Código Nacional de Ocupación (CNO): qué es y desde cuando es obligatorio para las solicitudes de alta en la seguridad social
- Autor: José Juan Candamio Boutureira
- Materia: Laboral
- Fecha: 16/03/2023

Tanto el Real Decreto 504/2022, de 27 de junio como el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, modifican, entre otra normativa, el art. 30 del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero (Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social) incluyendo la ocupación laboral del trabajador según Clasificación Nacional de Ocupaciones como nuevo campo de información obligatoria a transmitir por la empresa.
Analizamos la regulación del nuevo concepto y las actuaciones en el campo de la afiliación establecidas por la TGSS.
1. Cambio normativo
Nuevo artículo 30.2 («Solicitudes de alta y baja») del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social«2. La solicitud de alta contendrá los datos relativos al ejercicio de la actividad que faciliten una información completa a las entidades gestoras y a la Tesorería General de la Seguridad Social y, en especial, los siguientes:
a) En la solicitud de alta de los trabajadores por cuenta ajena figurarán, respecto del empresario, su nombre o razón social, código de cuenta de cotización y régimen de Seguridad Social aplicable, y respecto del trabajador, su nombre y apellidos, número de la Seguridad Social, número del documento nacional de identidad o equivalente, domicilio, fecha de iniciación de la actividad, grupo de cotización, condiciones especiales de esta y, a efectos de la correspondiente a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la actividad económica u ocupación desempeñada, con arreglo a la tarifa de primas vigente.
En la solicitud de alta también figurarán el código o los códigos de convenio colectivo que, en su caso, resulten aplicables al trabajador por cuenta ajena, que deberán coincidir con el correspondiente al código de cuenta de cotización en el que vaya a producirse el alta o, de haberse declarado de aplicación en la empresa más de un convenio, con aquel o aquellos que le correspondan de entre los que figuren vinculados a esa cuenta de cotización.
Asimismo, deberán figurar el nivel de formación académica, la ocupación laboral, única o principal, y el centro de trabajo al que figura adscrito el trabajador por cuenta ajena cuya alta se solicita. El nivel de formación académica y la ocupación laboral del trabajador se incluirán con arreglo, respectivamente, a las clasificaciones nacionales de educación y de ocupaciones vigentes en cada momento».
2. Entrada en vigor de la norma y fecha de obligación de la comunicación.
Las distintas modificaciones realizadas sobre el art. 30 del Reglamento (Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, Real Decreto 504/2022, de 27 de junio e incluso Real Decreto 453/2022, de 14 de junio) se encuentran en vigor desde el 01/01/2023. A pesar de que desde el día 17/01/2023 se puede comunicar este dato en las altas que se presenten, hasta el 15 de febrero de 2023 no ha resultado obligatorio (según Boletín de Noticias RED 1/2023)
3. Cómo saber que Clasificación Nacional de Ocupaciones aplicar a la persona trabajadora
En la solicitud de alta de las personas trabajadoras deberá figurar la ocupación laboral del trabajador con arreglo a la Clasificación Nacional de Ocupaciones. Las distintas ocupaciones pueden verse en la Tabla de Ocupación C.N.O. (Tabla T-90 de la Seguridad Social).
4. Cómo se transmite esta información a la TGSS
Se ha creado un nuevo campo llamado «CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIONES» en el fichero de afiliación por remesas y en los servicios on-line del Sistema RED.
Como ha informado la propia TGSS:
«Todas las altas con FECHA REAL DE ALTA -FRA- igual o posterior a 15.02.2023, con independencia de la fecha en la que dicho movimiento haya sido mecanizado, deberán tener contenido en dicho campo, siendo rechazados los movimientos de alta que no lo lleven. Así, las altas previas con FRA del 15.02.2023 o posterior, que se hayan mecanizado con anterioridad a esta fecha, y que no lleven contenido en este campo, deberán ser modificadas mediante la funcionalidad MODIFICACIÓN DE MOVIMIENTOS PREVIOS, tanto en la modalidad online o de remesas, para evitar su rechace en el momento de la consolidación».
CUESTIÓN
¿Qué sucede con las altas realizadas entre el 02.01.2023 y el 14.02.2023?
Se podrá utilizar la funcionalidad CAMBIO DE OCUPACIÓN C.N.O., para anotar el dato en aquellas altas con FRA comprendida entre el 02.01.2023 y el 14.02.2023, que se hayan mecanizado sin el nuevo campo. En este caso, al tratarse de una corrección del alta, la FECHA DE CAMBIO debe ser igual a la FRA. Estas correcciones podrán realizarse hasta el 31.03.2023.
