Novedades en material laboral y social de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021
- Autor: José Juan Candamio Boutureira
- Materia: Laboral
- Fecha: 19/01/2021

Novedades en ámbito social y laboral de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2021.
INDICE
1. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo y Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional (Art. 119 LPGE 2021)
1.1 Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2021 para el Régimen General de la Seguridad Social.
1.2 Cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
1.3 Cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social
1.4 Cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje.
2. Moratoria en el pago de las cuotas con la Seguridad Social (D.F 43ª LPGE 2021).
3. Contrato para la formación dual universitaria (D.F 36ª LPGE 2021)
4. Indemnizaciones a cargo del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) (D.F 36ª LPGE 2021)
5. Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo (D.F 38 LPGE 2021)
5.1. Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta ajena
5.2. Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta propia.
6. IPREM (D.A 121ª LPGE 2021)
7. Contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística (D.A 122 LPGE 2021)
8. Bonificación cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural (D.A 123ª LPGE 2021)
9. Crédito de formación profesional para el empleo (D.A 124ª LPGE 2021)
10. Suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral (D.A 127ª LPGE 2021)
11. Cuantías y revalorización de pensiones (Arts. 35-41 LPGE 2021)
11.1 Cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva del Sistema de la Seguridad Social para el año 2021
11.2 Cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas para el año 2021
11.3 Cuantías de otras pensiones y prestaciones públicas
12. Complementos por mínimos (Arts. 42-43 LPGE 2021)
13 Otras medidas en el ámbito laboral para 2021:
13.1 Regulación del salario mínimo interprofesional para 2021 (D.A 6ª del Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre)
13.2 Nuevo aplazamiento de la entrada en vigor de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma (D.A. 126ª LPGE 2021)
13.3 Cotización en el Sistema Especial para manipulado y empaquetado del tomate fresco con destino a la exportación, dentro del Régimen General de la Seguridad Social (DF 41ª LPGE 2021)
13.4 Empleados públicos
13.4.1 Nueva regulación de determinados permisos y vacaciones de los Empleados Públicos (DF 37ª LPGE 2021)
13.4.2 Retribuciones del personal al servicio del sector público (art. 18 LPGE 2021)
13.4.3 Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 (DA 35ª LPGE 2021)
13.4.4 contratación de personal temporal o el nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos (art. 19 LPGE 2021).
1. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo y Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional (Art. 119 LPGE 2021).
Para el año 2021 se congela la base máxima de cotización (4.070,10 euros al mes) y se mantienen las bases mínimas hasta que se fije del salario mínimo interprofesional 2021.
1.1 Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2021 para el Régimen General de la Seguridad Social.
- La base máxima de cotización se fijada en 4.070,10 euros.
- La congelación temporal del SMI hace que el incremento de las bases mínimas de cotización se calcule sobre el SMI 2020.
- Los tipos de cotización en el Régimen General de Seguridad Social no han sufrido variación.
- Topes máximo y mínimo de las bases de cotización en el régimen general de la seguridad social
AÑO 2020 |
AÑO 2021 |
PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021
|
||
Base Mínima |
Base Máxima |
Base Mínima |
Base Máxima |
|
1.108,33 |
4.070,10 |
1.108,33 |
4.070,10 |
1.2 Cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
La base máxima de cotización será de 4.070,10 euros mensuales. La base mínima de cotización será de 944,40 euros mensuales. Para 2021 los tipos de cotización serán: 28,30 contingencias comunes; 1,30 % por contingencias profesionales; 0,9 % por cese de actividad y 0,1 % por formación profesional (30,60 % en total).
- Bases y tipos de cotización al RETA desde el 1 de enero de 2021
Las bases de cotización en el RETA se mantienen en idéntica cantidad (4.070,10 euros mensuales y la mínima de 944,40 euros mensuales). No obstante, siguiendo la D.T 2ª Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, se elevan los tipos de cotización: 28,30 % contingencias comunes; 1,30 % por contingencias profesionales; 0,9 % por cese de actividad y 0,1 % por formación profesional (30,60 % en total).
