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28/02/2025
WhatsApp como medio de prueba en el ámbito laboral
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Tiempo de lectura: 17 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 28/02/2025
Un mensaje de la aplicación WhatsApp se podría considerar, según lo establecido en el Reglamento (UE) n.° 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE, como: «contenido almacenado en formato electró...
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