Presentación del modelo 232: Cuestiones a tener en cuenta
- Autor: Carmen Buján Carballeira
- Materia: Fiscal
- Fecha: 13/11/2019

El calendario fiscal del mes de noviembre recuerda el plazo de presentación del modelo 232 declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales. El plazo abarca el presente mes de noviembre, con fecha límite el 2 de diciembre y obliga a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que realicen determinadas operaciones con personas o entidades vinculadas en los términos previstos en el artículo 18.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre.
Dentro de los requisitos que obligan a la presentación de este modelo hay uno que merece su análisis con más detalle por tratarse de una operación habitual en la operativa de las sociedades.
La normativa del modelo contempla que "Con independencia del importe de la contraprestación del conjunto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada, existirá siempre la obligación de presentar el modelo 232 y cumplimentar la "Información de operaciones con personas o entidades vinculadas (artículo 13.4 ;RIS)" respecto de aquellas operaciones del mismo tipo que a su vez utilicen el mismo método de valoración, siempre que el importe del conjunto de dichas operaciones en el período impositivo sea superior al 50% de la cifra de negocios de la entidad". Se entenderá que hay vinculación, como criterio general, si se ostenta una participación en la entidad igual o mayor al 25%
En este apartado se incluirían las retribuciones de los socios de las entidades mercantiles, una de las operaciones vinculadas en la que incurren la mayor parte de las pequeñas y medianas empresas. Una sociedad en la que los socios presten servicios remunerados (se excluye la prestación de servicios del administrador por los correspondientes a su labor estatutaria como tal) deberá valorar si la suma de las retribuciones anuales de todos ellos supera el 50% de la cifra de negocios. Además, en el modelo hay que indicar el método de valoración de las operaciones que se relacionan. Según el artículo 16 TRLIS (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo de 2004) las operaciones con partes vinculadas deben efectuarse a valor de mercado, que viene a ser el que acordarían partes independientes en condiciones de libre competencia.
Para poder determinar el valor de mercado podemos utilizar cualquiera de los métodos siguientes:
Método del Precio Libre Comparable: el valor de la transacción se establece por comparación con otras operaciones similares realizadas por terceros.
Método del Precio de Reventa: utilizado para las entregas de bienes. Se fija un margen en la entrega equivalente al que obtendría un vendedor independiente en la reventa de un producto de iguales características.
Método del Coste Incrementado: valora las operaciones vinculadas según los márgenes brutos obtenidos.
Método de la distribución del Resultado o Beneficio (profit Split): se asigna a los que intervienen en la operación vinculada el resultado común derivado de la misma en función de un criterio que refleje adecuadamente las condiciones que habrían suscrito personas o entidades independientes en circunstancias similares.
Método del margen neto transaccional o TNMM (Transactional Net Margin Method): se obtiene el precio al que entidades vinculadas deberían de valorar las operaciones con el objetivo de determinar un margen neto de mercado.
En este sentido, la presentación del modelo 232 puede no estar exenta de problemas. Lo más probable, tratándose de retribuciones a los socios, es que su cuantía se haya establecido conforme al método del precio libre comparable. Esto equivale a decir que la retribución por los servicios prestados sería similar a la que podrían percibir trabajando en una empresa que no fuera suya. Pero habrá que ver si la valoración que se le ha dado a esas retribuciones se corresponde con este criterio. Por otro lado, hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria puede requerir a la entidad la justificación documental de la operación (art. 18.3 LIS).
Habría que detallar cuáles son las funciones de los socios en la sociedad por las que reciben contraprestación. Solo así podría determinarse si se han valorado correctamente o no. Cabe recordar que los partícipes de una entidad pueden percibir un salario recogido en una nómina, pero no tienen una relación laboral basada en un contrato de trabajo. Sería necesario un contrato mercantil o la relación de prestaciones accesorias recogidas en estatutos para poder establecer una correspondencia entre funciones y retribuciones.
Según indica el artículo 18 LIS: "la Administración tributaria podrá comprobar que las operaciones realizadas entre personas o entidades vinculadas se han valorado por su valor normal de mercado y efectuará, en su caso, las correcciones valorativas que procedan respecto de las operaciones sujetas a este Impuesto, al IRPF o al IRNR que no hubieran sido valoradas por su valor normal de mercado, con la documentación aportada por el sujeto pasivo y los datos e información de que disponga".