- Tipo de cotización al RETA 2021
Tipo de cotización |
AÑO 2020 |
AÑO 2021 |
|
Para las contingencias comunes |
28,30 %
|
28,30 %
|
NO HAY CAMBIOS |
Para las contingencias profesionales |
1,10 % |
1,30 % |
INCREMENTO DEL O,20 % |
Por cese de actividad
|
0,8 % |
0,9 %
|
INCREMENTO DEL O,10 % |
Por formación profesional |
0,1 %
|
0,1 %
|
NO HAY CAMBIOS |
TOTAL |
30,60 % |
29,50 % |
INCREMENTO DEL 1,1 % |
1.3 Cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social
Hasta que se fije del salario mínimo interprofesional 2021 se mantienen los tramos de cotización en el Régimen especial de empleados de hogar fijados para 2020.
Hasta la fijación del SMI 2021 que permita actualizar las cantidades que se exponen, en el Sistema Especial las bases de cotización serán de conformidad con la siguiente escala (art. 14 Orden TMS/83/2019, de 31 de enero):
Tramo en función del máximo horas trabajadas |
Tramo de retribución mensual (Euros/mes) |
COTIZACIÓN AÑO 2020 |
COTIZACIÓN AÑO 2021 |
|
1.º |
Hasta 240,00. |
206,00 |
206,00 |
PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 |
2.º |
Desde 240,01 hasta 375,00 |
340,00 |
340,00 |
|
3.º |
Desde 375,01 hasta 510,00 |
474,00 |
474,00 |
|
4.º |
Desde 510,01 hasta 645,00 |
608,00 |
608,00 |
|
5.º |
Desde 645,01 hasta 780,00 |
743,00 |
743,00 |
|
6.º |
Desde 780,01 hasta 914,00 |
877,00 |
877,00 |
|
7.º |
Desde 914,01 hasta 1.050,00 |
1.050,00 |
1.050,00 |
|
8.º |
Desde 1.050,01 hasta 1.144,00 |
1.097,00 |
1.097,00 |
|
9.º |
Desde 1.144,01 hasta 1.294,00 |
1.232,00 |
1.232,00 |
|
10.º |
Desde 1.294,00. |
Retribución mensual hasta base máxima |
Retribución mensual hasta base máxima |
1.4 Cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje.
Dada la congelación de las bases mínimas de cotización se mantienen las cuantías de cotización vigentes en el año 2020 hasta la publicación del SMI para 2021.
Concepto |
AÑO 2020 |
AÑO 2021 |
|
Contingencias Comunes (Cuota única mensual) |
51,05 euros |
51,05 euros |
PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 |
Contingencias profesionales (Cuota única mensual) |
5,85 euros |
5,85 euros |
|
Fondo de Garantía Salarial (Cuota única mensual) |
3,23 euros |
3,23 euros |
|
Desempleo |
74,03 euros |
74,03 euros |
|
Formación Profesional |
.. |
.. |
|
TOTAL (si procede cotizar desempleo) |
134,20 euros |
134,20 euros |
2. Moratoria en el pago de las cuotas con la Seguridad Social (D.F 43ª LPGE 2021).
Las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, siempre que se encuentren al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social y no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán la moratoria en el pago de las cuotas con la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo tenga lugar entre los meses de diciembre de 2020 y febrero de 2021, en el caso de empresas, y entre los meses de enero a marzo de 2021 en el caso de trabajadores autónomos.
Entre el 1 y el 10 de enero |
Empresas |
Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas correspondientes al período de liquidación de diciembre 2020. |
Autónomos |
Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas correspondientes al periodo de liquidación de enero 2021. |
|
Entre el 1 y el 10 de febrero |
Empresas |
Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas correspondientes al período de liquidación de enero 2021. |
Autónomo |
Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas correspondientes al periodo de liquidación de febrero 2021. |
|
Entre el 1 y el 10 de marzo |
Empresas |
Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas correspondientes al período de liquidación de febrero 2021. |
Autónomos |
Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas correspondientes al periodo de liquidación de marzo 2021. |
* Plazos según BNR 1/2021, de 5 de enero de 2021.
