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Localización
BOE
Categorías
Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Deporte, Empresa
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
31/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Castilla y León
Categorías
Industria, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Energía, Agricultura, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Consumo, Caza y pesca, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por proyecto de 150.000 €
Finalidad
El objeto de estas subvenciones es promover la realización de proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial que apliquen tecnologías dentro del ámbito de la fabricación avanzada en empresas industriales en la Comunidad de Castilla y León. Con el desarrollo de este tipo de proyectos industriales, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León y la transformación digital en sus procesos, productos o modelos de negocio, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software) en esta materia.
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1.1 El objeto de esta línea de subvenciones es apoyar la edición de obras literarias singulares especialmente relevantes del patrimonio literario en lengua catalana u occitana y la edición de obras sobre movimientos y autores literarios. Se incluye la edición de títulos individuales o de colecciones de obras de literatura en forma de libro en papel, audiolibro o libro digital.

Se entiende por patrimonio literario aquellas obras y autores del pasado que representan un legado cultural, conforman la memoria colectiva y la tradición literaria catalana u occitana, y se convierten en esenciales para generaciones literarias posteriores.

1.2 Esta línea de subvenciones tiene las siguientes modalidades:

a) Obras literarias escritas originalmente en lengua catalana u occitana de autores o autoras especialmente relevantes del patrimonio literario en el contexto de la tradición literaria, escritas en cualquier género literario (novela, poesía, dietarios, epistolarios, ensayo literario, etc.). Se excluyen las adaptaciones.

b) Obras de no ficción sobre movimientos, obras, autores o autoras, y también sobre crítica literaria, de literatura catalana u occitana, escritas en cualquier lengua.

1.3 Quedan excluidas las obras no literarias que pueden ser objeto de subvenciones del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, y también las obras de carácter literario escritas originariamente en otras lenguas y traducidas al catalán y al occitano, las cuales disponen de una línea de subvenciones específica.
Localización
BOE
Categorías
Servicios Sociales, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Educación y ciencia, Seguridad, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Estadísticas y encuestas, Participación ciudadana, Artesanía, Ferias y congresos, Caza y pesca, Empresa, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
20/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. La cuantía máxima de la subvención será del 100% de los gastos subvencionables (excluido el IVA), hasta un máximo de 20.000 euros por beneficiario. A efectos del cálculo del importe subvencionable, no será subvencionable ningún tipo de impuesto, carga o gravamen. 2. El texto de la convocatoria señalará la posibilidad de que la entidad beneficiaria pueda solicitar un anticipo de la ayuda, y el porcentaje del mismo. 3. El importe de la subvención en ningún caso podrá superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Finalidad
Subvenciones correspondientes al «Programa de voluntariado de ríos» en el ámbito competencial de la CH Cantábrico. Serán subvencionables los programas y actuaciones presentados por las entidades de carácter privado sin ánimo de lucro, siempre que desarrollen proyectos de acción voluntaria y que se realicen en el ámbito territorial y competencial de la CH Cantábrico.
Localización
Cataluña
Categorías
Vivienda e hipotecas, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Familia, Empresa, Ferias y congresos
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
22/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación, para atender aquellas solicitudes presentadas al amparo de la Resolución DSO/2837/2022, de 16 de septiembre, para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para personas jóvenes para el año 2022, que no pudieron ser estimadas por agotamiento de la correspondiente partida presupuestaria.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Ganadería, Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Empresa, Economía Social, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Igualdad, Empleo y contratación, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1. El objeto de la presente orden es regular las bases y realizar su convocatoria para la concesión en 2023 de una subvención única a tanto alzado, excepcional y destinada a determinados sectores especialmente afectados por las repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, con base en el artículo 39 quarter del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), introducido por el Reglamento (UE) 2022/1033 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de junio de 2022.

