Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE BURLADA. PERSONAL FUNCIONARIO Y...22112011) de Navarra
Convenios
Convenio Colectivo de Emp...de Navarra

Última revisión
11/10/2011

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE BURLADA. PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL (31100022112011) de Navarra

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 11 de Octubre de 2011 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 2-14)

RESOLUCION de 22 de julio de 2011, de la Directora General de Trabajo y Prevencion de Riesgos, por la que se acuerda el registro, deposito y publicacion en el Boletin Oficial de Navarra del Acuerdo Colectivo de la entidad Ayuntamiento de Burlada. (Boletín Oficial de Navarra num. 202 de 11/10/2011)

Preambulo

Visto el texto del Acuerdo Colectivo de la entidad Ayuntamiento de Burlada (Código número 31100022112011), relativo al Plan Interno de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres, que tuvo entrada en este Registro en fecha 23 de junio de 2011, y que fue suscrito el día 18 de mayo por la representación legal y sindical de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO:

1.

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.

2.

Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 22 de julio de 2011.

-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda LoreaEchavarren.

Plan Interno de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Burlada

 
1. Introducción.

¿Qué es un Plan Interno de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres?

Es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.

Artículo 46. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres (en adelante LOIMH).

Es decir, el objetivo del Plan Interno de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Burlada (en adelante PIIOB) es alcanzar esa igualdad a través de la eliminación de toda discriminación por razón de sexo.

¿Qué es la igualdad de trato?

El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.

Artículo 3. LOIMH.

¿Y la discriminación por razón de sexo?

Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. Se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.

Artículo 6. LOIMH.

Así, este PIIOB se concibe como un primer instrumento puesto en marcha para la efectiva igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en el Ayuntamiento de Burlada, que debe mantener un equilibrio entre lo ambicioso y operativo, y que está enmarcado en un proceso permanente de mejora a la luz de los resultados de su implementación y aplicación.

2. Justificación.

El pleno reconocimiento formal de los principios de igualdad de oportunidades y de trato de mujeres y hombres como elementos transversales que empapan la normativa internacional, nacional, foral y local no ha derivado en una igualdad efectiva de las mujeres a la hora de ejercitar todos sus derechos, de acceder a puestos de poder y de toma de decisiones o de controlar recursos, servicios y bienes. Por ello, los propios poderes públicos se han visto en la necesidad de legislar y establecer medidas políticas y acciones específicas en esta materia, como muestra la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público o la Ley Foral 33/2002, de 28 de noviembre, de fomento de la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Por otra parte, el análisis con perspectiva de género del funcionamiento interno del Ayuntamiento de Burlada recogido en los documentos Diagnóstico de Partida y Diagnóstico y Propuestas de Mejora de la Negociación Colectiva, arroja resultados que, si bien demuestran la trayectoria inequívoca en pos de la integración de los principios de igualdad y de trato en la gestión del personal y de la organización, visibiliza la existencia de desigualdades que se deben superar.

3. Compromiso institucional y de la RLT.

En el Ayuntamiento de Burlada se lleva trabajando a favor de la igualdad de oportunidades y de trato de mujeres y hombres desde el año 2000 con la creación de la Comisión de la Mujer.

A lo largo de estos 10 años de andadura, entre otras acciones y proyectos, cabe destacar el compromiso adquirido con la aprobación del I Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Burlada 2002-2004 en el que se recoge como objetivo "aplicar en el Ayuntamiento de Burlada, organismos y empresas municipales, a modo de buenas prácticas ejemplificadorasen materia de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres, acciones destinadas a integrar la perspectiva de género y la paridad"1.

(1) Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Burladad2002-2004, Ayuntamiento de Burlada, Actuación 1.1.3., Objetivo 1.1., página 22.

Así, es objeto del presente PIIOB.

Primero.-Lograr la igualdad efectiva de oportunidades y de trato de las mujeres y de los hombres que trabajan en o para el Ayuntamiento de Burlada y sus Organismos Autónomos en los diferentes regímenes contractuales.

funcionarial, administrativo y laboral.

Segundo.-Integrar una nueva perspectiva de género en su organización, en la gestión de sus recursos humanos, así como en los proyectos, documentos, actuaciones y normativas que de ellos emanen.

Tercero.-Fortalecer la imagen del Ayuntamiento de Burlada como entidad empleadora modelo en materia de igualdad de mujeres y hombres para la ciudadanía y el tejido empresarial.

Cuarto.-Consolidar las políticas de igualdad en el Ayuntamiento a través de la integración del PIIOB en la negociación colectiva y en los Acuerdos aprobados.

Quinto.-Proveer de los recursos económicos, materiales y personales necesarios para la consecución de los objetivos propuestos.

Y prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente Plan, en el lugar y fecha indicados:

Burlada, a 18 de mayo de 2011.

Junta de Gobierno, El Alcalde: José Muñoz Arias. Comité de Empresa, El Presidente: Javier CanabalUnciti.

4. Ámbitos de aplicación.

El PIIOB se proyecta sobre los siguientes ámbitos:

Ámbito de aplicación personal:

-El personal que preste sus servicios en el Ayuntamiento de Burlada y Organismos Autónomos del mismo (Patronato Municipal de Deportes y Patronato Municipal de Cultura y Fiestas) bien sea su relación contractual:

· Funcionarial,

· Administrativa, ó,

· Laboral.

-La externalizaciónde servicios públicos. Se valorará, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, la existencia de plan de igualdad o de medidas de acción positiva en la empresa, así como el compromiso de asumir el Plan Interno de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Burlada.

Ámbito de aplicación funcional y territorial: Administración Pública Local de Burlada.

Ámbito de aplicación temporal: Se propone un plazo de vigencia de 2 años, sin perjuicio de articular un proceso de evaluación de carácter anual, que permitirá contrastar los resultados obtenidos en el ejercicio correspondiente con los objetivos propuestos inicialmente, modulados a través de los indicadores especificados. En las mesas de negociación se establecerán las circunstancias para establecer el ámbito de aplicación temporal. No obstante se planteará de forma similar a como sucede con los procedimientos de modificación de la legislación ordinaria, prever procedimientos de adaptación y de reforma especial, con mayorías cualificadas para asegurar su estabilidad.

5. Comité paritario de igualdad.

Propuesta para la composición de la Comité Paritario de Igualdad. Se buscará la representación paritaria y del máximo número de áreas.

-Concejala o concejal de Igualdad.

-Responsable técnica de Igualdad.

-Concejala o concejal de RRHH.

-Responsable técnico de RRHH.

-Representantes de RLT: dos personas, con formación en igualdad, un hombre y una mujer y si es posible pertenecientes a diferentes departamentos de los ya representados.

-Una o dos personas de la plantilla con formación en igualdad y que deseen involucrarse en el proyecto, que, en la medida de lo posible, tengan puestos influyentes y con capacidad de decisión y pertenezcan a distintos departamentos de los ya representados.

Las funciones que asume:

-Difusión del PIIOB interna y externamente.

-Responsable último de la implantación del PIIOB.

-Seguimiento y evaluación y difusión de los resultados.

-Reajustes del PIIOB y programaciones anuales.

-Organismo de referencia a quien acudir para solventar dudas, ampliar información, presentar quejas y reclamaciones y propuestas de mejora.

-Mediar en los conflictos de interpretación que puedan surgir en la aplicación del PIIOB.

-Asimismo, se establecen funciones a futuro como responsable de implantación, evaluación, información y recepción de quejas y denuncias dentro del Protocolo de Prevención y Actuación en casos de Acoso Sexual y por Razón de Sexo.

Propuesta para el funcionamiento del Comité Paritario de Igualdad:

-Temporalidad de las reuniones: reunión semestral y posibilidad de convocatoria de reuniones extraordinarias ante situaciones justificadas. Estas reuniones deben coordinarse con las funciones de seguimiento y evaluación para simplificar al máximo el funcionamiento del Comité Paritario de Igualdad.

-Posibilidad de participación de toda la plantilla: sesiones de asistencia abiertas.

-Plan de información previa a las reuniones y posteriores: 15 días antes de cada reunión se remitirá a las personas convocadas un orden del día con los temas a tratar e información relacionada. Posteriormente a la reunión y en un plazo de 15 días, se remitirá el acta de la reunión. En el caso de reuniones extraordinarias, será suficiente la difusión de la información con un plazo mínimo de 48 horas de antelación.

-Responsabilidades de convocatoria, actas, etc. la persona responsable de Igualdad; Ana Carmen Senosiain.

Designar a una o varias personas responsables de referencia para la plantilla e informar sobre su nombre, cargo, teléfono, e-mail, despacho y horario de trabajo.

Ana Carmen Senosiain Técnica de Igualdad cmujer@burlada.es948 23 84 00

6. Objetivos Acciones.

El Plan está dividido en 2 objetivos generales y en 11 objetivos específicos que indican el camino a seguir para la consecución de los primeros.

OBJETIVO GENERAL 1

La integración de los principios de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres en la gestión de los Recursos Humanos, en la Negociación Colectiva y en la política del Plan Estratégico.