3. Contrato para la formación dual universitaria (D.F 36ª LPGE 2021)
Dando nueva redacción al art. 11.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se introduce una nueva modalidad de contrato formativo: «contrato para la formación dual universitaria».
4. Indemnizaciones a cargo del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) (D.F 36ª LPGE 2021)
Con la modificación del art. 33.2 ET pasa a incluirse dentro de la acción protectora del Fondo las indemnizaciones en caso de extinción del contrato a instancia del trabajador como consecuencia de traslado (art. 40.1 ET) o de una modificación sustancial de condiciones de trabajo (art. 41.3 ET).
5. Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo (D.F 38 LPGE 2021)
Se introducen cambios en la cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo, estipulándose una cotización especial de solidaridad del 9% sobre la base de cotización por contingencias comunes para personas trabajadoras cuenta ajena y propia.
5.1. Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta ajena
|
AÑO 2020 |
AÑO 2021 |
|
Cotización especial de solidaridad (art. 153 LGSS) | 8%
· 6% a cargo del empresario · 2% a cargo del trabajador |
9%
· 7% a cargo del empresario · 2% a cargo del trabajador |
INCREMENTO DEL 1 % |
5.2. Cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación y trabajo por cuenta propia.
Cotización especial de solidaridad (art. 309 LGSS) | 8% |
9% |
INCREMENTO DEL 1 % |
6. IPREM (D.A 121ª LPGE 2021)
Se determina el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para 2021 con las siguientes cuantías durante 2021:
- a) IPREM diario: 18,83 euros.
- b) IPREM mensual: 564,90 euros.
- c) IPREM anual: 6.778,80 euros.
- d) En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.908,60 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.778,80 euros.
Año |
IPREM mensual |
IPREM anual (12 pagas) |
IPREM anual (14 pagas) |
2020 |
537,80 € |
6.454,03 € |
7.519,59 € |
2021 |
564,90 |
6.778,80 € |
7.908,60 € |
INCREMENTO DEL 5 % |
7. Contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística (D.A 122 LPGE 2021)
Con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.
8. Bonificación cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural (D.A 123ª LPGE 2021)
Se mantiene la bonificación del 50 por ciento en la cotización empresarial en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional.
9. Crédito de formación profesional para el empleo (D.A 124ª LPGE 2021)
Las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional dispondrán de un crédito para la formación de sus trabajadores de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año 2020 el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:
- a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por ciento.
- b) De 10 a 49 trabajadores: 75 por ciento.
- c) De 50 a 249 trabajadores: 60 por ciento.
- d) De 250 o más trabajadores: 50 por ciento.
Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje. Asimismo, podrán beneficiarse de un crédito de formación, en los términos establecidos en la citada normativa, las empresas que durante el año 2021 abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. En estos supuestos las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 euros.
Las empresas que durante el año 2021 concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores dispondrán de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual que les correspondería de conformidad con lo establecido en el párrafo primero de este apartado, por el importe que resulte de aplicar los criterios determinados por la normativa aplicable. El crédito adicional asignado al conjunto de las empresas que concedan los citados permisos no podrá superar el 5 por ciento del crédito establecido en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para la financiación de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social por formación profesional para el empleo.
10.- Suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral (D.A 127ª LPGE 2021)
Se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, prevista en el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, para las cotizaciones que se generen durante el año 2021. Esta suspensión se extenderá hasta que el Gobierno proceda a la reforma del citado real decreto, que deberá producirse a lo largo del año 2021.
11. Cuantías y revalorización de pensiones (Arts. 35-41 LPGE 2021)
Se aplica para 2021 una subida generalizada del 0,9%, siendo el porcentaje del 1,8 por ciento en el caso de las pensiones no contributivas.
