Subvenciones

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Top Concepts
Agricultura
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Agricultura
Localización
Cantabria
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Caza y pesca, Igualdad, Agricultura, Infancia y juventud, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Seguridad, Economía Social, Educación y ciencia, Ferias y congresos, Familia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
03/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será: a) 2.750 euros: en el caso de hombres no comprendidos en los restantes apartados. b) 3.500 euros: en el caso de mujeres no comprendidas en los restantes apartados. c) 4.250 euros: en el caso de personas con discapacidad, personas jóvenes menores de 35 años o personas con 45 o más años de edad. d) 4.450 euros: en el caso de mujeres víctimas de violencia de género.
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de subvenciones de un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo, incentivando la consolidación de proyectos de autoempleo y de microempresas de reciente creación, facilitando su desarrollo, siempre y cuando éste se haya iniciado en el período de tiempo comprendido entre los cinco y tres años anteriores a la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
2. El ámbito de aplicación territorial será la Comunidad Autónoma de Cantabria.
3. Las acciones subvencionables contenidas en esta Orden se extenderán a los supuestos realizados en el ámbito temporal que determine cada convocatoria.
4. Las ayudas previstas en esta orden tienen la naturaleza jurídica de subvenciones y se regirán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en cuanto constituyan legislación básica del Estado, y en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
El extracto de la correspondiente Orden de convocatoria se publicará en el Boletín Oficial
de Cantabria.
5. Las subvenciones contempladas en esta orden tienen el carácter de ayudas de minimis y están sujetas, atendiendo a la actividad que realice la persona beneficiaría, a uno de los siguientes reglamentos europeos que regulan las ayudas de minimis:
a) Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea número L 352/1, de 24 de diciembre de 2013, en virtud del cual la ayuda total de minimis concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales y la ayuda total de minimis concedida a una empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera no será superior a 100.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. Estos límites se aplicarán independientemente de la forma de la ayuda de minimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la ayuda concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario.
b) Reglamento (UE) número 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea número L 190/45, de 28 de junio de 2014, en virtud del cual la ayuda total de minimis concedida a una empresa del sector de la pesca y de la acuicultura no será superior a 30.000 euros brutos durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Este límite máximo se aplicará independientemente de la forma de la ayuda o del objetivo perseguido.
c) Reglamento (UE) 316/2019, de la Comisión, de 21 de febrero de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) 1408/2013, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, en virtud del cual la cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa del sector de la producción primaria de productos agrícolas no podrá exceder de 20.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.
No podrán resultar beneficiarías de las subvenciones contempladas en esta orden las personas que no puedan percibir ayudas de minimis según lo establecido en los reglamentos citados.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Igualdad, Medio Ambiente, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Comercio y marketing, Sector Financiero/Bancario, Estadísticas y encuestas, Agricultura, Seguridad, Energía, Infancia y juventud, Economía Social, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
03/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Se concederá una ayuda para los gastos e inversiones del plan de crecimiento de la empresa de un importe equivalente al de la operación de inversión mencionada en la base 2.1.b de este anexo, con un máximo de 250.000,00 euros, en forma de préstamo en cuanto al 80 % de la financiación acordada y en forma de ayuda no reembolsable con respecto al 20 % restante. Este 20 % no se deberá devolver.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de la línea start-up capital coinversión, que se compone de una ayuda reembolsable en forma de préstamo y una ayuda no reembolsable.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Ganadería, Agricultura, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Comercio y marketing, Seguridad, Educación y ciencia, Empresa, Caza y pesca, Servicios Sociales, Empleo y contratación, Igualdad, Energía, Estadísticas y encuestas, Transporte y vehículos, Consumo, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
26/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Cuando la mejora sea promovida por una explotación (cooperativa, SAT u otras figuras similares) de al menos tres titulares, la cantidad máxima será la resultante de multiplicar el número de integrantes por 25.000 euros, con el límite de 75.000 euros. La subvención máxima anual a conceder a las agrupaciones de explotaciones no superará el límite de 30.000€ por agrupación.
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a los titulares de explotaciones y agrupaciones apícolas de la Comunitat Valenciana destinadas a la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en el marco de intervención sectorial apícola recogida en el Plan estratégico nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 906/2022.