Área de Actuación

Objetivos Específicos a corto y medio plazo para cumplir el Objetivo General 1

Selección

1.1. Favorecer una representación equilibrada de sexos en todos los puestos, niveles y estructuras del Ayuntamiento

Formación

1.2. Evitar la discriminación por cuestión de género en el acceso a la formación

Promoción

1.3. Fomentar un sistema de promoción interna que garantice la no discriminación tanto en la movilidad-promoción, como en el acceso al sistema de carrera y desarrollo profesional

Retribución

1.4. Establecer una política salarial transparente y redistributiva de riqueza: misma retribución por trabajo de igual valor

Conciliación

1.5. Facilitar el equilibrio de la vida personal, familiar y laboral y promoverlo en trabajadoras y, especialmente, en trabajadores

Transversal

1.6. Integrar la perspectiva de género como indicador de calidad del Ayuntamiento de Burlada

OBJETIVO GENERAL 2

Potenciar la cultura de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres en el Ayuntamiento de Burlada

Área de Actuación

Objetivos Específicos a corto y medio plazo para cumplir el Objetivo General 2

Comunicación

2.1. Desarrollar una comunicación interna y externa no sexista que transmita los valores de igualdad de mujeres y hombres y que sea accesible a todas las personas

Salud laboral

2.2. Detectar y solventar las necesidades relativas a riesgos laborales y salud laboral desde la perspectiva de género

Acoso sexual y por razón de sexo

2.3. Prevenir el acoso sexual y/o por razón de sexo y, en su caso, solucionarlo eficazmente y erradicarlo

Violencia de género

2.4. Posibilitar el ejercicio efectivo de sus derechos a las trabajadoras que sufren violencia de género y colaborar en su protección

Participación en ámbitos de poder

2.5. Promover la representación equilibrada en los órganos de gobierno, consultivos, representativos y de toma de decisiones

Objetivo General 1

La integración de los principios de Igualdad de Oportunidades y de trato de Mujeres y Hombres en la gestión de los Recursos Humanos, en la Negociación Colectiva y en la política de Gestión de la Calidad

Objetivo Específico 1.1.

Favorecer una representación equilibrada de sexos en todos los puestos, niveles y estructuras del Ayuntamiento

Acción 1.1.1.

Incluir un módulo sobre igualdad de género y violencia de género en las pruebas de acceso al Ayuntamiento de Burlada

Procedimiento

-Incluir un módulo de políticas y normativa de igualdad de mujeres y hombres en la administración pública en el temario de todos los procesos selectivos

-Incluir, además, un módulo sobre políticas y normativa de violencia contra las mujeres en el temario de la Policía Local y en el de Trabajo Social

Responsabilidad

-Área de Igualdad: Ana Carmen Senosiain

-Responsables del contenido del temario en cada proceso de selección o RRHH

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de procesos selectivos que incluyen los módulos, excepto policía local

% de procesos selectivos de la policía local que incluyen el módulo

100%

% de procesos selectivos de trabajo social que incluyen el módulo

100%

Impacto

% de preguntas sobre la temática en cada proceso selectivo

3%

Acción 1.1.2.

Formar y sensibilizar en materia de igualdad a las personas participantes en los procesos selectivos; a quienes tengan competencias en la demanda de personal, en la valoración de las pruebas y a los tribunales u órganos de selección

Procedimiento

Formación on-linede 2 horas

Responsabilidad

-Área de Igualdad: Ana Carmen Senosiain

-Comité de empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

X

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de personas participantes en los tribunales con formación

70%

% de personas que valoran las pruebas con formación

70%

% de personas con competencias de demanda de personal con formación

70%

Impacto

Evaluación cualitativa de la formación por parte de las y los asistentes

Nivel de evaluación "buena"

Acción 1.1.3.

Incorporar en cada departamento como horizonte de trabajo la consecución de un mayor equilibrio de género en el personal que lo compone

Procedimiento

-Incluir un párrafo en las convocatorias que señale si existe en el correspondiente departamento o tipo de trabajo infrarepresentación de personas de alguno de los dos sexos

-Aplicar el criterio de preferencia en la selección del sexo subrepresentado, ante igualdad de condiciones

-Establecer cuotas de contratación del sexo menos representado

Responsabilidad

-Responsable de cada departamento

-Área de RRHH

-Comité de empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de convocatorias de promoción que incorporan el criterio de preferencia

100%

% de convocatorias de promoción que establecen cuotas

20% de los que tienen infrarepresentación

Impacto

Disminución de la segregación vertical y horizontal

Disminución en un 5%

Acción 1.1.4.

En la cobertura de puestos de trabajo por libre designación, el Ayuntamiento de Burlada procurará que la designación guarde proporcionalidad con la representación de cada género en el puesto de trabajo convocado

Procedimiento

Cuando se soliciten candidaturas a puestos de trabajo para su provisión mediante el sistema de libre designación, las propuestas incluirán cuatro posibles aspirantes de quienes, al menos dos, deberán ser mujeres

Responsabilidad

-Alcaldía

-Área de RRHH

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de designaciones que cuentan con una representación equilibrada por sexos de las y los aspirantes

100%

Impacto

% de mujeres que ocupan puestos de libre designación

40%

Acción 1.1.5.

Añadir, en los pliegos de cláusulas de las contrataciones públicas, la preferencia de adjudicación, en igualdad de condiciones ventajosas, a las empresas que establezcan en su gestión interna medidas de integración de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres

Procedimiento

-Establecer los criterios a valorar: a través de cualquiera de los reconocimientos oficiales de igualdad o con el Plan de Igualdad, de Conciliación o de Acoso Sexual y por Razón de Sexo de la entidad

-Añadir la cláusula en todos los pliegos de contratación del Ayuntamiento, salvo razón justificada

Responsabilidad

-Área de Igualdad: Ana Carmen Senosiain

-Responsables de contratación

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I.

Resultados

% de concursos públicos que incluyen la cláusula

80% de los concursos

Impacto

% de empresas participantes con políticas de igualdad en su organización

30% de las participantes

Objetivo Específico 1.2.

Evitar la discriminación por cuestión de género en el acceso a la formación

Acción 1.2.1.

Inclusión de la perspectiva de género para el diseño de las propuestas de los planes formativos

Procedimiento

-Integrar a las mujeres en los órganos o comisiones en las que se planifiquen o decidan las ofertas y contenidos formativos

-Tener en cuenta las diferentes posibilidades, necesidades, intereses, accesibilidad de mujeres y hombres a la hora de diseñar los planes formativos, y diseñarlos así de tal modo que garanticen las mismas posibilidades de resultados para quienes estén interesados/as

-Potenciar y analizar la participación de las mujeres en acciones formativas de gestión, de mejora del desempeño y en aquellas relacionadas con las promociones

-Comunicar específicamente a las mujeres con posibilidades de promoción las convocatorias de formación relacionadas con éstas

Responsabilidad

-Área de RRHH

-Comité de empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de mujeres que planifiquen formación

40%

Incremento de formación que facilita el acceso de las mujeres a puestos de promoción

5% de incremento anual

Impacto

Incremento de mujeres que acceden a acciones formativas

5% de incremento anual

Incremento de mujeres que acceden a acciones formativas directamente relacionadas con promociones

5% de incremento anual

Acción 1.2.2.

Asegurar que la propuesta de acciones formativas llega a toda la plantilla

Procedimiento

-Además de los canales habituales, se comunica vía e-mail a las personas responsables de cada departamento la formación planeada para que lo difundan asegurándose que llega a todas las personas destinatarias. Una vez finalizada la difusión, las y los responsables lo confirman por e-mail a quien haya remitido la convocatoria

-En esta comunicación se incluye a las personas que se encuentren disfrutando de permisos y bajas por maternidad, paternidad, reducciones por cuidado y excedencias por cuidado

Responsabilidad

Responsable de cada departamento

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de propuestas que se difunden a través de las personas responsables de departamento

100%

Impacto

% de convocatorias que llegan a todo el personal destinatario

100%

Acción 1.2.3.

Establecer criterios objetivos de concesión o rechazo de las acciones formativas

Procedimiento

-Establecer los criterios por escrito y difundirlos a toda la plantilla

-Responder por escrito las solicitudes recibidas de formación

Responsabilidad

-Alcaldía

-Área de RRHH

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de personas de la plantilla que conocen los criterios de concesión de formación

100%

% de solicitudes respondidas por escrito

100%

Impacto

% de personas que acceden a la formación que desean

100%

Acción 1.2.4.

Facilitar la asistencia a la formación de las personas con responsabilidades familiares

Procedimiento

-Programar la formación especializada y continuada en horario laboral y en el lugar de trabajo o cercanías

-Establecer medidas de apoyo para conciliar cuando la formación se realice fuera del horario laboral

-Facilitar el acceso a las mismas a quienes se acojan a permisos y bajas por maternidad, paternidad, reducciones por cuidado y excedencias por cuidado

-Ofertar, cuando sea posible, la formación no presencial

Responsabilidad

-Área de RRHH

-Comité de empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

Según las medidas de conciliación establecidas

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de acciones formativas realizadas en el horario laboral

60%

% de acciones formativas realizadas fuera del horario laboral que establecen medidas de apoyo a la conciliación

20%

% de formación no presencial ofertada

20%

Impacto

% de personas con responsabilidades familiares que desean acceder a la formación y lo hacen

80%

OBJETIVO ESPECÍFICO 1.3.

