49€

+ Información

Contrato fijo discontinuo. Paso a paso
Disponible

Contrato fijo discontinuo. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

12.75€

12.11€

+ Información

Robótica y Responsabilidad
Disponible

Robótica y Responsabilidad

Manuel Iglesias Cabero

10.92€

10.37€

+ Información

Contrato de trabajo temporal. Tipos y características
Disponible

Contrato de trabajo temporal. Tipos y características

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información