Impuesto sobre Sociedades...ociedades)
Ver Indice
»

Última revisión
09/10/2025

Impuesto sobre Sociedades (I. Sociedades)

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 5 min

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 09/10/2025


El Impuesto sobre Sociedades se encuentra regulado en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre y en el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

El Impuesto sobre Sociedades

Esta figura impositiva constituye un pilar básico de la imposición directa en España junto con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ya que ambos gravan la obtención de renta. En particular, el Impuesto sobre Sociedades grava la obtención de beneficios por parte de las personas jurídicas en el desarrollo de su actividad económica.

La regulación del Impuesto sobre Sociedades se contiene en la >Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), la cual mantiene la misma estructura del Impuesto sobre Sociedades que ya existe desde el año 1996, de manera que el resultado contable sigue siendo el elemento nuclear de la base imponible y constituye un punto de partida clave en su determinación.

La Ley 27/2014, de 27 de noviembre,  se estructura en 9 títulos, con un total de 132 artículos, 19 disposiciones adicionales, 44 transitorias, una derogatoria y 12 finales.

Esta Ley ha sido desarrollada por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS).

A TENER EN CUENTA. Debemos tener en cuenta que las particularidades históricas de España han determinado que para una serie de territorios no sea de aplicación la normativa estatal del impuesto por regir en ellos lo establecido en el Concierto y Convenio económicos de los Territorios Históricos del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra, respectivamente. De esta manera, en la Comunidad Foral de Navarra y en los Territorios Históricos del País Vasco se aplica el Impuesto sobre Sociedades conforme a la legislación foral aprobada por cada uno de ellos.

Las características principales de este impuesto son las siguientes:

«El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas de acuerdo con las normas de esta Ley».

  • Tributo que grava la renta total del sujeto pasivo. Constituye el hecho imponible del impuesto la obtención de renta por el contribuyente, cualquiera que fuese su fuente u origen, al amparo de lo establecido en el artículo 4 de la LIS.
  • Tributo que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas, así como la de cualquier entidad jurídica calificada como sujeto pasivo por la ley del impuesto.

  • Tributo de devengo periódico, al establecerse cortes temporales, períodos impositivos, para autoliquidar las obligaciones con la Hacienda pública.

¿Cuál es el período impositivo del Impuesto de Sociedades?

El período impositivo del Impuesto sobre Sociedades coincide con el ejercicio económico de cada entidad, no pudiendo exceder de 12 meses. La fecha de cierre del ejercicio económico o social se determina en los estatutos de las sociedades. En su defecto, termina el 31 de diciembre de cada año, devengándose el impuesto en el último día del período impositivo que corresponda.

Aunque no haya finalizado el ejercicio económico, el periodo impositivo se entiende concluido en los siguientes casos:

  • Cuando la entidad se extinga.
  • Cuando cambie la residencia de la entidad, en territorio español, al extranjero.
  • Cuando se transforme la forma jurídica de la entidad y ello determine la no sujeción al Impuesto sobre Sociedades de la entidad resultante.
  • Cuando se produzca una transformación de la forma jurídica de la entidad o la modificación de su estatuto o de su régimen jurídico, y ello determine la modificación del tipo de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades o la aplicación de un régimen tributario distinto de la entidad resultante.

¿Qué modelos hay que presentar para liquidar el Impuesto de Sociedades?

Con carácter general podemos destacar los siguientes modelos:

Para los pagos fraccionados:

  • Modelo 202: pago fraccionado. Régimen General. Obligatorio presentarlo para grandes empresas, aunque no deban efectuar ingreso (con alguna excepción). No hay obligación de presentarlo en declaraciones sin ingreso o cuota cero.
  • Modelo 222: pago fraccionado. Régimen de tributación de los grupos de sociedades. Obligatoria su presentación, aunque no deba efectuarse ingreso alguno.

Para los pagos anuales:

  • Modelo 200: de uso general para contribuyentes sometidos al Impuesto sobre Sociedades, cualquiera que sea la actividad y el tamaño de la empresa.
  • Modelo 220: correspondiente al régimen de tributación de los grupos de sociedades. Obligatorio para las sociedades dominantes de los grupos, incluidos los de cooperativas, que tributen en régimen de consolidación fiscal. El grupo presentará el modelo 220 y, además, todas las empresas que lo integran presentarán la correspondiente declaración individual en el modelo 200.

CUESTIÓN

¿Cuándo se presenta el Impuesto de Sociedades?

Conforme a la Orden HAC/657/2025, de 21 de junio, la declaración del Impuesto sobre Sociedades debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Así, en general, para sujetos pasivos cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo es el de los 25 primeros días naturales del mes de julio.





Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.