Fomentar un sistema de promoción interna que garantice la no discriminación tanto en la movilidad-promoción, como en el acceso al sistema de carrera y desarrollo profesional

Acción 1.3.1.

Analizar las bases que regulan los procesos de promoción

Procedimiento

-Revisar los criterios que puntúan la promoción teniendo en cuenta la mayor temporalidad, parcialidad y tipos de contratos de las mujeres y replantearse así conceptos como el de antigüedad como mérito para la promoción

-Revisar el criterio de oferta interna de promoción al personal fijo, ya que la temporalidad en el Ayuntamiento está protagonizada por las mujeres

-Analizar el resto de bases teniendo en cuenta las diferentes situaciones en que derivan las características de las relaciones contractuales de las mujeres

Responsabilidad

-Responsables de promoción

-Comité de empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto.

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de procesos de promoción analizados con perspectiva de género

100%

% de criterios de promoción desfavorables para las mujeres corregidos

60%

Impacto

Incremento de promoción de mujeres

5% de incremento anual

Acción 1.3.2.

Formar y sensibilizar en materia de igualdad a las personas participantes en los procesos de promoción, en su valoración y a los tribunales u órganos de promoción

Procedimiento

Formación on-linede 2 horas

Responsabilidad

-Área de Igualdad: Ana Carmen Senosiain

-Comité de empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de personas participantes en los tribunales con formación

70%

% de personas que valoran las pruebas con formación

70%

% de personas con competencias de demanda de personal con formación

70%

Impacto

Evaluación cualitativa de la formación por parte de las y los asistentes

Nivel de evaluación "buena"

Acción 1.3.3.

Implantar sistemas de comunicación internos eficaces para notificar posibilidades de promoción

Procedimiento

-Además de los canales habituales, se comunica vía e-mail a las personas responsables de cada departamento las convocatorias de promoción para que lo difundan asegurándose que llega a todas las personas destinatarias. Una vez finalizada la difusión, las y los responsables lo confirman por e-mail a quien haya remitido la convocatoria

-En esta comunicación se incluye a las personas que se encuentren disfrutando de permisos y bajas por maternidad, paternidad, reducciones por cuidado y excedencias por cuidado

Responsabilidad

Responsable de la promoción

Responsable de cada departamento

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de propuestas que se difunden a través de las personas responsables de departamento

100%

Impacto

% de posibilidades de promoción que llegan a todo el personal destinatario

100%

Acción 1.3.4.

Incorporar en cada departamento como horizonte de trabajo la consecución de un mayor equilibrio de género en el personal que lo compone

Procedimiento

-Incluir un párrafo en las convocatorias de promociones que señale si existe en el correspondiente departamento o tipo de trabajo infrarepresentación de personas de alguno de los dos sexos

-Aplicar el criterio de preferencia en la promoción del sexo subrepresentado, ante igualdad de condiciones

-Establecer cuotas de promoción del sexo menos representado, si se estima pertinente

Responsabilidad

-Responsable de cada departamento

-Área de RRHH

-Comité de empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de convocatorias de promoción que incorporan el criterio de preferencia

100%

% de convocatorias de promoción que establecen cuotas

20% de los que tienen infrarepresentación

Impacto

Disminución de la segregación vertical y horizontal

Disminución en un 5%

Acción 1.3.5.

Estimular la presentación a convocatorias de promoción profesional de los grupos con infrarepresentación

Procedimiento

-Elaborar un inventario de las aptitudes y habilidades de las mujeres para diseñar futuros procesos de promoción con perspectiva de género

-Con carácter general informar a la plantilla de los requerimientos necesarios para promocionar a una categoría superior, de manera que todo el personal sea consciente de lo que se necesita "saber hacer" o acreditar si le interesa ascender

-Ante vacantes a cubrir por promoción interna, se informará al género subrepresentadoen esa categoría, y se impartirá un curso específico para la promoción interna

Responsabilidad

-Área de RRHH

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de mujeres que se presentan a las promociones

40%

Impacto

% de mujeres que logran las promociones

40%

Acción 1.3.6.

Sensibilizar al equipo que compone el Ayuntamiento de Burlada (político, sindical y técnico-administrativo) para combatir los estereotipos de género en la carrera profesional

Procedimiento

Celebrar sesiones de sensibilización en la que se explique la construcción, transmisión y permanencia de los estereotipos de género así como sus consecuencias en la vida de las personas en general y en el desarrollo de las carreras profesionales en particular

Responsabilidad

Área de Igualdad: Ana Carmen Senosiain

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

N.º de sesiones celebradas

No se establecen

% de participantes según sexo, cargo, departamento y especificando si es personal político, técnico-administrativo o sindical

100%

Impacto

Evaluación cualitativa de la formación por parte de las y los asistentes

Nivel de evaluación "buena"

OBJETIVO ESPECÍFICO 1.4.

Establecer una política salarial transparente y redistributivade riqueza: misma retribución por trabajo de igual valor

Acción 1.4.1.

Regular una estructura retributiva que incluya la redefinición y condiciones de todos los pluses y complementos salariales

Procedimiento

-Evitar remarcar y revalorizar aquellas cualidades que tradicionalmente se asocian a un sólo sexo, en la valoración de los puestos de trabajo

-Valorar cualidades profesionales que suelen tener las mujeres en la evaluación del desempeño del trabajo: seriedad, capacidad de diálogo y negociación, trabajo en equipo,..

-Evitar denominar de forma distinta trabajos o funciones desempeñadas por mujeres y hombres que tengan igual valor

-Utilizar formas neutras o masculino-femenino en el lenguaje y conceptos utilizados para la descripción y valoración de los puestos de trabajo

-En la evaluación del desempeño del trabajo no priorizar la cantidad de tiempo dedicado al trabajo, sino la calidad del mismo y los objetivos conseguidos

-Incluir mujeres en los equipos encargados de la evaluación del desempeño del trabajo del personal

-Anular cualquier especificación en la aplicación de la estructura retributiva que implique una diferencia en base al tipo de contrato, a la categoría profesional o a la antigüedad en el Ayuntamiento

-Introducir en los análisis estadísticos periódicos sobre las retribuciones medias de mujeres y hombres en el Ayuntamiento la descripción de los complementos salariales y las cuantías

Responsabilidad

-Departamento de RRHH

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

X

X

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de complementos salariales percibidos por mujeres

40%

% de mujeres que cobran por encima del sueldo medio

40%

Impacto

Porcentaje de disminución de la brecha salarial

100%

OBJETIVO ESPECÍFICO 1.5.

Facilitar el equilibrio de la vida personal, familiar y laboral y promoverlo en trabajadoras y, especialmente, en trabajadores

Acción 1.5.1.

Garantizar que todos los derechos de conciliación sean accesibles a toda la plantilla, con independencia de su sexo, antigüedad o modalidad contractual

Procedimiento

Garantizar en el PIIOB y plasmar en el/los Acuerdo/s Colectivo/s el compromiso de la accesibilidad en igualdad de condiciones a los derechos recogidos en el PIIOB sin distinción de sexo, antigüedad o modalidad contractual

Responsabilidad

-Área de RRHH

-Comité de Empresa

-Alcaldía

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

Coste de los derechos de conciliación

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

N.º de peticiones de uso de medidas de conciliación, desagregadas por sexo, antigüedad y modalidad contractual

No se establece

Impacto

% de hombres y mujeres que hacen uso de las medidas de conciliación

100% de las peticiones

Acción 1.5.2.

Campaña de comunicación interna: información y sensibilización a toda la plantilla de las nuevas medidas en materia de conciliación haciendo especial hincapié en la corresponsabilidad

Procedimiento

-Difusión o divulgación dirigida específicamente a los hombres de la plantilla de información relativa a las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral que pueden disfrutar

-Realizar campañas de sensibilización en materia de reparto de responsabilidades entre hombres y mujeres

Responsabilidad

-Comité de Empresa

-Área de Igualdad

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de personas, desagregadas por sexo, a las que les llega la campaña

100%

Impacto

Incremento de hombres que hacen uso de medidas de conciliación

20% de incremento

% de mujeres y de hombres que hacen uso de medidas de conciliación

100% de quien lo necesite

Acción 1.5.3.

Establecer medidas que permitan compatibilizar la atención a la familia con el trabajo

Procedimiento

-Otorgar prioridad a las personas trabajadoras con cargas familiares en la elección de horarios compatibles, de turnos de trabajo y períodos de vacaciones

-Establecer, con carácter personal y temporal, la modificación del horario fijo de los empleados y empleadas públicos (por ejemplo: adaptarlos a horarios de escuelas infantiles), cualquiera que sea la modalidad de jornada a que vengan obligados a prestar servicio en el Ayuntamiento de Burlada, con mantenimiento íntegro y flexible de la jornada laboral que les corresponda

-En las solicitudes de cambio de servicio (temporal o definitivo), se procurará dar preferencia en el cambio a aquellos trabajadores/as que precisen el mismo para conciliar la vida laboral y familiar

-Priorizar el acceso a la formación específica para poner al día las carreras profesionales del personal que se reincorpore al puesto de trabajo tras una baja, permiso o excedencia por razones de maternidad o paternidad y/o cuidado

Responsabilidad

-Área de RRHH

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

X

X

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

N.º de medidas solicitadas

No se establece

N.º de medidas concedidas

100% de las solicitadas

Impacto

Incremento de personas que perciben mayor facilidad para la conciliación de su vida laboral y personal

50%

La siguiente tabla muestra los derechos mínimos en materia de conciliación de la vida familiar, laboral y familiar, recogidos por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por el Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las administraciones públicas de Navarra, por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y, finalmente, recoge las mejoras de esos derechos mínimos estipulados por las leyes, que han sido aprobadas por el Comité de Empresa del Ayuntamiento de Burlada.

