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Última revisión
06/10/2025

El juicio monitorio en materia de comunidad de propietarios

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Tiempo de lectura: 24 min

Orden: civil

Fecha última revisión: 06/10/2025


La comunidad de propietarios, con la finalidad de exigir aquellas deudas pendientes de pago por parte de alguno de sus miembros, puede acudir al procedimiento monitorio, que encuentra su regulación en el artículo 21 de la Ley 49/1960, de 21 de julio y, en el capítulo I, del título III, del libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil que lleva por rúbrica «Del proceso monitorio» (artículos 812-818...

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