Pago y alzamiento del emb... cambiario
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Última revisión
02/07/2025

Pago y alzamiento del embargo del procedimiento cambiario

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Orden: civil

Fecha última revisión: 02/07/2025


Según establece el art. 822 de la LEC, si el deudor cambiario atiende el requerimiento de pago se procederá como dispone el artículo 583, lo que implica que el LAJ pondrá la suma de dinero a disposición del ejecutante, y entregará al ejecutado justificante del pago realizado. Las costas siempre serán de cargo del deudor.

A tenor del art. 823 de la LEC, los embargos podrán alzarse si el deudor s...

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