Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
1.– El objeto de esta convocatoria son las ayudas destinadas a financiar, en el ejercicio 2026, los gastos derivados de la realización de las prácticas formativas por parte del alumnado de acciones formativas acreditables (certificados de profesionalidad, certificados profesionales o grados C) financiadas o autorizadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, mediante dos líneas subvencionales:
a) Ayudas a las empresas y entidades de formación para financiar el coste de la cotización y los gastos de gestión relativos al cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
b) Ayudas a las entidades de formación por la tutorización de las prácticas formativas realizadas en sus propios centros, con la autorización de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por el alumnado que no puede ser dado de alta en la Seguridad Social por no encontrarse o residir legalmente en España.
Es objeto de la presente Orden la regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a personas físicas o jurídicas privadas que trabajen en la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la vida social durante el año 2026 (Convocatoria Euskalgintza).
Apoyar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnología o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los cuales la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología, rescatando para ello aquellos proyectos presentados a la convocatoria de referencia (programa Neotec) que obtuvieron el sello Neotec en dicha convocatoria del año 2025 pero que no fueron beneficiarios por insuficiencia de crédito.
1.1 Se abre la convocatoria de la línea de subvenciones para proyectos de innovación empresarial (I+D+i) - Proyectos de exploración tecnológica.
1.2 El objeto de la subvención es incentivar proyectos de experimentación y validación de nuevas aplicaciones de tecnologías avanzadas por parte de las empresas, con el objetivo de reducir las incertidumbres técnicas, funcionales, económicas o de mercado asociadas a su adopción, antes de abordar inversiones de mayor escala o procesos de implementación industrial o comercial.
Esta subvención tiene por finalidad:
- Facilitar que las empresas incorporen una cultura de experimentación y adopción ágil, activando procesos de aprendizaje y validación que permitan reducir barreras iniciales y el riesgo asociado a la innovación.
- Facilitar la asunción de riesgo tecnológico en fases iniciales del proceso de innovación empresarial.
- Acelerar la incorporación de tecnologías avanzadas al tejido empresarial.
- Favorecer la colaboración de la empresa con empresas emergentes, centros tecnológicos y proveedores especializados.
- Generar las evidencias y condiciones para que las empresas puedan tomar futuras decisiones de inversión, escalado, industrialización o de salida al mercado más informadas y estratégicas.
Se aprueba la convocatoria del ejercicio 2026 de la Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA previstas en el capítulo I y capítulo III del Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectos, modificado por Decreto 114/2025, de 2 de septiembre.
Convocar las subvenciones de las líneas 1 y 2 contempladas en la Orden 189/2024, de 7 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa Talleres+, para el año 2026.
Los talleres+ reunirán las características y el contenido previstos en los artículos 3 y 4, respectivamente, de la Orden 189/2024, de 7 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Las líneas de subvención convocadas son las siguientes:
a) Línea 1: talleres+ para personas de 25 años en adelante.
b) Línea 2: talleres+ para menores de 30 años.
1. La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión ayudas a la transformación de la leche de oveja latxa de la propia explotación, acogidas al régimen de minimis, en el año 2026, establecido por el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. DOUE, L de 15 de diciembre de 2023.
2. La finalidad de la ayuda es el mantenimiento de las explotaciones de ovino de leche en las zonas de montaña del norte de Navarra que tienen una rentabilidad escasa, en las que el relevo generacional es difícil y se requieren altas inversiones, lo que supone una amenaza de abandono del mundo rural. Se hace por tanto necesario compensarlas económicamente para que puedan seguir produciendo y transformando y contribuyendo a la actividad económica local y al mantenimiento del tejido productivo rural en las zonas de montaña.
3. La presente línea de ayuda está incluida en el acuerdo del Gobierno de Navarra de 29 de abril de 2026, por el que se aprueba la revisión y actualización del Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2028 de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Esta Orden tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a apoyar la participación de productores primarios que se incorporen en regímenes de calidad, para el año 2026 en la Comunidad Autónoma de Aragón, amparada por la Intervención 7131 "Cooperación para promover la participación en régimenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios" del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (en adelante, PEPAC 2023-2027).
La presente Orden tiene por objeto regular la concesión de ayudas a la adquisición e implantación de los siguientes sistemas (excluyéndose los contratos de leasing, renting o cualquier otro negocio jurídico diferente de la adquisición), que deberán ser realizadas durante el año 2026 y, en todo caso, antes del 30 de noviembre de 2026:
a) Sistemas de localización y gestión de flotas (GPS o similar), conectados a un centro de control y gestión, para transporte público pesado de mercancías y de personas viajeras en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor o conductora. No se subvencionarán la adquisición individualizada de elementos de localización, que no estén integrados en un sistema de control y gestión de flotas.
b) Elementos de seguridad en los vehículos de transporte público pesado de mercancías y de personas viajeras en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor o conductora, que contribuyan a una conducción segura, tales como:
– Sistemas antitijera.
– Registrador de accidentes.
– Detección y auto extinguido de incendios.
– Sistemas de cámara que registran desde la luna delantera la dinámica de conducción (dash cam), además de todas aquellas enfocadas a mejorar la visibilidad o la maniobrabilidad en la conducción.
– Tecnologías para mitigar colisiones como el uso de sensores y radares para evitar dichas colisiones.
– Sistemas de llamada de emergencia o de aviso automático al puesto de control en caso de accidente o emergencias.
c) Sistemas cuyo objeto sea optimizar la conducción eficiente y reducir el consumo de combustible, tales como:
– Económetros y sistemas de monitorización de la conducción.
– Controladores de velocidad de crucero.
d) Sistemas de tacógrafo inteligente de segunda generación.
Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria de las ayudas para la obtención de certificación en bienestar animal, para el ejercicio 2026.
Estas ayudas tienen la finalidad de financiar los gastos derivados de la elaboración e implantación del procedimiento interno de control del bienestar animal, formación de las personas responsables y los gastos propios de la certificación en bienestar animal.