2. La finalidad de esta ayuda es garantizar la competitividad de las empresas agroalimentarias y la viabilidad de las explotaciones agrarias, concentrando los recursos disponibles en los beneficiarios más afectados en Castilla-La Mancha por las consecuencias de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

En particular, se apoyará a los titulares de las explotaciones de vacuno de cebo, vaca nodriza, ovino y caprino de carne, ovino de leche, caprino de leche, porcino extensivo, cunícola, avícola de carne y apícola, así como a los titulares de cultivos de frutas de hueso (albaricoque y melocotón) y frutos secos (nueces).
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Economía Social, Infancia y juventud, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Caza y pesca, Comercio y marketing, Ganadería, Agricultura, Seguridad, Desarrollo Local y Rural, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. Una subvención de 1.000,00 euros para las personas beneficiarias de las ayudas del Programa III. 2. Una subvención de 5.000,00 euros para las personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de Trabajadores por cuenta ajena, beneficiarias de las ayudas del Programa IV. 3. Una subvención de 5.000,00 euros en el caso de Hombres desempleados establecidos como autónomos y beneficiarios del Programa I o, en el caso de Familiar Colaborador, causante en el Programa II, que no se encuentren encuadrados en ninguno de los grupos del siguiente apartado 4. 4. Una subvención de 7.500,00 euros en el caso de hombres desempleados establecidos como autónomos de los Programas I y II, que se encuadren en alguno de los siguientes grupos prioritarios: a) Hombres desempleados que hayan participado en los doce meses anteriores a su alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa, en políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura gestionadas por el Servicio Extremeño Público de Empleo. b) Hombres con discapacidad. c) Hombres jóvenes, menores de 30 años a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. d) Hombres de 50 o más años a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. e) Hombres con el domicilio de la actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las últimas cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal a 1 de enero del ejercicio en el que se inicie la vigencia de cada convocatoria, difundido por el Instituto Nacional de Estadística. f) Hombres emigrados extremeños que hayan retornado de la emigración a la Comunidad Autónoma de Extremadura en los dos años anteriores a la fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. g) Hombres parados de larga duración a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. 5. Una subvención de 9.000,00 euros, en el caso de Mujeres desempleadas establecidas como autónomas, en los Programas I y II. 6. Adicionalmente, en los Programas I y II, una subvención de 1.000,00 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes por cualquiera de los grupos definidos en los apartados 4 y 5 del presente artículo, excepto el del apartado 4.e), cuando la persona beneficiaria en el caso del Programa I, o causante en el caso del Programa II, ejerza su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales de población a las que se refiere el apartado 4.e) anterior.
Finalidad
El objeto del presente decreto es establecer las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas al fomento, consolidación y modernización del trabajo autónomo en Extremadura, a través de los siguientes programas:
Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
Programa III: Ayudas por el mantenimiento y modernización de la actividad de autoempleo, a personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el Decreto 29/2021, de 21 de abril, o en el presente decreto de bases reguladoras.
Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
NOTA: Se establecen diferentes tipos de plazos de presentación en función de la línea.
Localización
Murcia
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Economía Social, Familia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Participación ciudadana, Agricultura, Seguridad, Caza y pesca
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
10/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de 1.000,00 euros
Finalidad

1. El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el establecimiento como trabajadores autónomos de personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por primera vez, o hayan pasado más de 2 años desde la última vez que se dieron de alta en dicho régimen. También la reincorporación de las trabajadoras por cuenta propia o autónomas en determinados supuestos que prevé esta norma cuando vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.
2. El ámbito territorial de aplicación de esta Orden se circunscribe al territorio de la Región de Murcia.

Localización
BOE
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Comercio y marketing, Seguridad, Agricultura, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
29/07/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
A determinar por la resolución en función del segmento al que pertenezca el beneficiario según estas bases.
Finalidad

Mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las pequeñas empresas, de las microempresas y de las personas en situación de autoempleo, mediante la adopción de soluciones de digitalización.

Localización
BOE
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Medio Ambiente, Igualdad, Servicios Sociales, Familia, Economía Social, Transporte y vehículos, Consumo, Energía, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Deporte, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/12/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros
Finalidad
Mediante esta orden se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión y gestión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto que incorporen, entre otras, medidas de reducción de la jornada laboral.

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