Subvenciones
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Beneficiario
Empresas y autónomos
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Servicios Sociales
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Servicios Sociales, Empleo y contratación, Igualdad, Infancia y juventud, Empresa, Familia, Caza y pesca, Educación y ciencia, Economía Social, Seguridad, Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
22/10/2021
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo individualizado por cada programa no excederá de 3.000.000,00 euros por solicitud, en el caso de expedientes de carácter regional y de 150.000,00 euros, en el caso de expedientes de carácter provincial.
Finalidad
Esta orden tiene por objeto establecer con carácter indefinido las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas de iniciativa social para el mantenimiento de centros y servicios, así como para el desarrollo de programas dirigidos a la atención, capacitación e inclusión de las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha.
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Familia, Igualdad, Empresa, Seguridad, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Justicia
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
08/06/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Las ayudas reguladas en este acuerdo tienen por objeto fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a través del establecimiento de incentivos a la contratación de personas empleadas de hogar para el cuidado de hijos menores de 12 años o menores de 18 años con discapacidad, así como de otros familiares con discapacidad o dependientes a cargo del interesado, que convivan en el mismo domicilio.
Localización
Aragón
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Igualdad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Seguridad, Economía Social, Medio Ambiente, Participación ciudadana, Sector Financiero/Bancario, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Estadísticas y encuestas, Deporte, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Teniendo en cuenta los porcentajes máximos subvencionables con respecto a la inversión realizada establecidos en el apartado 1 de este artículo, la subvención a la inversión fija será de hasta 15.000 euros por cada nueva contratación con carácter indefinido o por cada transformación en indefinido de contratos temporales o de duración determinada que se realicen con personas con discapacidad, sin que en ningún caso rebase el coste real que, al efecto, se justifique por la referida inversión. Consultar el importe maximo de subvencion en el pdf
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido mediante la concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en los centros especiales de empleo que figuren calificados e inscritos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. Para promover dicha inclusión, en la presente Orden se establecen cuatro líneas de subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo:
a) Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido en el mercado de trabajo protegido, tanto por medio de nuevos contratos con carácter indefinido desde su inicio, como por la transformación en indefinidos de contratos de duración determinada que ya estuviesen suscritos anteriormente y que se realicen en ambos supuestos con personas con discapacidad.
b)9 Subvención del coste salarial para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad que trabajen en centros especiales de empleo, sin perjuicio de las bonificaciones a la aportación empresarial a la Seguridad Social previstas en la normativa vigente.
c) Subvención para financiar gastos derivados de la adaptación de puestos de trabajo, incluidas las medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación y las medidas adecuadas en función de las necesidades de cada situación concreta, así de la dotación de equipos de protección personal para evitar riesgos laborales a las personas trabajadoras con discapacidad contratadas y la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo.
d) Subvención para el funcionamiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional por la prestación de los servicios de ajuste personal y social que requieran las personas trabajadoras con discapacidad que se encuentren en alguno de los supuestos que se establecen en el artículo 7.2 de esta orden. Dichos servicios se prestarán conforme a lo previsto en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo.
NOTA: La forma y plazo de presentación de las solicitudes, así como la documentación que la entidad solicitante deberá acompañar a las mismas, se establecerán en las correspondientes convocatorias.
2. Para promover dicha inclusión, en la presente Orden se establecen cuatro líneas de subvenciones dirigidas a los centros especiales de empleo:
a) Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido en el mercado de trabajo protegido, tanto por medio de nuevos contratos con carácter indefinido desde su inicio, como por la transformación en indefinidos de contratos de duración determinada que ya estuviesen suscritos anteriormente y que se realicen en ambos supuestos con personas con discapacidad.
b)9 Subvención del coste salarial para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad que trabajen en centros especiales de empleo, sin perjuicio de las bonificaciones a la aportación empresarial a la Seguridad Social previstas en la normativa vigente.
c) Subvención para financiar gastos derivados de la adaptación de puestos de trabajo, incluidas las medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación y las medidas adecuadas en función de las necesidades de cada situación concreta, así de la dotación de equipos de protección personal para evitar riesgos laborales a las personas trabajadoras con discapacidad contratadas y la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo.
d) Subvención para el funcionamiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional por la prestación de los servicios de ajuste personal y social que requieran las personas trabajadoras con discapacidad que se encuentren en alguno de los supuestos que se establecen en el artículo 7.2 de esta orden. Dichos servicios se prestarán conforme a lo previsto en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo.
NOTA: La forma y plazo de presentación de las solicitudes, así como la documentación que la entidad solicitante deberá acompañar a las mismas, se establecerán en las correspondientes convocatorias.