También se han plasmado otros derechos que son afectados por estas leyes y que se encuentran ampliamente desarrollados en numerosa normativa específica. Así, por ejemplo, la regulación de los derechos de las víctimas de violencia de género se recogen ampliamente en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Maternidad

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Decreto Foral 11/2009 Vacaciones, Licencias y Permisos

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Permiso de maternidad por parto, adopción o acogida simple de duración no inferior a un año.

1. 16 semanas ininterrumpidas+ 2 por parto/adopción/acogida múltiple y por discapacidad.

2. En caso de adopción o acogida distribución según decisión de las/os progenitores.

3. En caso adopción internacional que implique desplazamiento, disfrute hasta 4 semanas antes de la resolución.

4. A partir de 7.ªsemana, posibilidad de jornada parcial previo acuerdo con la empresa.

5. 100% base reguladora del salario.

6. Período cotizado para jubilación o IP.

1. 17 semanas ininterrumpidas+ 2 por parto/adopción/acogida múltiple y por discapacidad.

2. Si ambos/as progenitores/as trabajan, distribución según su elección.

3. Idemy derecho a un permiso de hasta 2 meses con las retribuciones básicas.

4. A partir de la 7.ªsemana en caso de parto y de la 1.ª en los demás supuestos, disfrutablea jornada parcial de 1/3 o 1/2 condicionada a la efectividad de su sustitución, deberá disfrutarse con carácter general diariamente y en las primeras o últimas horas de jornada.

5 y 6. Computable como servicio efectivo a todos los efectos y plenitud de derechos económicos.

7. Durante el permiso se podrá participar en la formación convocada por la Administración.

-Permiso de 30 días como máximo por el nacimiento de un/a nieto/a cuando la madre es adolescente.

Cesión del permiso de maternidad.

1. Si ambas/os progenitores trabajan y cotizan al régimen general.

2. Excepto 6 semanas posibilidad de ceder parte o todo el permiso a cónyuge.

3. En caso de fallecimiento de la madre uso de la totalidad o de lo que reste del permiso, sin descontar lo que hubiere disfrutado con anterioridad la parto.

4. Posibilidad de jornada parcial previo acuerdo con la empresa.

5. Disfrute ininterrumpido, posterior o simultáneo con cónyuge.

6. 100% base reguladora del salario.

7. Período cotizado para jubilación o IP.

1. Si ambas/os progenitores trabajan.

2. Idem.

3. En caso de fallecimiento de la madre, uso de la totalidad o de lo que reste del permiso.

4. Disfrutablea jornada parcial cuando las necesidades del servicio lo permitan y según lo reglamentado.

5. Idem.

5 y 6. Computable como servicio efectivo a todos los efectos y plenitud de derechos económicos.

7. Durante el permiso se podrá participar en la formación convocada por la Administración.

Requisitos de cotización previa.

Madres menores 21 años: no se exige cotización previa.

Madres entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los 7 años anteriores o 180 días en toda vida laboral.

Madres mayores de 26 años: 180 días cotizados en los 7 años anteriores o 365 días en toda vida laboral.

No establece. Aplica Ley 3/2007 de Igualdad.

Sin cotización previa.

Subsidio no contributivo equivalente al 100% del IPREM durante 6 semanas.

Partos prematuros.

En los que nazcan con falta de peso y/o requiera hospitalización a continuación del parto a partir de 7 días el período de suspensión se computa a partir del alta, excepto las 6 primeras semanas y hasta un máximo de 13 semanas.

En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, la licencia se ampliará en tantos días como el neonato se encuentre hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales.

Por nacimiento prematuro o que por cualquier otra causa requiera hospitalización a continuación del parto, derecho a ausentarse un máximo de 2 horas diarias sin merma de retribuciones o a reducir su jornada de trabajo un máximo de 2 horas diarias con reducción proporcional de retribuciones.

Exámenes prenatales y preparación al parto.

Permiso remunerado por el tiempo indispensable.

Idem.

-Las embarazadas, desde el momento en que se tenga conocimiento de su estado, no estarán obligadas a manejar materiales o substancias peligrosas, tener que cargar peso, realizar trabajo nocturno, ni a turnos, siempre a opción de la trabajadora, y en ningún caso ello implicará ningún tipo de pérdida ni perjuicio salarial.

Prestación por riesgo durante el embarazo.

100% base reguladora del salario.

Base de cotización del mes anterior a la baja.

Idem.

Prestación por riesgo durante lactancia natural.

100% base reguladora del salario.

Idem.

Lactancia

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Decreto Foral 11/2009 Vacaciones, Licencias y Permisos

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Permiso por lactancia.

1. De menor de 9 meses.

2. 1 hora de ausencia del trabajo divisible en 2 fracciones de ? hora, o reducción de jornada de ? hora al principio o al final. Se incrementa proporcionalmente en casos de parto múltiple.

3. Disfrutablepor ambos/as progenitores/as en lactancia artificial si ambos/as trabajan.

4. Acumulable en jornadas completas si se establece en la Negociación Colectiva o por acuerdo con la empresa.

1. De menor de 12 meses.

2. 1 hora de ausencia del trabajo que podrá sustituirse por 2 fracciones de 3/4 de hora o por una reducción de la jornada normal en una hora, a disfrutar en este último caso al inicio o al final de la jornada.Se incrementa proporcionalmente en casos de parto múltiple.

3. Idem.

4. Derecho a solicitar la acumulación en jornadas completas.

-Cuando se disfruten de forma acumulada, se podrán convertir los días de permiso de lactancia en bolsas de horas, en periodos mínimos de 3 horas, con la misma finalidad que la anterior, que solo podrá ser disfrutada por uno/a de los progenitores.

Paternidad

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Decreto Foral 11/2009 Vacaciones, Licencias y Permisos

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Permiso retribuido de paternidad por parto, adopción o acogida.

2 días.

No establece.

Permiso de paternidad por parto, adopción o acogida.

13 días ininterrumpidoso 26 a media jornada, previo acuerdo con la empresa.

Desde la fecha del fin del permiso retribuido por paternidad hasta 13 días después del fin del permiso de maternidad.

No se puede ceder.

100% base reguladora del salario.

Ampliable a 4 semanas a los seis años de entrada en vigor de la Ley (aprobada la ampliación para el 2011).

15 días a disfrutar a partir de la fecha de nacimiento, de acogimiento o de adopción.

20 días cuando se produzca en una familia numerosa, cuando adquiera dicha condición con la nueva criatura o cuando en la familia haya una persona con discapacidad.

En ambos casos + 2 días por parto/adopción/acogida múltiple y por discapacidad.

No se puede ceder.

Computable como servicio efectivo a todos los efectos y plenitud de derechos económicos.

Las AAPP ampliarán progresivamente este permiso hasta alcanzar las 4 semanas a los seis años de entrada en vigor del Estatuto (2013).

-El permiso de paternidad en caso de fallecimiento de la madre, se incrementará en un mes, pasando así a ser de 6 meses en total.

-El progenitor o progenitora, sin perjuicio del derecho al permiso de maternidad, tiene derecho a un permiso de paternidad exclusivo de dos semanas consecutivas desde el final del permiso de maternidad o de la decimosexta semana posterior al parto o adopción, siempre que tenga la guarda legal del niño o niña y el otro progenitor o progenitora trabaje.

Requisitos generales.

Trabajador/a por cuenta ajena, por cuenta propia o autónoma, y afiliación a cualquier Régimen Especial de la S.S.

Requisitos de cotización previa.

Sin distinción de edad: 180 días cotizados en los 7 años anteriores o 365 días en toda vida laboral.

Vacaciones y permisos

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Decreto Foral 11/2009 Vacaciones, Licencias y Permisos

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Permisos retribuidos.

15 días por matrimonio.

2 días por fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización de parientes e internvenciónquirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, hasta 2.ºgrado de consanguinidad o afinidad. + 2 días con desplazamiento.

15 días naturales por matrimonio o pareja estable.

4 días naturales por el fallecimiento del cónyuge o pareja estable y familiaresde primer grado de consanguinidad, cuando el suceso se produzca dentro de la Comunidad Foral de Navarra + 2 días cuando se produzca fuera de la misma.

3 días naturales por el fallecimiento de familiares de primer grado de afinidad y hermanos/as, cuando el suceso se produzca dentro de la Comunidad Foral de Navarra y + 1 día cuando se produzca fuera de la misma.

1 día natural por el fallecimiento de familiares de segundo grado de consanguinidad o afinidad no incluidos anteriormente cuando el suceso se produzca dentro de la Comunidad Foral de Navarra y + 1 día cuando se produzca fuera de la misma.