- Afiliación online
Además de la inclusión del nuevo campo, se ha creado una nueva funcionalidad que permite la modificación y/o corrección de dicho campo denomina «CAMBIO DE CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIÓN». En este caso es necesario tener en cuenta:
- Los plazos para el cambio del dato será el establecido con carácter general para las modificaciones/correcciones realizadas a través del Sistema RED: a lo largo de todo el mes en el que se produce la variación y hasta la confirmación de la liquidación.
- No se podrán comunicar cambios con carácter previo.
Al ejecutar la transacción se presentará una pantalla:
Fuente: BNR TGSS n.º 1/2023, de 9 de enero de 2023
- Afiliación remesas (BNR TGSS n.º 1/2023, de 9 de enero de 2023)
? Nuevo campo para las altas de trabajadores (acción MA) y nuevo segmento ODL.
Se crea un nuevo campo:
- OCUPACIÓN C.N.O. ? n4, tabla T-90
Dicho campo se incluye en un nuevo segmento -ODL: Otros Datos Laborales- que se situará detrás del segmento DAM.
Además, en este nuevo segmento se incluye el campo CONVENIO COLECTIVO que actualmente está en el segmento OTD.
? Creación de una nueva acción
El nuevo campo, además de poder anotarse en el movimiento del alta, podrá corregirse o modificarse con posterioridad. Para ello se ha creado una nueva acción para la modificación/corrección del nuevo dato.
- Acción MOC – Modificación Ocupación C.N.O.
La nueva acción requerirá los siguientes campos:
CAMPO | SEGMENTO | OBLIGATORIOCONDICIONAL |
Acción | FAB | O |
Régimen | EMP | O |
CCC | EMP | O |
NAF | TRA | O |
IPF | TRA | O |
Ocupación C.N.O. | ODL | C |
Fecha real | FAB | C |
A TENER EN CUENTA. En Inicio/Información útil/Sistema RED/RED Internet/Documentación RED Internet/Instrucciones Técnicas/Afiliación, se han publicado los ficheros AFI, FRA, CFA, FRE y RYC con las modificaciones resaltadas sobre fondo gris. Puede consultarse aquí.
Real Decreto 453/2022 de 14 de Jun (Determinación de hecho causante y efectos económicos de la pensión de jubilación y del ingreso mínimo vital) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 142 Fecha de Publicación: 15/06/2022 Fecha de entrada en vigor: 16/06/2022 Órgano Emisor: Ministerio De Inclusion, Seguridad Social Y Migraciones
Real Decreto 13/2022 de 26 de Jul (Se establece nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 179 Fecha de Publicación: 27/07/2022 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2023 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 5ª. Entrada en vigor.
- D.F. 4ª. Títulos competenciales.
- D.F. 3ª. Rango reglamentario.
- D.F. 2ª. Modificación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- D.F. 1ª. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Real Decreto 84/1996 de 26 de Ene (Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 50 Fecha de Publicación: 27/02/1996 Fecha de entrada en vigor: 01/03/1996 Órgano Emisor: Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social
- D.F. UNICA. Normas de aplicación y desarrollo.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 3ª. Fechas de aplicación de las altas retrasadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y de las altas y bajas en dicho Régimen y en el de Empleados de Hogar.
- D.T. 2ª. Exclusiones temporales de la afiliación y alta previas.
- D.T. 1ª. Opción de cobertura de las empresas sujetas a lo dispuesto en el artículo 204.2 de la Ley General de la Seguridad Social, de 30 de mayo de 1974.
Real Decreto 504/2022 de 27 de Jun (Modificación del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 154 Fecha de Publicación: 28/06/2022 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2023 Órgano Emisor: Ministerio De Inclusion, Seguridad Social Y Migraciones
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Sentencia Social Nº 1488/2005, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sec. 1, 13-05-2005
Orden: Social Fecha: 13/05/2005 Tribunal: Tsj Comunidad Valenciana Ponente: Blanco Pertegaz, Teresa Pilar Num. Sentencia: 1488/2005
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Sentencia Social Nº 537/2012, TSJ Aragon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 471/2012, 03-10-2012
Orden: Social Fecha: 03/10/2012 Tribunal: Tsj Aragon Ponente: Garcia-atance, Juan Molins Num. Sentencia: 537/2012 Num. Recurso: 471/2012
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Sentencia Social Nº 5779/2006, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 702/2005, 28-07-2006
Orden: Social Fecha: 28/07/2006 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Escudero Alonso, Luis Jose Num. Sentencia: 5779/2006 Num. Recurso: 702/2005
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Sentencia Social Nº 578/2006, TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 578/2006, 02-05-2006
Orden: Social Fecha: 02/05/2006 Tribunal: Tsj Castilla Y Leon Ponente: Segoviano Astaburuaga, Maria Luisa Num. Sentencia: 578/2006 Num. Recurso: 578/2006
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Sentencia Social Nº 2357/2006, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 951/2003, 17-03-2006
Orden: Social Fecha: 17/03/2006 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Quesada Perez, Maria Del Carmen Num. Sentencia: 2357/2006 Num. Recurso: 951/2003
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Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
Orden: Laboral Fecha última revisión: 23/09/2022
Los empresarios, como requisito previo e indispensable a la iniciación de sus actividades, solicitarán su inscripción en el Régimen General de la Seguridad Social, haciendo constar la entidad gestora o, en su caso, la mutua colaboradora con la Se...