Cabe recordar que las retribuciones de los socios se consideran gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades, por lo que una valoración incorrecta puede traer consecuencias en este impuesto. Si ocurriera, por ejemplo, que la Administración considera las retribuciones excesivas con respecto al cargo que desempeñan, se entendería que el exceso podría ser un reparto de dividendos. Si tenemos en cuenta que el reparto de dividendos no se considera gasto para la entidad, ello derivaría en un ajuste positivo en el Impuesto de Sociedades y una mayor cuota a pagar, con la consiguiente sanción por infracción tributaria.
Para información más ampliada sobre el siguiente artículo "Nuevo modelo 232"
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 288 Fecha de Publicación: 28/11/2014 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2015 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 12ª. Entrada en vigor.
- D.F. 11ª. Título competencial.
- D.F. 10ª. Habilitación normativa.
- D.F. 9ª. Habilitaciones a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- D.F. 8ª. Modificaciones en la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.
Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 165 Fecha de Publicación: 11/07/2015 Fecha de entrada en vigor: 12/07/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Hacienda Y Administraciones Publicas
- D.F. UNICA. Habilitaciones al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 8ª. Riesgo de crédito en establecimientos financieros de crédito.
- D.T. 7ª. Deterioro de instrumentos de deuda de los fondos de titulización.
- D.T. 6ª. Riesgo de crédito de entidades financieras generado con anterioridad a 1 de enero de 2016.
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Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 1041/2017, TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 120/2015, 27-09-2017
Orden: Administrativo Fecha: 27/09/2017 Tribunal: Tsj Castilla Y Leon Ponente: Lallana Duplá, María Antonia Num. Sentencia: 1041/2017 Num. Recurso: 120/2015
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Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 26/2022, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 92/2020, 19-01-2022
Orden: Administrativo Fecha: 19/01/2022 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Ornosa Fernandez, Maria Rosario Num. Sentencia: 26/2022 Num. Recurso: 92/2020
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Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 289/2020, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 267/2019, 26-05-2020
Orden: Administrativo Fecha: 26/05/2020 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Ornosa Fernandez, Maria Rosario Num. Sentencia: 289/2020 Num. Recurso: 267/2019
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Sentencia Contencioso-Administrativo 1467/2022 TSJ -, Rec. 539/2020 de 23 de diciembre del 2022
Orden: Administrativo Fecha: 23/12/2022 Tribunal: Tsj Castilla Y León Ponente: Maria Antonia Lallana Dupla Num. Sentencia: 1467/2022 Num. Recurso: 539/2020
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Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 1018/2017, TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 114/2015, 25-09-2017
Orden: Administrativo Fecha: 25/09/2017 Tribunal: Tsj Castilla Y Leon Ponente: Zatarain Valdemoro, Francisco Javier Num. Sentencia: 1018/2017 Num. Recurso: 114/2015
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Comprobación de valores en las operaciones vinculadas
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 19/05/2021
Dispuesto en el apartado 2 del artículo 18 de la LIS.La comprobación de valores en las operaciones vinculadasDispone el artículo 18.12 de la LIS lo siguiente:"12. Reglamentariamente se regulará la comprobación de las operaciones vinculadas, con...
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Operaciones vinculadas (I. Sociedades)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 27/05/2022
El artículo 18 de la LIS establece normas de valoración de las llamadas «operaciones vinculadas». Estas operaciones, efectuadas entre personas o entidades vinculadas, se valorarán por su valor de mercado, es decir, aquel que se habría acordado ...
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Determinación del valor de mercado de operaciones vinculadas (IS)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 27/05/2022
Métodos desarrollados en el artículo 18.4 de la LIS.Métodos para la determinación del valor de mercadoPara llevar a cabo la valoración de las operaciones vinculadas se establecen los métodos de valoración que a continuación se desarrollan. Si...
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Asimetrías híbridas en el Impuesto sobre Sociedades
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 20/10/2022
El artículo 15 bis de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre fue insertado por el Real Decreto-ley 4/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impue...
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Rentas en especie y operaciones vinculadas
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 28/09/2021
El artículo 18 de la LIS en su apartado primero determina que «las operaciones (vinculadas) se valorarán por su valor de mercado». De esta manera, la operación de cesión de la utilización de los vehículos de la entidad a sus directivos se...