4 días naturales por el ingreso en un centro hospitalario de cónyuge o pareja estable y familiares de primer grado de consanguinidad, cuya duración supere los cinco días o cuando el dictamen médico sea de enfermedad grave o muy grave (con o sin ingreso), cuando el suceso se produzca dentro de la Comunidad Foral de Navarra y + 1 día cuando se produzca fuera de la misma.

-Permiso de 10 días en momentos traumáticos: caso de interrupción voluntaria del embarazo, muerte de familiar de primer grado y separación o divorcio, al objeto de que la persona trabajadora pueda recuperarse emocionalmente.

-Permiso remunerado por acompañamiento de hijos-as menores de 8 años, y/o personas dependientes a consultas médicas, limitado a 3 días al año en el caso de familiares de primer grado con los que NO se conviva y que no puedan asistir solos, por razones justificadas de dependencia o por superar los 70 años de edad.

3 días naturales por el ingreso en un centro hospitalario de familiares de primer grado de afinidad o hermanos, cuya duración supere los cinco días o cuando el dictamen médico sea de enfermedad grave o muy grave (con o sin ingreso), cuando el suceso se produzca dentro de la Comunidad Foral de Navarra y + 1 día cuando se produzca fuera de la misma.

1 día natural por el ingreso en un centro hospitalario de familiares de segundo grado de consanguinidad o afinidad no incluidos anteriormente cuya duración supere los cinco días o cuando el dictamen médico sea de enfermedad grave o muy grave (con o sin ingreso) cuando el suceso se produzca dentro de la Comunidad Foral de Navarra y + 1 día cuando se produzca fuera de la misma.

Ingresos de menor duración, o cuando el dictamen médico sea de enfermedad de pronóstico reservado o menos grave, el permiso retribuido será de 1 día natural cuando el suceso se produzca dentro de la Comunidad Foral de Navarra y + 1día cuando se produzca fuera de la misma.

2 días naturales en los casos de cirugía mayor ambulatoria de cónyuge o pareja estable, de hijas/os y de padre/madre.

Por el cuidado de un familiar de 1er grado por razones de enfermedad muy grave, derecho a una reducción de hasta el 50% durante 1 mes y retribuido.

Prorrateableentre dos titulares del derecho con plazo máximo conjunto de 1 mes.

Por asuntos particulares, 3 días.

Por traslado de domicilio, 1 día.

Por el tiempo indispensable para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros educativos oficiales.

Para cumplir deber inexcusable público o personal, por el tiempo indispensable.

Se podrá dispensar de la prestación de l servicio a quien se presente como candidato a determinadas elecciones durante el período de campaña electoral.

Para someterse a técnicas de fecundación asistida, para la realización de exámenes prenatales y de técnicas de preparación al parto, por el tiempo indispensable para su realización y previa justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.

Con hijos/as con discapacidad psíquica, física o sensorial, se podrá ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para reuniones en el centro de educación especial o si ha de recibir apoyo en el ámbito sanitario.

Licencias no retribuidas.

Por asuntos propios, cuya duración acumulada no podrá exceder de 3 meses cada dos años naturales.

Para asistir a cursos de formación básicos de la Escuela de Seguridad de Navarra e incluidos en procesos selectivos de ingreso en la función pública.

-Podrán concederse permisos no retribuidos hasta 15 días al año, para atender a hijos/as menores de 10 años o personas que convivan con el trabajador o trabajadora, por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable relacionado con la conciliación de la vida familiar y laboral.

-Permiso no retribuido para adopción en el extranjero: Siempre que se garanticen adecua-damentelas necesidades del servicio a criterio de la Empresa, podrá autorizarse un período de licencia no retribuida de hasta un mes de duración, dentro del año natural, para el caso de adopción en el extranjero. Esta licencia podrá ser solicitada por cualquier empleado/a con más de dos años de servicio efectivo en la Empresa.

-Se convertirán los días de "asuntos propios" en bolsas de horas, que podrán ser utilizadas cuando se necesiten para el cuidado de menores o personas dependientes.

Vacaciones.

Cuando el período de vacaciones coincida con una IT derivada del embarazo, parto o lactancia natural, o con la suspensión del contrato por los permisos de maternidad o paternidad, se tendrá derecho a disfrutarlas en período distintioaunque haya finalizado el año natural a que correspondan.

27 días laborables.

Derecho a acumular el disfrute de las vacaciones a continuación de las licencias por parto, adopción o acogimiento y a los permisos por paternidad o lactancia a tiempo completo, aún cuando hubiera finalizado ya el año natural a que tales vacaciones correspondan.

Derecho a disfrutar de la mitad de sus vacaciones reglamentarias en verano, del 15 de junio al 15 de septiembre.

Las vacaciones se interrumpirán cuando se trate de un accidente o enfermedad que exijan su ingreso en un centro hospitalario durante más de cuatro días o cuando el dictamen médico sea de enfermedad grave o muy grave (con o sin ingreso).

-Posibilidad de acumular y disfrutar las horas correspondientes a 4 días laborables de vacacio-nes(30 horas), de forma fraccionada, en perio-dos mínimos de 3 horas.

-Tendrán preferencia para elegir turno y vacacio-nesquienes, por razones de guarda legal, tengan el cuidado directo de algún menor de doce años, de persona mayor que requiera especial dedica-ción, o de una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida.

-Siempre que el servicio lo permita, se autorizará que padres o madres con hijos e hijas menores de 12 años puedan solicitar sus vacaciones reglamentarias en los meses coincidentes con las escolares. Con las mismas condiciones podrán solicitar un mes adicional, realizándose la correspondiente reducción salarial. Se deberá solicitar al respecto antes del inicio del año, y la cantidad deducida se prorrateará durante el resto de mensualidades, de forma que se perciban doce. La Corporación no realizará deducción en la cotización (100%) ni en el reconocimiento del tiempo de servicio por el uso de este beneficio. Este beneficio sólo lo podrá ejercitar uno de los progenitores.

Flexibilidad horaria, reducción de jornada y excedencias

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

D.F. Legislativo 251/1993 Estatuto AAPP Navarra

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Adaptación de la jornada.

Se podrá adaptar la duración y distribución de la jornada por motivos personales y familaresen los términos que establezca la Negociación Colectiva o por acuerdo con la empresa.

-Se promoverá una nueva organización de la jornada laboral, en la medida que los Servicios lo permitan, desarrollando medidas para favorecer una distribución flexible de la jornada laboral, sin que la única fórmula sea hacer reducción de la misma para quienes tengan personas dependientes a cargo hasta 2.º grado de consanguinidad y afinidad.

Reducción de jornada por guarda legal.

Reducción entre 1/8 y 1/2 de la jornada con reducción proporcional de salario para el cuidado de menores de 8 años, de persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, de familiares hasta 2.ºgrado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismas/os y no desempeñen actividad retribuida.

Por cuidado de menores y persona don discapacidad: las cotizaciones de los 2 primeros años del período de reducción de jornada se computan incrementadas al 100%.

Por cuidado familiares: 1.eraño.

Reducción de la jornada (sin especificar fracciones) con reducción proporcional de retribuciones para el cuidado de menores de 12 años, de persona mayor que requiera especial dedicación o con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, de familiares hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismas/os y no desempeñen actividad retribuida.

-Reducción de jornada: el personal que tenga derecho a ella podrá elegir su duración entre 1/8 y ?de la jornada (mínimo 1 h. y máximo 4 horas).

-Con respecto a la reducción del 50% de la jornada laboral durante un mes, en caso de enfermedad muy grave de familiar, se incluye la posibilidad de agrupar todo o parte del permiso en días completos a repartir dentro del mes.

-En los casos de reducción de jornada, excedencias y permisos por cuidado de personas, se cotizará a los sistemas de previsión social correspondientes, por el 100% de las retribuciones.

Excedencia por cuidado de hijas e hijos y por acogimiento provisional.

Durante un período no superior a 3 años.

Reserva de puesto de trabajo y cómputo de cotización efectiva a la S.S. los 2 primeros años.

Si es precedida de reducción de jornada, la cotización durante la excedencia se incrementa hasta el 100% correspondiente a jornada completa.

La misma situación se tendrá en cuenta para las indemnizaciones en caso de despido o extinción de contrato de trabajo.

Durante un período no superior a 3 años.

Período computable a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de la S.S. que sea de aplicación.

Reserva de puesto de trabajo de 2 años, posteriormente reserva en misma localidad y retribución.

Reserva de la plaza que ocupasen.

-Tanto en la excedencia por cuidado de hijos/as como en la solicitada para atender el cuidado de un familiar hasta 2.ºgrado de consanguinidad y afinidad (durante un período no superior a 3 años, computable a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de la S.S. que sea de aplicación), existirá reserva de puesto de trabajo durante todo el periodo.

-En los casos de reducción de jornada, excedencias y permisos por cuidado de personas, se cotizará a los sistemas de previsión social correspondientes, por el 100% de las retribuciones.

Excedencia por cuidado de familiares.

Durante un período no superior a 2 años para el cuidado de familiares que no puedan valerse por sí mismos/as y no desempeñen actividad retribuida, hasta 2.ºgrado de consanguinidad y afinidad.

Si es precedida de reducción de jornada, idema la situación anterior.

Durante un período no superior a 3 años para atender a un familiar a su cargo, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí misma/o y no desempeñe actividad retribuida, hasta el 2.º grado de consanguinidad y afinidad.