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Cotización de trabajadores agrarios por cuenta ajena para el año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 23/01/2023
La cotización dentro del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, podrá efectuarse, a opción del empresario, por bases diarias, en función de las jornadas reales rea...
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Efectos de los actos en materia de Seguridad Social
Orden: Laboral Fecha última revisión: 29/06/2022
El alta, la baja y las variaciones de datos de Seguridad Social son comunicaciones obligatorias que deben hacerse a la TGSS para informar sobre el comienzo o cese o cualquier modificación en la actividad laboral de un trabajador. En función de la f...
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Afiliación, alta y baja de los trabajadores agrarios por cuenta ajena
Orden: Laboral Fecha última revisión: 20/06/2022
La afiliación, alta y baja en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrario, se rige por lo establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, con ciertas particularidades en relación a los períodos de inactividad. Las bas...
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Plazo y forma para el ingreso de cuotas a la Seguridad Social
Orden: Laboral Fecha última revisión: 29/06/2022
Las cuotas de la Seguridad Social y los recursos que se recauden conjuntamente con ellas se ingresarán dentro del mes siguiente al que corresponda su devengo, no obstante, para los colectivos y regímenes se especifican distintos plazos reglamentari...
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Modelo de solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador por cuenta ajena - a instancia del trabajador/a (modelo TA.2/T).
Fecha última revisión: 07/03/2023
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Modelo TA.6-0138_HOGAR de solicitud de código de cuenta de cotización para empleadores en el Sistema Especial de Hogar y baja y variación de datos
Fecha última revisión: 01/01/2023
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Reclamación administrativa previa para la impugnación de alta de oficio en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Fecha última revisión: 31/05/2018
A LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DELEGACIÓN PROVINCIAL DE [PROVINCIA]D./Dña. [NOMBRE] con DNI [DNI] y Número de Afiliación a la Seguridad Social [NUM_SEG_SOCIAL_TRABAJADOR] y con domicilio en la Calle [CALLE] de [LOCALIDAD], por med...
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Formulario genérico de demanda para la impugnación de alta de oficio en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Fecha última revisión: 28/07/2021
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NUM_JUZGADO] DE [PROVINCIA]D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], letrado en ejercicio del Ilte. Colegio de Abogados de [PROVINCIA], con despacho abierto en [LOCALIDAD], calle [CALLE] n.º [NUMERO], el cual vengo a designar a efe...
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Formularios desplazamiento de trabajadores a Paraguay
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Caso práctico: Fiscalidad de un trabajador español desplazado a China
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Caso práctico ¿Un autónomo puede ejercer dos actividades diferentes? ¿Hay que comunicarlo a TGSS? ¿efectos fiscales?
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Caso práctico: Dudas en relación con la cotizacón en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
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Caso práctico: asignación grupo cotización en el Convenio colectivo de Industria siderometalúrgica de Málaga
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PLANTEAMIENTOUna sociedad mercantil española con domicilio fiscal en España quiere desplazar a un trabajador a China durante el período de un año. La sociedad mercantil no posee establecimiento permanente en China y va a pagar las remuneraciones...
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PLANTEAMIENTOQueremos realizar un contrato en prácticas a persona con FP Grado superior en telecomunicaciones en una empresa sujeta al Convenio colectivo de la industria siderometalúrgica de Málaga. Nuestra intención era asociarlo a un grupo de...
PLANTEAMIENTORelación extramatrimonial o extraconyugal. Consideración de trabajo de familiares a efectos de cotización a la consideración de trabajadores por cuenta ajena¿Puede considerarse, a efectos de la Seguridad Social, familiar del empres...
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Dictamen de DCE 2292/1995 del 14-12-1995
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 14/12/1995 Núm. Resolución: 2292/1995
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Órgano: Consejo De Estado Fecha: 07/04/2022 Núm. Resolución: 282/2022
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Dictamen de DCE 911/2022 del 23-06-2022
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 23/06/2022 Núm. Resolución: 911/2022
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Dictamen de DCE 715/2006 del 15-06-2006
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 15/06/2006 Núm. Resolución: 715/2006
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Resolución de MT BOE núm. 310 del 27-12-2000
Órgano: Ministerio De Trabajo Fecha: 27/12/2000 Núm. Resolución: BOE núm. 310