Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
- Estado: Redacción actual VIGENTE
- Orden: Fiscal
- Fecha última revisión: 22/05/2019
BLOQUE PENDIENTE DE REVISIÓN POR NOVEDADES LEGISLATIVAS
El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es el impuesto indirecto canario que grava el consumo final, sustituyendo al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) comunitario. Se encuentra regulado en la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del régimen económico fiscal de Canarias.
Se trata de un impuesto estatal de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo, y grava las entregas de bienes, prestaciones de servicios e importaciones efectuadas de manera habitual u ocasional, por empresarios y profesionales.
Estarán sujetas al Impuesto General Indirecto Canario las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en las Islas Canarias, así como las importaciones de bienes en dicho territorio.
A los efectos de este Impuesto, el ámbito espacial a que se refiere el párrafo anterior comprenderá el mar territorial, cuyo límite exterior está determinado por una línea trazada de modo que se encuentre a una distancia de doce millas náuticas de los puntos más próximos de las líneas de base, siguiendo el perímetro resultante la configuración general del Archipiélago; también comprende el ámbito espacial del Impuesto el espacio aéreo correspondiente.
El hecho imponible del IGIC estará compuesto por:
"Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, así como en concepto de importaciones de bienes, la entrada de los mismos en las Islas Canarias, cualquiera que sea el fin a que se destinen o la condición del importador."
Las operaciones sujetas a este Impuesto no estarán sujetas al concepto "transmisiones patrimoniales onerosas" del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Se exceptúan, las entregas y arrendamientos de bienes inmuebles, así como la constitución o transmisión de derechos reales de goce o disfrute que recaigan sobre los mismos, cuando estén exentos del Impuesto, salvo en los casos en que el sujeto pasivo renuncie a la exención en las circunstancias y con las condiciones recogidas en el Art. 50 ,Ley 4/2012, de 25 de junio apartado 5.
No hay versiones para este comentario
- Novedades fiscales
- Procedimiento tributario
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Impuesto sobre Sociedades
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
- Gastos fiscalmente deducibles para los autónomos
- Fiscalidad de los socios y administradores
- Otros impuestos y gravámenes estatales
- Impuestos especiales
- Fiscalidad del comercio electrónico
- Impuestos medioambientales
- Aspectos fiscales de la transmisión de empresa
- Fiscalidad de honorarios de abogados y procuradores
- Declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero
- Tributación autonómica
- Tributación Islas Canarias
- Régimen fiscal canario
- Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) ESTOY AQUÍ
- Naturaleza y objeto del impuesto
- Sujeto pasivo
- Hecho imponible
- Base imponible
- Operaciones exentas
- Deducciones
- Devolución Mensual del IGIC
- Régimen especial de las agencias de viajes
- Tipos Impositivos
- Índices y módulos
- Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional
- Régimen especial de comerciantes minoristas
- Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
- Régimen de las empresas productoras de bienes corporales
- Zona Especial Canaria (ZEC)
- Registro Especial de Buques y Empresas Navieras
- Comunidades de aguas y heredamientos de Canarias
- Arbitrio sobre Importaciones y entregas de Mercancías
- Canarias. Impuesto sobre sucesiones y donaciones
- Impuesto Especial sobre Combustibles Derivados del Petróleo.
- Canarias. Impuesto sobre las Labores del Tabaco
- Canarias. IRPF
- Impuestos medioambientales
- Tributación Islas Baleares
- Regímenes forales
- Haciendas Locales
- Contable
Ley 20/1991 de 7 de Jun (Modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias -IGIC-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 137 Fecha de Publicación: 08/06/1991 Fecha de entrada en vigor: 01/01/1993 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- ANEXO VII. Entregas de plata, platino, paladio, así como la entrega de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales
- ANEXO VI
- ANEXO V. Relación de bienes muebles exentos del arbitrio sobre la producción e importación en las Islas Canarias
- ANEXO IV. Tarifas del arbitrio sobre la producción e importación en las Islas Canarias
- ANEXO III bis
Ley 4/2012 de 25 de Jun C.A. Canarias (Medidas administrativas y fiscales) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número: 124 Fecha de Publicación: 26/06/2012 Fecha de entrada en vigor: 01/07/2012 Órgano Emisor: Presidencia Del Gobierno
- D.F. 9ª.- Entrada en vigor.