Período computable a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de la S.S. que sea de aplicación.

Reserva de puesto de trabajo de 2 años, posteriormente reserva en misma localidad y retribución.

Reserva de la plaza que ocupasen.

-Tanto en la excedencia por cuidado de hijos/as como en la solicitada para atender el cuidado de un familiar hasta 2.ºgrado de consanguinidad y afinidad (durante un período no superior a 3 años, computable a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de la S.S. que sea de aplicación), existirá reserva de puesto de trabajo durante todo el periodo.

-En los casos de reducción de jornada, excedencias y permisos por cuidado de personas, se cotizará a los sistemas de previsión social correspondientes, por el 100% de las retribuciones.

Excedencia voluntaria.

Durante un período no inferior a 4 meses ni superior a 5 años.

Mínimo 1 año de antigüedad en la empresa.

Por interés particular (no establece período) tras prestar servicios efectivos en cualquier AAPP durante los 5 años inmediatamente anteriores. Subordinada a las necesidades de servicio. No es computable ni devenga retribuciones.

Por agrupación particular sin requisitos de haber prestado servicios efectivos. No es computable ni devenga retribuciones.

Víctimas de violencia de género

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad.

Ley Orgánica 1/2004 Violencia de Género

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Derechos.

Reducción o reordenaciondel tiempo de trabajo.

Movilidad geográfica.

Cambio de centro de trabajo.

Suspensión de relación laboral con reserva de puesto de trabajo, con situación legal de desempleo y considerado como período de cotización efectiva a efectos de prestaciones de S.S. y desempleo.

Extinción del contrato de trabajo, con situación legal de desempleo.

Las ausencias o faltas de asistencia al trabajo motivadas por la situación derivada de la violencia de género se considerarán justificadas cuando así lo determinen los servicios sociales o de salud.

Reordenación del tiempo de trabajo.

Reducción de jornada.

Derecho al traslado a otro puesto de trabajo propio de su cuerpo, escala o categoría profesional sin necesidad de que sea vacante de necesaria cobertura. Obligación de comunicar las vacantes en la misma localidad o en las que la interesada solicite. Tiene consideración de traslado forzoso.

Las faltas de asistencia, tanto totales como parciales, tendrán la justificación en tiempo y condiciones en que determinen los servicios sociales o de salud.

Excedencia.

Sin tiempo mínimo de servicios previos y sin exigencia de plazo de permanencia.

Reserva de puesto de trabajo de 6 meses, prorrogable hasta 18 meses.

Período de reserva computable a efectos de antigüedad, carrera y derechos en el régimen de la S.S. que sea de aplicación.

Los 2 primeros meses derecho a percibir retribuciones íntegras y, en su caso, prestaciones familiares por criatura a cargo.

Nulidad de la extinción por causas objetivas.

Víctimas de violencia de género por el ejercicio de sus derechos.

Nulidad del despido.

Víctimas de violencia de género por el ejercicio de sus derechos.

Acoso sexual y por razón de sexo

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Protocolo de actuación.

Deber de establecer procedimientos de prevención, encauzar denuncias o reclamancionesy promover condiciones de trabajo libres de acoso.

Despido disciplinario.

Por acoso sexual y por acoso por razón de sexo.

El acoso laboral es considerado falta muy grave.

Otros derechos laborales

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Nulidad de la extinción por causas objetivas.

Durante la suspensión del contrato de trabajo por maternidad, riesgo por embarazo, riesgo durante la lactancia natural, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, paternidad y después de reintegrarse al trabajo al finalizar la suspensión del contrato por maternidad, paternidad durante los nueve meses siguientes a aquel en que se produjo la suspensión.

Nulidad del despido.

Durante la suspensión del contrato de trabajo por maternidad, riesgo por embarazo, riesgo durante la lactancia natural, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, paternidad y después de reintegrarse al trabajo al finalizar la suspensión del contrato por maternidad, paternidad durante los nueve meses siguientes a aquel en que se produjo la suspensión.

Despido disciplinario.

Por acoso por origen racial o étnico, por religión o convicciones, por edad y pordiscapacidad.

Tutela judicial.

Del derecho a la igualdad de mujeres y hombres incluso tras el fin de la relación en que se ha producido la supuesta discriminación.

De las discrepancias que surjan entre empresariado y personal en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación laboral, familiar y personal.

Inversión de la carga de la prueba.

En discriminaciones por razón de sexo, excepto en procesos penales, corresponde a la parte demandada probar la ausencia de discriminación.

Indemnidad frente a represalias.

Cualquier trato adverso o efecto negativo como consecuencia de acciones de queja y denuncia por exigir el cumplimiento del princiode igualdad de trato de mujeres y hombres.

Indemnizaciones.

En los supuestos de jornada reducida por lactancia o guarda legal, de contratos a tiempo parcial por maternidad o paternidad, el salario a tener en cuenta será elcorrespondiente jornada completa.

Acciones positivas.

Medidas específicas, temporales, razonables y proporcionadas a favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto a los hombres.

Corresponsabilidad.

Los derechos de conciliación de la vida laboral, familiar y personal se reconocerán de forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares.

-Anticipos para adopciones: Cualquier empleado/a que se encuentre ante procesos de adopción, podrá solicitar un anticipo de hasta nueve mensualidades sin interés, amortizable en un período de hasta 6 años y medio, siempre que su contrato prevea, como mínimo, esa duración.

Programas de inserción laboral.

Incluyendo las Escuelas Taller, podrán destinarse prioritariamente a colectivos específicos de mujeres o contemplar una determinada proporción de mujeres.

Negociación Colectiva

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

D.F. Legislativo 251/1993 Estatuto AAPP Navarra

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Deber de negociación.

Medidas en materia de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres.

Mediante Negociación Colectiva se puede establecer voluntariamente la elaboración de Planes de igualdad.

Aunque no lo recoja la Negociación Colectiva, se tendrán que implementar Planes de Igualdad obligatoriamente:

-Cuando tengan más de 250 trabajadoras/es.

-Cuando resulte de un procedimiento sancionatoriopor incurrir en alguna infracción relativa a la Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres.

Incremento de las retribuciones, determinación y aplicación de las retribuciones complementarias, criterios generales en materia de acceso, carrera, provision, clasificación de puestos, planes de formación y promoció, permisos, vacaciones y licencias, jornada laboral y horario de trabajo, salud laboral,..

Acción positiva.

Mediante Negociación Colectiva se podrán establecer medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres al empleo, en las condiciones de clasificación profesional, promoción y formación de modo que se podrán establecer reservas y preferencias las personas del sexo menos representado.

Se establecerán Comisiones Paritarias de seguimiento de los Acuerdos.

Información.

Recibir al menos anualmente datos desagregados por sexos sobre niveles profesionales, medidas adoptadas para el fomento del principio de igualdad y, si hubiere Plan de Igualdad, información sobre la aplicación del mismo.

Deber de vigilancia y colaboración.

Ejercer una labor de vigilancia del respeto y aplicación del principio de igualdad y colaborar con la dirección de la empresa en el establecimiento y puesta en marcha de medidas de conciliación.

Deber de prevención e información sobre el acoso sexual y por razón de sexo.

Contribuir a prevenir mediante la sensibilización del personal e informar a la dirección de conductas que lo propicien.

Legitimación para la defensa del derecho de igualdad de trato de mujeres y hombres.

Además de las y los afectados y con se previa autorización, los sindicatos estarán legitimados, excepto en casos de acoso sexual o por razón de sexo.

Específico de la Administración Pública

Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad

Ley 7/2007 Estatuto Empleado Público

Acuerdo Colectivo

del Ayuntamiento de Burlada

Informe de impacto de género en las pruebas de selección.

La aprobación de las convocatorias de acceso al empleo público deberá acompañarse de un informe de impacto de género, salvo en casos de urgencia y sin perjuicio del principio de igualdad.

Formación en igualdad.

Fomentar la formación en igualdad tanto en el acceso como a lo largo de la carrera profesional y sobre violencia de género.

Formación preferente por conciliación.

Se otorgará preferencia durante un año en la adjudicación de plazas para participar en formación a quienes se hayan incorporado al servicio activo procedentes de permisos de maternidad y paternidad y de excedencias por guarda legal y cuidado de familiares.

Formación promocional.

Se reservará un mínimo del 40% de plazas de los cursos de formación para la promoción profesional y de acceso a puestos directivos a aquellas que reúnan los requisitos.

Presencia equilibrada en tribunales.

Los tribunales y órganos de selección responderán al principio de presencia equilbirada60%-40%, salvo causa debidamente motivada.

La composición de los órganos de selección tenderá a la paridad entre mujer y hombre. Los órganos de selección velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.

Provisión de puestos de trabajo.

A los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los méritos, se computará el tiempo permanecido en permisos y beneficios de protección a la maternidad y la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

Evaluación sobre igualdad.

Al menos anualmente, se informará desagregada por sexos sobre la distribución de la plantilla, grupo de titulación, nivel de complemento de destino y promedio de retribuciones.

OBJETIVO ESPECÍFICO 1.6.

Integrar la perspectiva de género como indicador de calidad del Ayuntamiento de Burlada.

Acción 1.6.1.

