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25/10/2024
Regulación de la fiducia sucesoria en Aragón
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Tiempo de lectura: 11 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 25/10/2024
La fiducia sucesoria en Aragón, regulada en los artículos 439 a 463 del Código del Derecho Foral de Aragón, permite a los aragoneses nombrar fiduciarios para ordenar su sucesión. Los fiduciarios deben ser mayores de edad y actuar según las instrucciones del comitente, que deben constar en testamento o escritura pública. La fiducia debe ejecutarse en un plazo de tres años, salvo excepciones.
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