- D.F. 8ª.- Tipos de gravamen y tipo de recargo sobre las importaciones efectuadas por los comerciantes minoristas en el Impuesto General Indirecto Canario.
- D.F. 7ª.- Exenciones en operaciones interiores en el Impuesto General Indirecto Canario.
- D.F. 6ª.- Publicación de las versiones vigentes de los textos refundidos en materia tributaria como textos actualizados con valor informativo.
- Naturaleza y objeto del impuesto
- Sujeto pasivo
- Hecho imponible
- Base imponible
- Operaciones exentas
- Deducciones
- Devolución Mensual del IGIC
- Régimen especial de las agencias de viajes
- Tipos Impositivos
- Índices y módulos
- Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional
- Régimen especial de comerciantes minoristas
-
Sentencia Administrativo Nº 96/2015, TSJ Canarias, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 205/2013, 13-03-2015
Orden: Administrativo Fecha: 13/03/2015 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Garcia Otero, Cesar Jose Num. Sentencia: 96/2015 Num. Recurso: 205/2013
-
Sentencia Administrativo Nº 342/2006, TSJ Canarias, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 1506/2003, 07-04-2006
Orden: Administrativo Fecha: 07/04/2006 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Suarez Tejera, Jesus Jose Num. Sentencia: 342/2006 Num. Recurso: 1506/2003
-
Sentencia Administrativo Nº 233/2004, TSJ Canarias, Rec 1506/1997, 19-03-2004
Orden: Administrativo Fecha: 19/03/2004 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Suarez Tejera, Jesus Jose Num. Sentencia: 233/2004 Num. Recurso: 1506/1997
-
Sentencia Administrativo Nº 188/2004, TSJ Canarias, Rec 805/1997, 05-03-2004
Orden: Administrativo Fecha: 05/03/2004 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Suarez Tejera, Jesus Jose Num. Sentencia: 188/2004 Num. Recurso: 805/1997
-
Sentencia Administrativo Nº 274/2004, TSJ Canarias, Rec 1004/1998, 26-03-2004
Orden: Administrativo Fecha: 26/03/2004 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Suarez Tejera, Jesus Jose Num. Sentencia: 274/2004 Num. Recurso: 1004/1998
-
Naturaleza y objeto del impuesto CANARIAS (IGIC)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 08/11/2019
Se trata de un impuesto estatal de naturaleza indirecta que grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios, con carácter oneroso, realizadas por empresarios y profesionales de manera habitual u ocasional, así como las importaciones de bi...
-
Hecho imponible CANARIAS (IGIC)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 08/11/2019
En virtud de lo dispuesto en el Art. 4 ,LEY 20/1991, DE 7 DE JUNIO, están sujetas al Impuesto por el concepto de entregas de bienes y prestaciones de servicios las efectuadas por empresarios y profesionales a título oneroso, con carácter habitual...
-
Sujeto pasivo CANARIAS (IGIC)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 08/11/2019
Serán sujetos pasivos del IGIC, los citados en el Art. 19 ,LEY 20/1991, DE 7 DE JUNIO, siendo con carácter general sujeto pasivo del mismo, las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de empresarios o profesionales y realicen las e...
-
Deducciones CANARIAS (IGIC)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 08/11/2019
Los sujetos pasivos podrán deducir de las cuotas del IGIC devengadas como consecuencia de entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en las islas Canarias las que, devengadas en dicho territorio, hayan soportado en las adquisicione...
-
Régimen especial de comerciantes minoristas CANARIAS (IGIC)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 11/11/2019
El régimen especial de comerciantes minoristas en Impuesto General Indirecto Canario se regula fundamentalmente en el Art. 58 bis, Ley 20/1991 de 7 de Jun (Modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias -IGIC-) y...
