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18/06/2025
Sucesión procesal en el orden civil
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Tiempo de lectura: 10 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 18/06/2025
La sucesión procesal se regula en los arts. 16 a 18 de la LEC, y consiste en adquirir la situación que ostentaba otra persona en un proceso, asumiendo sus derechos, obligaciones, relaciones jurídicas, etc. Para esto es preciso que la parte sucesora goce de legitimación activa o pasiva, según corresponda.
La sucesión procesal civil
Pese a que lo habitual es que los titulares originarios —demandante...
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