11.1 Cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva del Sistema de la Seguridad Social para el año 2021
JUBILACIÓN |
Con cónyuge a cargo |
Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal |
Con cónyuge no a cargo |
|||
€/año |
€/mes (14 pagas) |
€/año |
€/mes (14 pagas) |
€/año |
€/mes (14 pagas) |
|
Titular con 65 años |
11.914 |
851 |
9.655,80 |
689,70 |
9.164,40 |
654,60 |
Titular menor de 65 años |
11.170,60 |
797,70 |
9.034,20 |
645,30 |
8.538,60 |
609,90 |
Titular con 65 años procedente de gran invalidez. |
17.871 |
1.276,5 |
14.484,40 |
1.034 |
13.746,60 |
981,90 |
INCAPACIDAD PERMANENTE |
Con cónyuge a cargo |
Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal |
Con cónyuge no a cargo |
|||
€/año |
€/mes (14 pagas) |
€/año |
€/mes (14 pagas) |
€/año |
€/mes (14 pagas) |
|
Gran invalidez |
17.871,00 |
1.276,50 |
14.484,40 |
1.034,57 |
13.746,60 |
981,85 |
Absoluta |
11.914,00 |
851 |
9.655,80 |
689,70 |
9.164,40 |
689,60 |
Total: Titular con 65 años |
11.914,00 |
851 |
9.655,80 |
689,70 |
9.164,40 |
689,60 |
Total: Titular con edad entre 60 y 64 años |
11.170,60 |
797,90 |
9.034,20 |
645,30 |
8.538,60 |
609,90 |
Total: Derivada de enfermedad común menor de 60 años |
7.119,00 |
508,50 |
7.119,00 |
508,50
|
7.056 |
504 |
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con 65 años |
11.914,00 |
851 |
9.655,80 |
689,70 |
9.164,40 |
654,60 |
VIUDEDAD |
Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal |
|
€/año |
€/mes (14 pagas) |
|
Titular con cargas familiares |
11.170,60 |
797,90 |
Titular con 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 % |
9.655,80 |
689,70 |
Titular con edad entre 60 y 65 años |
9.034,20 |
645,30 |
Titular con menos de 60 años |
7.315,00 |
522,50 |
ORFANDAD |
€/año |
€/mes (14 pagas) |
|
Por beneficiario |
2.951,20 |
210,80 |
|
Por beneficiario menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100
|
5.805,80
|
414,70 |
|
Orfandad absoluta |
Un solo beneficiario
|
El mínimo se incrementará en 7.315,00 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios. |
|
Varios beneficiarios |
El mínimo se incrementará en 7.315,00 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios. |
||
Orfandad por violencia de Género (Ley 3/2019, de 1 de marzo) |
Un solo beneficiario |
PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 |
|
Varios beneficiarios |
PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 |
EN FAVOR DE FAMILIARES |
€/año |
€/mes (14 pagas) |
Por beneficiario |
2.951,20 |
210,80 |
Si no existe viuda ni huérfano que sean pensionistas |
.. |
|
Un solo beneficiario con 65 años |
7.131,60 |
509,40 |
Un solo beneficiario con menos de 65 años |
6.721,40 |
480,10 |
Varios beneficiarios |
El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.363,80 euros/año entre el número de beneficiarios. |
PENSIONES DEL EXTINGUIDO SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI) |
€/año |
€/mes (14 pagas) |
Vejez, invalidez y viudedad |
6.183,80 |
441,70 |
Concurrencia con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social |
6.001,80 |
428,70 |
11.2 Cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas para el año 2021
Clase de pensión |
Importe |
||
Con cónyuge a cargo – Euros/año |
Sin cónyuge: unidad económica unipersonal – Euros/año |
Con cónyuge no a cargo – Euros/año |
|
Pensión de jubilación o retiro. |
11.914,00 |
9.655,80 |
9.164,40 |
Pensión de viudedad. |
9.655,80 |
||
Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones. |
9.412,20/N |
11.3 Cuantías de otras pensiones y prestaciones públicas
Límite máximo de percepción de pensión pública: 2.707 euros/mes o 37.904,86 euros/año.
Pensiones de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva: 5.639,20 euros/año.
- Complemento de pensión para el alquiler de vivienda: 525 euros/año.