Localización
BOE
Categorías
Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Participación ciudadana, Medio Ambiente
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Particulares
F. Publicación
23/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Igualdad, Servicios Sociales, Empresa, Familia, Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
10/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será con carácter general de 2.000 euros. Esta cuantía se incrementará hasta 2.800 euros si la trabajadora desarrolla su actividad en las profesiones y ocupaciones con menos índice de empleo femenino, de acuerdo con la Orden de 16 de septiembre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Finalidad
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa previa convocatoria para incentivar el ascenso profesional de las mujeres en Castilla y León en empresas de hasta 500 trabajadores/as que desarrollen su actividad en Castilla y León.
Se considera promoción profesional o ascenso, a efectos de esta orden, todo cambio de categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación y un incremento salarial consolidable.
En los casos de ausencia de convenio colectivo aplicable se considerará ascenso profesional el cambio de funciones debidamente justificado que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación con un incremento salarial consolidable.
La finalidad de las subvenciones reguladas en la presente orden es facilitar el ascenso profesional de mujeres trabajadoras por cuenta ajena en empresas para contribuir a que la participación de mujeres y hombres en el mercado de trabajo se realice con igualdad plena de oportunidades.
Se considera promoción profesional o ascenso, a efectos de esta orden, todo cambio de categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación y un incremento salarial consolidable.
En los casos de ausencia de convenio colectivo aplicable se considerará ascenso profesional el cambio de funciones debidamente justificado que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación con un incremento salarial consolidable.
La finalidad de las subvenciones reguladas en la presente orden es facilitar el ascenso profesional de mujeres trabajadoras por cuenta ajena en empresas para contribuir a que la participación de mujeres y hombres en el mercado de trabajo se realice con igualdad plena de oportunidades.
Localización
Canarias
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Educación y ciencia, Economía Social, Seguridad, Igualdad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Medio Ambiente, Caza y pesca, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Sector Financiero/Bancario, Construcción y obras
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
13/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Las cuantias de la subvencion a financiar sera de acuerdo a programas. Consultar en el pdf la asigancion para cada linea
Finalidad
Esta orden tiene por objeto regular las bases que definan los programas destinados al fomento de la inclusión laboral de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo, de conformidad con lo establecido en las Subsecciones 2ª y 3ª , de la Sección 3ª Programas del eje 3 ?Oportunidades de empleo? del Capítulo V ?Programas comunes de políticas activas de empleo? del Real Decreto 818/2021, ?Programa de inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo? y ?Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido?, programas estos que tienen por objeto la integración de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario y protegido, mediante la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la contratación indefinida de las personas con discapacidad en el mercado ordinario y fomentar la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en los CEE, que hubieran recibido su calificación como tal en los términos legalmente establecidos.
A efectos de esta Orden se entenderá por:
a) Personas con discapacidad: aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Estas personas, y en especial las personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, tendrán la condición de destinatarias finales de los programas regulados en esta Orden.
b) Personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo: las personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental o con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.
A efectos de esta Orden se entenderá por:
a) Personas con discapacidad: aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Estas personas, y en especial las personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, tendrán la condición de destinatarias finales de los programas regulados en esta Orden.
b) Personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo: las personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental o con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Servicios Sociales, Seguridad
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
11/02/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Servicios Sociales, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Educación y ciencia, Seguridad, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Estadísticas y encuestas, Participación ciudadana, Artesanía, Ferias y congresos, Caza y pesca, Empresa, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
20/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. La cuantía máxima de la subvención será del 100% de los gastos subvencionables (excluido el IVA), hasta un máximo de 20.000 euros por beneficiario. A efectos del cálculo del importe subvencionable, no será subvencionable ningún tipo de impuesto, carga o gravamen. 2. El texto de la convocatoria señalará la posibilidad de que la entidad beneficiaria pueda solicitar un anticipo de la ayuda, y el porcentaje del mismo. 3. El importe de la subvención en ningún caso podrá superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Finalidad
Subvenciones correspondientes al «Programa de voluntariado de ríos» en el ámbito competencial de la CH Cantábrico. Serán subvencionables los programas y actuaciones presentados por las entidades de carácter privado sin ánimo de lucro, siempre que desarrollen proyectos de acción voluntaria y que se realicen en el ámbito territorial y competencial de la CH Cantábrico.
Localización
La Rioja
Categorías
Servicios Sociales, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Economía Social, Empresa, Desarrollo Local y Rural, Vivienda e hipotecas, Igualdad, Cultura e idiomas, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
23/06/2021
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
-
Finalidad
-
Localización
Aragón
Categorías
Servicios Sociales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Igualdad, Participación ciudadana, Infancia y juventud, Economía Social, Familia, Industria, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Empresa, Estadísticas y encuestas
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
18/06/2021
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
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Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el departamento competente en materia de servicios sociales, en cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo y del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, dentro de las líneas previstas en el artículo 2.1.
