Cuota tributaria de las c...especiales
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Última revisión
06/04/2020

Cuota tributaria de las contribuciones especiales

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 06/04/2020


La base imponible de las contribuciones especiales se repartirá entre los sujetos pasivos, teniendo en cuenta la clase y naturaleza de las obras y servicios, con sujeción a las reglas del Art. 32 ,REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2004, de 5 de marzo

 

A. Con carácter general se aplicarán conjunta o separadamente, como módulos de reparto, los metros lineales de fachada de los inmuebles, su superficie, su volumen edificable y el valor catastral a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

B. Si se trata del establecimiento y mejora del servicio de extinción de incendios, podrán ser distribuidas entre las entidades o sociedades que cubran el riesgo por bienes sitos en el municipio de la imposición, proporcionalmente al importe de las primas recaudadas en el año inmediatamente anterior. Si la cuota exigible a cada sujeto pasivo fuera superior al cinco % del importe de las primas recaudadas por este, el exceso se trasladará a los ejercicios sucesivos hasta su total amortización.

C. En el caso de las obras por construcción de galerías subterráneas, las empresas suministradoras que deban utilizarlas., el importe total de la contribución especial será distribuido entre las compañías o empresas que hayan de utilizarlas en razón al espacio reservado a cada una o en proporción a la total sección de aquellas, aun cuando no las usen inmediatamente.

En el supuesto de que las leyes o tratados internacionales concedan beneficios fiscales, las cuotas que puedan corresponder a los beneficiarios no serán distribuidas entre los demás contribuyentes. Una vez determinada la cuota a satisfacer, la corporación podrá conceder, a solicitud del sujeto pasivo, el fraccionamiento o aplazamiento de aquélla por un plazo máximo de cinco años.

Para ampliar información puede verse:

Resolución No Vinculante de DGT, 1191-00 de 25 de Mayo de 2000. Deducibilidad para el consultante de las cuotas incluidas en las contribuciones especiales.