Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (01000435011981) de Álava
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...) de Álava

Última revisión
15/11/2010

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (01000435011981) de Álava

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

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RESOLUCION de 15 de noviembre de 2010, del Delegado Territorial en Alava del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se resuelve el registro y publicacion del texto del Acta, aprobando el calendario laboral para el año 2011 del Convenio Colectivo para el Sector de Construccion y Obras Publicas de Alava Codigo Convenio num. 0100435. (Boletín Oficial de Álava num. 130 de 15/11/2010)

Preambulo

Calendario Laboral para el año 2011 del Convenio Colectivo para el Sector de Construcción y Obras Públicas de Álava.

Expte.: 01/2008/22

ANTECEDENTES

1. Con fecha 4 de noviembre de 2010, ante esta Delegación Territorial de Álava, se ha presentado el texto del acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el Sector de Construcción y Obras Públicas de Álava, suscrito el 20 de octubre de 2010, aprobando el calendario laboral para el año 2011.

2. El acta de dicho acuerdo ha sido suscrito por los representantes de UNECA-Unión de Empresarios de la Construcción de Álava y por los representantes sindicales de CCOO y UGT de la Comisión Negociadora.

3. La vigencia de dicho Acuerdo se establece del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. La competencia para la inscripción y publicación del citado Acuerdo, viene determinada por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, conforme a lo dispuesto en su artículo 90.2, que determina que los Convenios deberán ser presentados ante la Autoridad Laboral a los solos efectos de registro, en relación con el Decreto del Gobierno Vasco 39/1981, de 2 de marzo, sobre creación y organización del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo, y la Orden de 3 de noviembre de 1982, que desarrolla el citado Decreto, así como el artículo 22.1 g) del Decreto 44/2002, de 12 de febrero, del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, que atribuye a la Delegación Territorial la facultad de gestionar la Sección Territorial del Registro de Convenios Colectivos de Euskadi.

2. El citado Acuerdo ha sido suscrito por la mayoría de la representación empresarial y de la representación social en la Comisión Negociadora, por lo que, el acuerdo adoptado reúne los requisitos del artículo 89.3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores citado.

3. El artículo 90.5 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, determina que si la Autoridad Laboral estimase que el Acuerdo conculca la legalidad vigente o lesiona gravemente el interés de terceros, se dirigirá de oficio a la Jurisdicción competente, y considerando que el presente supuesto no se lesiona el interés de terceros ni se conculca la legalidad vigente, procede, de conformidad con el apartado 2 y 3 del citado artículo, su registro y depósito, así como disponer su publicación en el BOTHA.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, El Delegado Territorial en Álava,

RESUELVE

1. Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Sección Territorial del Acta aprobando el calendario laboral para el año 2011 del Convenio Colectivo del Sector para la Constru - cción y Obras Públicas de Álava.

2. Disponer la publicación del citado Acuerdo en el BOTHA.

3. Proceder a su correspondiente depósito en esta Delegación Territorial.

4. Notificar la presente Resolución a las partes, haciendo saber que contra la misma, podrán interponer recurso de alzada ante la Directora de Trabajo del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 114, en relación con el artículo 115 de la Ley de 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, en relación con el artículo 17.j) del Decreto 538/2009, de 6 de octubre, por el que se establece la Estruc - tura Orgánica y Funcional del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales.

Vitoria-Gasteiz, 15 de noviembre de 2010.

- Delegado Territorial de Álava, ÁLVARO IRADIER ROSA.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL PARA LAS INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE ÁLAVA

ASISTENTES: Parte Social: U.G.T.: D. Juan José Vallejo García CC.OO.: D. Juan Luís España Parte Empresarial: UNECA: D. Enrique González Sal En Vitoria-Gasteiz, a veinte de octubre de 2010 en los locales de la UNIÓN DE EMPRESARIOS DE LA CONSTRUCCIÓN DE ÁLAVA "UNECA", Postas, 32 - 6º, se reúnen las representaciones de las Centrales Sindicales CC.OO. y U.G.T con la Unión de Empresarios de la Construcción de Álava "UNECA", todos ellos miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Sectorial de Trabajo para las Industrias de la Construcción y Obras Públicas de Álava, reseñados al margen,

ACUERDAN Aprobar el Calendario Laboral del Sector de la Construcción de Álava del año 2011 que se adjunta al acta.

Con carácter supletorio, para el caso de que no se elabore en la empresa un calendario laboral propio en los centros de trabajo, y a los efectos de alcanzar la jornada efectiva de 1.726 horas, se consideran festivos los días señalados como Fiestas en dicho calendario.

Los días señalados como CH tendrán la consideración de compensación horaria para alcanzar la jornada efectiva.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha arriba indicados, de todo lo cual como Secretario doy fé, firmando los asistentes en prueba de conformidad.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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