Realizar un estudio de impacto de género previo al establecimiento de cualquier sistema de calidad

Procedimiento

Realizar un estudio de impacto de género en los sistemas de calidad ya implantados y en los que se planeen implantar

Responsabilidad

-Departamento de RRHH

-Área de Igualdad

-Comité Paritario de Igualdad

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

X

X

X

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de estudios de impacto de género realizados respecto a los sistemas de calidad

100%

Impacto

Sistemas de calidad con perspectiva de género

100%

Acción 1.6.2.

Introducción de la variable sexo e indicadores de género en las bases y en la gestión de los datos del Ayuntamiento de Burlada

Procedimiento

Introducir indicadores de género y la variable sexo para desagregar los datos de tal forma que toda la información emanada y gestionada por el Ayuntamiento, en todas sus áreas, estudios, informes, estadísticas, etc., pueda analizarse con perspectiva de género

Responsabilidad

Responsable de formación o RRHH

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

X

X

X

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I.

Resultados

% de departamentos en las que se incluye la variable

100%

Impacto

% de estadísticas que se pueden realizar desagregadas por sexo

100%

OBJETIVO GENERAL 2

Potenciar la cultura de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres en el Ayuntamiento de Burlada

OBJETIVO ESPECÍFICO 2.1.

Desarrollar una comunicación interna y externa no sexista que transmita los valores de igualdad de mujeres y hombres y que sea accesible a todas las personas

Acción 2.1.1.

Aplicar la Ordenanza reguladora del uso y fomento de un lenguaje no sexista en el ámbito municipal de Burlada en el Ayuntamiento

Procedimiento

-En las nuevas convocatorias, bases y baremosde contratación y de promoción, en la documentación de la formación, en las nuevas ordenanzas, reglamentos, modelos de solicitudes y demás documentación emanada, en los acuerdos colectivos y en la página web

-Aplicar el artículo 10 que estipula la valoración con un 5% del uso de un lenguaje no discriminatorio en las pruebas realizadas

-Cada responsable de departamento establece una persona encargada de verificar el uso no sexista del lenguaje en la documentación emanada

-Se facilitan programas informáticos de corrección de uso sexista del lenguaje y guías de consulta

Responsabilidad

Responsable de cada departamento

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de convocatorias, bases y baremosde contratación y de promoción que hacen un uso no sexista del lenguaje

100%

% de convocatorias que incluyen el artículo 10 de la Ordenanza de lenguaje no sexista

100%

Contenido de la página weblibre de sexismo en el lenguaje e imágenes

100%

Impacto

Comunicación interna y externa del Ayuntamiento no sexista

100%

Acción 2.1.2.

Crear un espacio en la webdel Ayuntamiento de Burlada dirigido a visibilizarlos estudios, análisis, actividades y demás medidas a favor de la igualdad llevadas a cabo

Procedimiento

Crear un espacio específico en la webque recoja lo indicado en la acción y mantenerlo actualizado

Responsabilidad

-Área de Igualdad

-Responsable de la página web

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de estudios, análisis, actividades y demás medidas realizadas por el Ayuntamiento publicadas

100%

Impacto

N.º de visitas al espacio de igualdad de la Web

1000

visitas anuales

Acción 2.1.3.

Crear canales de comunicación transparentes, permanentes, bidireccionales y accesibles a toda la plantilla, que emitan información y recojan quejas, opiniones y sugerencias

Procedimiento

-Poner a disposición de las y los trabajadores que no lo tengan, el acceso a la intranetdel Ayuntamiento en diversos puntos estratégicos

-Establecer un buzón de sugerencias físico y anónimo accesible a toda la plantilla así como facilitar las direcciones y teléfonos de las personas con cargos de responsabilidad

Responsabilidad

Responsables de cada departamento

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

Coste ordenadores

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

% de trabajadores y trabajadoras con acceso a la intranet

100%

N.ª de quejas, opiniones, sugerencias recogidas

No se establece.

Impacto

% de trabajadoras y trabajadores que reciben toda la información que les concierne

100%

Acción 2.1.4.

Informar a toda la plantilla de la puesta en marcha, contenidos y desarrollo del PIIOB

Procedimiento

-Notificar a la plantilla de la aprobación y puesta en marcha del plan

-Notificar a la plantilla el informe de seguimiento y/o de evaluación del PIIOB con carácter anual

-Difundir a través de intranet, tablones de anuncios y poner a disposición de quien lo solicite una copia impresa o en CD

-Publicar el PIIOB y la información derivada de su desarrollo en la web del Ayuntamiento

Responsabilidad

Comité Paritario de Igualdad

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

Medios que se utilizan para la difusión

Todos los disponibles

Impacto

% de personas trabajadoras que conocen el PIIOB

100%

Acción 2.1.5.

Informar anualmente a la comunidad civil y empresarial de Burlada y a otras Administraciones Públicas los avances llevados a cabo en materia de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres

Procedimiento

-Participar en foros de buenas prácticas de integración de la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres en la empresa a nivel empresarial, institucional y sindical

-Enviar anualmente por e-mail y por correo a las empresas, publicar en el boletín informativo municipal, en tablones informativos y en la página web, información resumida de los avances y de las medidas puestas en marcha

Responsabilidad

Área de Igualdad

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

N.º de foros o actividades de buenas prácticas en que se participe

1 anual

% de empresas de Burlada a las que se les envía la información por e-mail y por correo

50%

Soportes informativos mediante los que se difunde la información a la sociedad

Todos los disponibles

Impacto

Difusión de las actividades de igualdad del Ayuntamiento

Cumplir todos los indicadores anteriores

OBJETIVO ESPECÍFICO 2.2.

Detectar y solventar las necesidades relativas a riesgos laborales y salud laboral desde la perspectiva de género

Acción 2.2.1.

Incorporar mujeres al Cuadro de Mando de Prevención de Riesgos Laborales

Procedimiento

Incorporar mujeres en los puestos de trabajo de dirección, toma de decisiones o consultivos en este ámbito, hasta conseguir su composición paritaria o equilibrada entre hombres y mujeres

Responsabilidad

Alcaldía.

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

Incremento anual de mujeres en el cuadro de mando

10%

Impacto

% de mujeres en el Cuadro de Mando

40%

Acción 2.2.2.

Plan de evaluación y adaptación del puesto o de las condiciones de trabajo para mujeres embarazadas

Procedimiento

-Establecer un seguimiento de las medidas de protección en materia de salud laboral específicas para mujeres

-Evitar que las mujeres embarazadas se vean expuestas a situaciones (posturas, esfuerzos ..) que puedan conllevar peligro para ellas y/o las criaturas

Responsabilidad

-Organismo responsable en materia de Prevención de Riesgos Laborales

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

Puesta en marcha del Plan

Idem

Impacto

Puesta en marcha del Plan

Idem

Acción 2.2.3.

Evaluación ergonómica de puestos y/o tareas y definición de los mismos según criterio ergonómico de protección a la población trabajadora femenina

Procedimiento

Evaluar para adecuar ergonómicamente el mobiliario, material, utensilios, etc., que usa la plantilla en sus tareas cotidianas a las características corporales específicas de mujeres y hombres

Responsabilidad

-Organismo responsable en materia de Prevención de Riesgos Laborales

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

N.º de adecuaciones detectadas

No se establece

Impacto

% de adecuaciones llevadas a cabo

100%

Acción 2.2.4.

Plan de tratamiento y medidas terapéuticas de enfermedades específicas de las mujeres

Procedimiento

-Realizar un estudio e investigación para identificar las enfermedades que afectan mayoritariamente o exclusivamente a mujeres, diferenciando las derivadas u originadas con ocasión del trabajo desempeñado, y las que tienen su causa en factores ajenos al mismo

-Diseñar e implementar un Plan de Prevención de las mismas

-Mantenimiento dentro del reconocimiento médico de empresa de las pruebas ginecológicas y de prevención del cáncer de mama y prostático

Responsabilidad

-Organismo responsable en materia de Prevención de Riesgos Laborales

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Resultados

-Puesta en marcha del Plan

-Establecer el reconocimiento médico indicado

Cumplimiento de ambas medidas

Impacto

Mejora de la identificación y tratamiento de la salud de las mujeres

Satisfacción de las mujeres

OBJETIVO ESPECÍFICO 2.3.

Prevenir el acoso sexual y/o por razón de sexo y, en su caso, solucionarlo eficazmente y erradicarlo.

Acción 2.3.1.

Elaboración de una declaración de principios conjuntamente asumido por la dirección, RLT y plantilla, con el objetivo de crear un entorno laboral exento de acoso por razón de sexo y del acoso sexual

Procedimiento

Diseñarla y consensuarlaentre la representación del Ayuntamiento de Burlada y el Comité de Empresa

Responsabilidad

-Alcaldía

-Comité Paritario de Igualdad

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

Elaboración de la declaración propuesta

Idem

Impacto

% de la plantilla que conoce la declaración

100%

Acción 2.3.2.

Crear un protocolo de prevención, actuación y resolución que regule el acoso sexual y el acoso por razón de sexo

Procedimiento

-Crear el protocolo

-Comunicación a toda la plantilla de la declaración y del protocolo

-Sensibilizar y formar a la plantilla, especialmente a cargos de responsabilidad, sobre esta materia

-Nombrar o designar una persona asesora confidencial, con formación especializada en el tema y con habilidades relacionales y empáticasque recibirá y canalizará las denuncias sobre acoso sexual y por razón de sexo

Responsabilidad

-Comité Paritario de Igualdad

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

Creación, difusión y puesta en marcha del protocolo

Idem

Impacto

% de personas trabajadoras que conocen el protocolo

100%

OBJETIVO ESPECÍFICO 2.4.