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Modelo 232. Operaciones vinculadas y operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales (Telemático)
Fecha última revisión: 02/11/2017
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Escrito de alegaciones a propuesta de valoración hecha por la Administración referida a operaciones vinculadas en el Impuesto sobre Sociedades
Fecha última revisión: 25/09/2018
DELEGACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE [PROVINCIA]DEPENDENCIA REGIONAL DE INSPECCIÓN DE [COMUNIDAD_AUTONOMA]DELEGACIÓN CENTRAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES Don/Doña [NOMBRE], con NIF [NIF], y domicilio, a efectos de notif...
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Escrito de propuesta de valoración previa a la realización de la operación vinculada. Impuesto sobre Sociedades
Fecha última revisión: 26/09/2018
A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN DE [PROVINCIA][ESPECIFICAR] Don/Doña [NOMBRE], con NIF [NIF], y domicilio, a efectos de notificaciones, en [DOMICILIO] actuando en representación de la entidad [RAZON_SOCIAL], domici...
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Informe sobre la aplicación del acuerdo de valoración de las operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas (Impuesto sobre Sociedades)
Fecha última revisión: 25/09/2018
DELEGACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE [PROVINCIA]DEPENDENCIA REGIONAL DE INSPECCIÓN DE [COMUNIDAD_AUTONOMA]DELEGACIÓN CENTRAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES Don/Doña [NOMBRE], con NIF [NIF], y domicilio, a efectos de not...
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Escrito de alegaciones al proyecto de acuerdo de valoración previa con otras administraciones referido a operaciones vinculadas en el Impuesto sobre Sociedades.
Fecha última revisión: 30/03/2016
NOTA: El acuerdo de valoración surtirá efectos respecto de las operaciones realizadas con posterioridad a la fecha en que se apruebe, y tendrá validez durante los períodos impositivos que se concreten en el propio acuerdo, sin que pueda exceder d...
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Caso práctico: Operaciones vinculadas en el Impuesto sobre Sociedades y modelo 232
Fecha última revisión: 04/02/2020
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Caso práctico: Documentación específica de operaciones vinculadas
Fecha última revisión: 06/06/2022
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IS R.D.LEG. 4/2004 - BI - OPERACIONES VINCULADAS - VALORACIÓN DE OPERACIONES DESDE 1. 2006
Fecha última revisión: 01/01/2017
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IS R.D.LEG. 4/2004 - BI - OPERACIONES VINCULADAS - OBLIGACIONES DOCUMENTACIÓN: OPERACIONES SUCESIVAS < 250.000 EURO
Fecha última revisión: 01/01/2017
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IS, LEY 27/2014 - BI - OPERACIONES VINCULADAS - VALORACIÓN DE OPERACIONES VINCULADAS
Fecha última revisión: 01/01/2017
PLANTEAMIENTOUna entidad mantiene con otra vinculada 130.000 euros en concepto de prestación de servicios y otros 130.000 euros como servicios recibidos. A efectos del límite de 250.000 euros de dispensa de obligaciones de documentación específi...
PLANTEAMIENTOEn un matrimonio, cada uno de los cónyuges es administrador y socio único en una sociedad de responsabilidad limitada distinta. La sociedad del marido vende mercaderías a la sociedad de su esposa por importe de 496.414,60 euros. La op...
Materia124914 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - OPERACIONES VINCULADASPreguntaCon efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1.12.2006 ¿cómo se valorarán las operaciones efectuadas entre personas...
Materia130518 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - OPERACIONES VINCULADASPreguntaUn contribuyente realiza operaciones sucesivas con la misma persona o entidad vinculada a lo largo del período impositivo, cuya contraprestaci...
Materia134877 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - BASE IMPONIBLE - OPERACIONES VINCULADASPregunta¿Cómo se valorarán las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas?RespuestaLas operaciones efectuadas entre personas o entida...
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Resolución Vinculante de DGT, V2743-10, 17-12-2010
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 17/12/2010 Núm. Resolución: V2743-10
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Resolución de TEAF Bizkaia, 12469, 14-12-2010
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 14/12/2010
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Resolución de TEAF Bizkaia, 12548, 14-04-2011
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 14/04/2011
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Resolución Vinculante de DGT, V0209-12, 02-02-2012
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 02/02/2012 Núm. Resolución: V0209-12
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Resolución Vinculante de DGT, V1923-11, 04-08-2011
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 04/08/2011 Núm. Resolución: V1923-11