2. En todo lo no previsto en esta Orden será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en su Reglamento de desarrollo aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio , y normativa concordante, así como la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

3. Estas subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación y eficacia y eficiencia establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, y en su Reglamento de desarrollo, y en el marco de lo dispuesto por la normativa en materia de gestión, control y penalización de las intervenciones del Plan estratégico nacional de la política agrícola común (PAC) del Reino de España 2023-2027 Artículo 2. Definiciones
Localización
Cantabria
Categorías
Ganadería, Comercio y marketing, Economía Social, Empresa, Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Empleo y contratación, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo, Vivienda e hipotecas, Caza y pesca, Servicios Sociales, Estadísticas y encuestas, Energía, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
18/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en Cantabria, en el marco de la Intervención Sectorial Apícola recogida en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, en régimen de concurrencia competitiva.
La finalidad de la presente resolución es el fomento de la apicultura en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, especialmente apoyando las medidas de lucha contra los invasores y las enfermedades de las colmenas, en particular de la varroosis, y facilitando el desarrollo de la trashumancia mediante inversiones en activos tangibles e intangibles.
Localización
Asturias
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Empresa, Economía Social, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Consultar en el pdf la tabla de calculo de cuantia.
Finalidad
1. Esta Resolución tiene por objeto regular en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el procedimiento de concesión de las subvenciones:

a) Intervenciones en forma de Pagos directos de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control,

b) Pagos al desarrollo rural sujetas al Sistema Integrado de Gestión y Control de acuerdo con lo previsto en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, en vigor de conformidad a lo establecido en el artículo 154 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2025.

2. Asimismo, tiene por objeto aplicar en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el Sistema Integrado de Gestión y Control de determinados regímenes de ayudas comunitarios, incluida la solicitud única de ayudas, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control

3. Toda mención a la figura de agricultor, ganadero o beneficiario que se recoge en la presente Resolución debe entenderse realizada a la persona tanto de género masculino como femenino.
Localización
Aragón
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Igualdad, Sector Financiero/Bancario, Desarrollo Local y Rural, Agricultura, Comercio y marketing, Caza y pesca, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Economía Social, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
04/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 2.100.000 euros
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2023, las subvenciones correspondientes al Proyecto SURGE regulado en la Orden EPE/1742/2021, de 15 de diciembre, por la que se aprueban los Proyectos SURGE y MEMTA y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas previstas en los mismos e incluidas en el conjunto de inversiones del Componente 23 "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

2. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a la contratación de trabajadores por cuenta ajena, tanto en el ámbito de la economía verde como en el de la economía digital, así como al desarrollo local a través de microempresas y emprendedores autónomos ubicados en municipios y núcleos de población de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Ganadería, Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Empresa, Economía Social, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Igualdad, Empleo y contratación, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/02/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
-
Finalidad
1. El objeto de la presente orden es regular las bases y realizar su convocatoria para la concesión en 2023 de una subvención única a tanto alzado, excepcional y destinada a determinados sectores especialmente afectados por las repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, con base en el artículo 39 quarter del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), introducido por el Reglamento (UE) 2022/1033 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de junio de 2022.

2. La finalidad de esta ayuda es garantizar la competitividad de las empresas agroalimentarias y la viabilidad de las explotaciones agrarias, concentrando los recursos disponibles en los beneficiarios más afectados en Castilla-La Mancha por las consecuencias de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

En particular, se apoyará a los titulares de las explotaciones de vacuno de cebo, vaca nodriza, ovino y caprino de carne, ovino de leche, caprino de leche, porcino extensivo, cunícola, avícola de carne y apícola, así como a los titulares de cultivos de frutas de hueso (albaricoque y melocotón) y frutos secos (nueces).

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