Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Ayudas para achatarramiento de vehículos destinadas a empresas en el año 2026.
Financiar programas de formación dirigidos a la cualificación y actualización profesional de personas trabajadoras ocupadas en empresas con centros en Galicia, mejorando su empleabilidad y adaptabilidad a cambios en el puesto de trabajo.
Ayudas a las empresas de inserción y a sus entidades promotoras, con la finalidad de promover la inserción sociolaboral de las personas en situación o en riesgo de exclusión social, mediante el establecimiento de medidas de fomento de las empresas de inserción que tengan centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de los siguientes programas:
Programa I: ayudas al mantenimiento del coste salarial de las personas trabajadoras en riesgo o en situación de exclusión social. Programa II: ayudas para compensar los costes adicionales del empleo de personas en riesgo o situación de exclusión social.
Tendrán como finalidad la financiación de las especialidades formativas relacionadas en el anexo III, y estarán dirigidas a la adquisición y mejora de competencias profesionales con impacto en el mercado laboral conducentes a una formación formal total o parcial incluida en un certificado profesional, o la adquisición de competencias clave.
Fomentar la inclusión laboral de personas con discapacidad mediante la concesión de ayudas para contratación indefinida, contratación proveniente de centros especiales de empleo o enclaves laborales, adaptación de puestos de trabajo, y sufragar el coste salarial y adaptación en centros especiales de empleo.
Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C, para personas trabajadoras desempleadas
Las sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño, que realicen alguna actividad industrial según se define en el anexo IV de esta orden, con independencia de la actividad principal definida en sus estatutos.
Promover el mantenimiento de los puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante ayudas al coste salarial y subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo y medidas de accesibilidad o medios y equipos de protección personal.
Subvenciones destinadas a favorecer la contratación laboral indefinida y la conversión de los contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa.