-
Solicitud de reconocimiento previo de la aplicación del tipo impositivo cero del IGIC en las entregas de bienes, prestaciones de servicios e importaciones con destino a producciones cinematográficas. Canarias
Fecha última revisión: 14/11/2017
-
Solicitud de reconocimiento del derecho a la aplicación del tipo impositivo reducido del IGIC para autotaxis y autoturismos adaptados. Canarias
Fecha última revisión: 14/11/2017
-
Solicitud de reducción del tipo impositivo en el IGIC a las adquisiciones de vehículos para transportar personas con discapacidad. Canarias
Fecha última revisión: 14/11/2017
-
Solicitud de reconocimiento del derecho a la aplicación del tipo impositivo general del 7% del IGIC. Canarias
Fecha última revisión: 14/11/2017
-
Modelo oficial de factura régimen viajeros. Devolución IGIC exportaciones bienes. Canarias
Fecha última revisión: 14/11/2017
-
Caso práctico: Inclusión en el Régimen Especial del Pequeño Empresario y Profesional (REPEP) en caso de cotitularidad de vivienda arrendada
Fecha última revisión: 03/04/2018
-
VEHÍCULOS.IMPORTACIÓN/INTRODUCCIÓN. INFORMACIÓN GENERAL - 03. TRIBUTOS EN LA INTRODUCCIÓN DESDE PENÍNSULA/BALEARES
Fecha última revisión: 10/05/2022
-
Caso práctico: Posible exención de IGIC en el REPEP canario
Fecha última revisión: 16/01/2020
-
INTRODUCCIÓN DEFINITIVA EN ISLAS CANARIAS - 03. TIPOS IMPOSITIVOS
Fecha última revisión: 11/07/2019
-
INTRODUCCIÓN DEFINITIVA EN ISLAS CANARIAS - 02. VALORACIÓN DEL VEHÍCULO
Fecha última revisión: 11/07/2019
PLANTEAMIENTO Un profesional, cuyos ingresos no superan el límite de los 30.000€. Pero que a su vez, tiene una vivienda arrendada junto con su pareja (no casados legalmente) ya que ambos son propietarios al 50% de la misma, y su destino es el de...
Materia144578 - COMERCIO EXTERIOR - ISLAS CANARIAS - VEHÍCULOS.IMPORTACIÓN/INTRODUCCIÓN. INFORMACIÓN GENERALPregunta¿Qué tributos se liquidan con la declaración de introducción de un vehículo procedente de la Península o Baleares, en Canari...
PLANTEAMIENTOUn autónomo residente en la Comunidad Canaria se da de alta en el impuesto de actividades económicas en el mes de septiembre. - ¿Podría estar exento de facturar IGIC por acogerse al Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profes...
Materia141819 - ISLAS CANARIAS - VEHÍCULOS - INTRODUCCIÓN DEFINITIVA EN ISLAS CANARIASPregunta¿Cuáles son los tipos vigentes del IGIC para los vehículos?RespuestaEl artículo 59 de la Ley 4/2012 recoge los tipos impositivos vigentes aplicables a...
Materia141816 - ISLAS CANARIAS - VEHÍCULOS - INTRODUCCIÓN DEFINITIVA EN ISLAS CANARIASPregunta¿Cómo se valora un vehículo para hacer la declaración de introducción en Canarias?RespuestaEn base a lo dispuesto en los artículos 4 y 8 de la 20/19...
-
Resolución Vinculante de DGT, V0054-16, 08-01-2016
Órgano: Sg De Impuestos Sobre El Consumo Fecha: 08/01/2016 Núm. Resolución: V0054-16
-
Resolución de TEAC, 00/2524/2010, 28-02-2012
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 28/02/2012 Núm. Resolución: 00/2524/2010
-
Resolución Vinculante de DGT, V2923-18, 14-11-2018
Órgano: Sg De Impuestos Sobre El Consumo Fecha: 14/11/2018 Núm. Resolución: V2923-18
-
Resolución de TEAC, 00/4501/2009, 13-12-2011
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 13/12/2011 Núm. Resolución: 00/4501/2009
-
Resolución de TEAC, 00/480/1998, 12-05-1998
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 12/05/1998 Núm. Resolución: 00/480/1998