12. Complementos por mínimos (Arts. 42-43 LPGE 2021)
Las pensiones contributivas cuya cuantía resulte inferior a la pensión mínima establecida por ley puede ser complementadas, siempre que se acrediten ciertos requisitos, hasta dicho importe mínimo. En 2021, el límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos por mínimos:
- Sin cónyuge a cargo: 7.707 euros/año.
- Con cónyuge a cargo: 8.990 euros/año.
- Clases Pasivas: 7.707 euros/año.
13. Otras medidas en el ámbito laboral para 2021:
13.1 Regulación del salario mínimo interprofesional para 2021 (D.A 6ª del Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre).
Hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2021 en el marco del diálogo social se prorroga la vigencia del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020.
SALARIO MÍNIMO |
2020 |
2021 |
PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 |
SMI día |
31,66 euros |
31,66 euros |
|
SMI mes (14 pagas) |
950 euros |
950 euros |
|
SMI mes (12 pagas) |
1.108,33 euros |
1.108,33 euros |
|
SMI año |
13.300 euros |
13.300 euros |
13.2 Nuevo aplazamiento de la entrada en vigor de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma (D.A. 126ª LPGE 2021)
Se establece una nueva suspensión de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma.
13.3 Cotización en el Sistema Especial para manipulado y empaquetado del tomate fresco con destino a la exportación, dentro del Régimen General de la Seguridad Social (DF 41ª LPGE 2021).
Se fija durante el año 2021, que los empresarios encuadrados en el Sistema Especial para manipulado y empaquetado del tomate fresco tendrán derecho a una reducción del 70 por ciento y una bonificación del 8,75 por ciento en la cotización empresarial por contingencias comunes.
13.4 Empleados públicos
13.4.1 Nueva regulación de determinados permisos y vacaciones de los Empleados Públicos (DF 37ª LPGE 2021)
Tras las modificaciones realizas sobre diversos artículos relacionados con permisos realizadas por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, la DF 37ª de la LPGE 2021 ha vuelto a regular tanto los permisos de los funcionarios públicos de fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica o lactancia de un hijo menor de doce meses (art. 48 TREBEP), como los que afectan a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos (art. 49 TREBEP), al igual que las vacaciones de los funcionarios públicos (art. 50 TREBEP).
Se regulará por el art. 19 LPGE 2021 la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público sujeta a una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por cien en los demás sectores. En los casos de entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 110 por cien de tasa en todos los sectores.
13.4.2 Retribuciones del personal al servicio del sector público (art. 18 LPGE 2021)
En el año 2021, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 0,9 % respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad de este. Los gastos de acción social no podrán incrementarse, en términos globales, respecto a los de 2020. A este respecto, se considera que los gastos en concepto de acción social son beneficios, complementos o mejoras distintos a las contraprestaciones por el trabajo realizado cuya finalidad es satisfacer determinadas necesidades consecuencia de circunstancias personales del citado personal al servicio del sector público.
13.4.3 Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 (DA 35ª LPGE 2021)
Las Administraciones y el resto de entidades que integran el sector público que no hubieran abonado la totalidad de las cantidades efectivamente dejadas de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, podrán proceder a dicha devolución, teniendo en cuenta su situación económico-financiera.
13.4.4 contratación de personal temporal o el nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos (art. 19 LPGE 2021).
No se podrá contratar personal temporal, ni realizar nombramientos de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.
RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/01/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 7ª. Competencias sobre la incapacidad temporal.
- D.F. 6ª bis. Ampliación del régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta ajena.
- D.F. 6ª. Trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio.
- D.F. 5ª. Disposiciones relativas a trabajadores por cuenta ajena agrarios.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 01/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Hacienda Y Administraciones Publicas
Ley 11/2020 de 30 de Dic (PGE 2021) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 341 Fecha de Publicación: 31/12/2020 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2021 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RD-Ley 20/2012 de 13 de Jul (Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 168 Fecha de Publicación: 14/07/2012 Fecha de entrada en vigor: 15/07/2012 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RD-Ley 28/2018 de 28 de Dic (Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 314 Fecha de Publicación: 29/12/2018 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2019 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RD-Ley 38/2020 de 29 de Dic (Medidas de adaptación a la situación de Reino Unido e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo sobre su retirada de la UE) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 340 Fecha de Publicación: 30/12/2020 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2021 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 6ª. Entrada en vigor y vigencia.
- D.F. 5ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 4ª. Títulos competenciales.
- D.F. 3ª. Modificación de disposiciones reglamentarias.
- D.F. 2ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Ley 3/2019 de 1 de Mar (Mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 53 Fecha de Publicación: 02/03/2019 Fecha de entrada en vigor: 03/03/2019 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RD-Ley 6/2019 de 1 de Mar (Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 57 Fecha de Publicación: 07/03/2019 Fecha de entrada en vigor: 08/03/2019 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
Real Decreto 231/2020 de 4 de Feb (Salario mínimo interprofesional para 2020) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 31 Fecha de Publicación: 05/02/2020 Fecha de entrada en vigor: 06/02/2020 Órgano Emisor: Ministerio De Trabajo Y Economia Social
- D.F. 3ª. Entrada en vigor y periodo de vigencia.
- D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. Única. Reglas de afectación de las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional a las referencias contenidas en normas no estatales y relaciones privadas.
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Sentencia Social Nº 612/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 5, Rec 19/2016, 03-10-2016
Orden: Social Fecha: 03/10/2016 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: De La Cueva Aleu, Maria Aurora Num. Sentencia: 612/2016 Num. Recurso: 19/2016
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Sentencia SOCIAL Nº 939/2020, TSJ Castilla La-Mancha, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 517/2019, 30-06-2020
Orden: Social Fecha: 30/06/2020 Tribunal: Tsj Castilla La-mancha Ponente: Rentero Jover, Jesús Num. Sentencia: 939/2020 Num. Recurso: 517/2019
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Sentencia Social Nº 235/2013, TSJ Cantabria, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 12/2013, 21-03-2013
Orden: Social Fecha: 21/03/2013 Tribunal: Tsj Cantabria Ponente: Fernandez Garcia, Maria Jesus Num. Sentencia: 235/2013 Num. Recurso: 12/2013
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Sentencia SOCIAL Nº 1372/2020, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2314/2019, 04-06-2020
Orden: Social Fecha: 04/06/2020 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: álvarez Domínguez, Francisco Manuel Num. Sentencia: 1372/2020 Num. Recurso: 2314/2019
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Sentencia SOCIAL Nº 143/2019, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1181/2018, 24-01-2019
Orden: Social Fecha: 24/01/2019 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Gonzalez Viñas, Jose Manuel Num. Sentencia: 143/2019 Num. Recurso: 1181/2018
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Bases y tipos de cotización al Régimen General Seguridad Social año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 16/02/2023
Desde el 1 de enero de 2023, el tope máximo de la base de cotización al Régimen General será de 4.495,50 euros mensuales, y el mínimo de 1.260 euros/mes atendiendo a la subida experimentada por el SMI 2023 con efectos retroactivos.NOVEDADES- ...
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Cotización de los contratos a tiempo parcial año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 27/02/2023
La cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional derivada de los contratos de trabajo a tiempo parcial se efectuará en razón de la remuneración efectivamente percibida en función de las horas t...
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Cotización en el Régimen especial de empleados de hogar año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 28/02/2023
En el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, las bases de cotización serán las determinadas en una escala fijada anualmente en función de la retribución percibida por los empleados de h...
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Novedades laborales y de Seguridad Social en el año 2023
Orden: Laboral Fecha última revisión: 15/02/2023
Principales novedades en materia laboral y de Seguridad Social publicadas para el año 2023.Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2023El Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, fija el salario mínimo interprofesional para 2023 con efectos de 1...
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Régimen Especial de la Minería del Carbón
Orden: Laboral Fecha última revisión: 19/01/2023
El Régimen Especial para la Minería del Carbón viene regulado por el Decreto 298/1973, de 8 de febrero, sobre actualización del Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.Normativa aplicable al Régimen Especial de la S...
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Modelo de nómina para el servicio de hogar familiar
Fecha última revisión: 25/01/2023
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Modelo de acuerdo de flexibilidad salarial entre representación legal de los trabajadores y empresa.
Fecha última revisión: 09/03/2023
En [PROVINCIA], a [DIA] de [MES] de [ANIO]REUNIDOS:De una parte,D./Dña. [NOMBRE], con DNI [DNI] en su condición de [CATEGORIA_PROFESIONAL], en nombre y representación de la empresa [NOMBRE_EMPRESA] con NIF [NIF], código cuenta de cotización [NUM...
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Escrito de solicitud de ejecución de sentencias condenatorias al pago de prestaciones de pago único (art. 295, LJS).
Fecha última revisión: 03/10/2018
AL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD].D./Dña. [NOMBRE], parte actora en los autos [ESPECIFICAR] seguidos contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en materia de INCAPACIDAD PERMANENTE, ante el Juzgado de lo Social compar...
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Demanda de reclamación contra denegación de prestación de cese por actividad de trabajadores autónomos
Fecha última revisión: 28/07/2021
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [PROVINCIA]D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE] (1), letrado en ejercicio del Ilte. Colegio de Abogados de [PROVINCIA], con despacho abierto en [LOCALIDAD], calle [CALLE] n.º [NÚMERO], el cual vengo a designar a efectos de c...
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Reclamación administrativa previa contra denegación de prestación de cese por actividad de trabajadores autónomos
Fecha última revisión: 22/06/2018
A [ORGANO] (1)D/Dña. [NOMBRE_LETRADO], representante de D/Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A], representación que acredito mediante copia de [ESPECIFICAR] que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], ante esta Dirección Pro...
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Análisis de las medidas sociales y laborales establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
Fecha última revisión: 28/06/2017
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Caso práctico: Cotización de trabajador retribuido a razón de SMI 2017
Fecha última revisión: 01/01/2017
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Caso práctico: Cotización en contrato a tiempo parcial con trabajo por horas.
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Caso práctico: asignación grupo cotización en el Convenio colectivo de Industria siderometalúrgica de Málaga
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Caso práctico: cotización del régimen de servicio de hogar familiar para 2022
Fecha última revisión: 01/12/2022
PLANTEAMIENTOAnálisis de las medidas sociales y laborales establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (L-25252425) ha regulado nuevas medidas laborales ...
PLANTEAMIENTOUn trabajador con contrato indefinido y con la categoría profesional de oficial de tercera, grupo 9 de cotización a la seguridad social, presta sus servicios con carácter indefinido desde el 1-04-2017La empresa carece de convenio col...
PLANTEAMIENTOUn trabajador presta servicios como auxiliar administrativo (grupo 7) durante 3 horas diarias, de lunes a viernes, mediante un contrato de duración determinada tiempo parcial. Durante el mes de marzo de 2.015 trabaja 20 días, recibi...
PLANTEAMIENTOQueremos realizar un contrato en prácticas a persona con FP Grado superior en telecomunicaciones en una empresa sujeta al Convenio colectivo de la industria siderometalúrgica de Málaga. Nuestra intención era asociarlo a un grupo de...
PLANTEAMIENTOEl salario mensual de la persona trabajadora de hogar a 40 horas semanales es de 1.000 euros (Salario Mínimo Interprofesional para 2022), tiene dos pagas extraordinarias prorrateadas que suman un total de 2.000 euros anuales y le abonan...
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Dictamen de DCE 31/2015 del 22-01-2015
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 22/01/2015 Núm. Resolución: 31/2015
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Dictamen de DCE 42/2014 del 30-01-2014
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 30/01/2014 Núm. Resolución: 42/2014
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Dictamen de DCE 11/2016 del 28-01-2016
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 28/01/2016 Núm. Resolución: 11/2016
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Dictamen de DCE 21/2013 del 24-01-2013
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 24/01/2013 Núm. Resolución: 21/2013
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Dictamen de DCE 80/2017 del 09-02-2017
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 09/02/2017 Núm. Resolución: 80/2017