Posibilitar el ejercicio efectivo de sus derechos a las trabajadoras que sufren violencia de género y colaborar en su protección

Acción 2.4.1.

Elaboración de una declaración de "tolerancia cero" en el/los Acuerdo/s Colectivo/s

Procedimiento

Diseñarla y consensuarlaentre la representación del Ayuntamiento de Burlada y el Comité de Empresa

Responsabilidad

-Alcaldía

-Comité Paritario de Igualdad

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

Elaboración y difusión de la declaración propuesta

Idem

Impacto

% de la plantilla que conoce la declaración

100%

Acción 2.4.2.

Incluir en el/los Acuerdo/s Colectivo/s todas las medidas que establece la Ley para asistir de modo integral a las mujeres que sufren maltrato

Procedimiento

-Trasponer lo que recoge la Ley en los documentos de la negociación colectiva

-Facilitar el uso efectivo de sus derechos a quien lo necesite

-Colaborar en la protección de esas mujeres y sus hijos e hijas

Responsabilidad

-Alcaldía

-Comité Paritario de Igualdad

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I.

Resultados

Medidas recogidas en la negociación colectiva

100% de las existentes

Impacto

% de mujeres que hacen uso de las medidas

100% de quien lo necesite.

OBJETIVO ESPECÍFICO 2.5.

Representación equilibrada en los órganos de gobierno, consultivos, representativos y de toma de decisiones

Acción 2.5.1.

Componer de manera equilibrada (entendida como que ningún sexo debe tener una representación inferior al 40%) los órganos de gobierno, consultivos, representativos y de toma de decisiones del Ayuntamiento de Burlada, excepto cuando ello no sea posible por razones fundamentadas y objetivas debidamente motivadas

Procedimiento

-El Ayuntamiento de Burlada procurará la paridad entre hombres y mujeres en la composición de sus órganos colegiados y comités de expertos

-En el próximo proceso electoral sindical, se procurará por parte de las organizaciones sindicales que la composición de las candidaturas sindicales estén formadas como mínimo en un 40 % por mujeres

-Componer de manera equilibrada los tribunales evaluadores de las instancias de acceso y promoción de la carrera profesional

-Instar al gobierno a incrementar el protagonismo de las mujeres en los actos y acontecimientos institucionales del Ayuntamiento de Burlada

Responsabilidad

-Alcaldía

-Comité Paritario de Igualdad

-Comité de Empresa

Calendario ejecución

Año 1

Año 2

Presupuesto

Valor meta

1

2

1

2

No requiere presupuesto

X

Indicadores

Proceso

Ver Anexo I

Resultados

Incremento de mujeres en órganos colegiados y comités de expertos

-Incremento de mujeres en la representación sindical

-Incremento de mujeres en los tribunales

Hasta el 40%

Impacto

% de mujeres en cada órgano de representación institucional

Mínimo de 40%

La integración de los principios de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres en la gestión de los Recursos Humanos, en la Negociación Colectiva y en la política de Gestión de la Calidad

AÑO 1

AÑO 2

1.1. Favorecer una representación equilibrada de sexos en todos los puestos, niveles y estructuras del Ayuntamiento

1

2

1

2

1.1.1. Incluir un módulo sobre igualdad de género y violencia de género en las pruebas de acceso al Ayuntamiento de Burlada

1.1.2. Formar y sensibilizar en materia de igualdad a las personas participantes en los procesos selectivos; a quienes tengan competencias en la demanda de personal, en la valoración de las pruebas y a los tribunales u órganos de selección

1.1.3. Incorporar en cada departamento como horizonte de trabajo la consecución de un mayor equilibrio de género en el personal que lo compone

1.1.4. En la cobertura de puestos de trabajo por libre designación, el Ayuntamiento de Burlada procurará que la designación guarde proporcionalidad con la representación de cada género en el puesto de trabajo convocado

1.1.5. Añadir en los pliegos de cláusulas de las contrataciones públicas la preferencia de adjudicación, en igualdad de condiciones ventajosas, a las empresas que establezcan en su gestión interna medidas de integración de la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres

1.2. Evitar la discriminación por cuestión de género en el acceso a la formación

1

2

1

2

1.2.1. Inclusión de la perspectiva de género para el diseño de las propuestas de los planes formativos

1.2.2. Asegurar que la propuesta de acciones formativas llega a toda la plantilla

1.2.3. Establecer criterios objetivos de concesión o rechazo de las acciones formativas

1.2.4. Facilitar la asistencia a la formación de las personas con responsabilidades familiares

1.3. Fomentar un sistema de promoción interna que garantice la no discriminación tanto en la movilidad-promoción, como en el acceso al sistema de carrera y desarrollo profesional

1

2

1

2

1.3.1. Analizar las bases que regulan los procesos de promoción

1.3.2. Formar y sensibilizar en materia de igualdad a las personas participantes en los procesos de promoción, en su valoración y a los tribunales u órganos de promoción

1.3.3. Implantar sistemas de comunicación internos eficaces para notificar posibilidades de promoción

1.3.4. Incorporar en cada departamento como horizonte de trabajo la consecución de un mayor equilibrio de género en el personal que lo compone

1.3.5. Estimular la presentación a convocatorias de promoción profesional de los grupos con infrarepresentación

1.3.6. Sensibilizar al equipo que compone el Ayuntamiento de Burlada (político, sindical y técnico-administrativo) para combatir los estereotipos de género en la carrera profesional

1.4. Establecer una política salarial transparente y redistributiva de riqueza: misma retribución por trabajo de igual valor

1

2

1

2

1.4.1. Regular una estructura retributiva que incluya la redefinición y condiciones de todos los pluses y complementos salariales

1.5. Facilitar el equilibrio de la vida personal, familiar y laboral y promoverlo en trabajadoras y, especialmente, en trabajadores

1

2

1

2

1.5.1. Garantizar que todos los derechos de conciliación sean accesibles a toda la plantilla, con independencia de su sexo, antigüedad o modalidad contractual

1.5.2. Campaña de comunicación interna: información y sensibilización a toda la plantilla de las nuevas medidas en materia de conciliación haciendo especial hincapié en la corresponsabilidad

1.5.3. Establecer medidas que permitan compatibilizar la atención a la familia con el trabajo

1.6. Integrar la perspectiva de género en los actuales y futuros sistemas de calidad del Ayuntamiento de Burlada

1

2

1

2

1.6.1. Realizar un estudio de impacto de género previo al establecimiento de cualquier sistema de calidad

1.6.2. Introducción de la variable sexo e indicadores de género en las bases y en la gestión de los datos del Ayuntamiento de Burlada

Potenciar la cultura de Igualdad de Oportunidades y de Trato de Mujeres y Hombres en el Ayuntamiento de Burlada

AÑO 1

AÑO 2

2.1. Desarrollar una comunicación interna y externa no sexista que transmita los valores de igualdad de mujeres y hombres y que sea accesible a todas las personas

1

2

1

2

2.1.1. Aplicar la Ordenanza reguladora del uso y fomento de un lenguaje no sexista en el ámbito municipal de Burlada en el Ayuntamiento

2.1.2. Crear un espacio en la webdel Ayuntamiento de Burlada dirigido a visibilizarlos estudios, análisis, actividades y demás medidas a favor de la igualdad llevadas a cabo

2.1.3. Crear canales de comunicación transparentes, permanentes, bidireccionales y accesibles a toda la plantilla, que emitan información y recojan quejas, opiniones y sugerencias

2.1.4. Informar a toda la plantilla de la puesta en marcha, contenidos y desarrollo del PIIOB

2.1.5. Informar anualmente a la comunidad civil y empresarial de Burlada y a otras Administraciones Públicas los avances llevados a cabo en materia de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres

2.2. Detectar y solventar las necesidades relativas a riesgos laborales y salud laboral desde la perspectiva de género

1

2

1

2

2.2.1. Incorporar mujeres al Cuadro de Mando de Prevención de Riesgos Laborales

2.2.2. Plan de evaluación y adaptación del puesto o de las condiciones de trabajo para mujeres embarazadas

2.2.3. Evaluación ergonómica de puestos y/o tareas y definición de los mismos según criterio ergonómico de protección a la población trabajadora femenina

2.2.4. Plan de tratamiento y medidas terapéuticas de enfermedades específicas de las mujeres

2.3. Prevenir el acoso sexual y/o por razón de sexo y, en su caso, solucionarlo eficazmente y erradicarlo

1

2

1

2

2.3.1. Elaboración de una declaración de principios conjuntamente asumido por la dirección, RLT y plantilla, con el objetivo de crear un entorno laboral exento de acoso por razón de sexo y del acoso sexual

2.3.2. Crear un protocolo de prevención, actuación y resolución que regule el acoso sexual y el acoso por razón de sexo

2.4. Posibilitar el ejercicio efectivo de sus derechos a las trabajadoras que sufren violencia de género y colaborar en su protección

1

2

1

2

2.4.1. Elaboración de una declaración de "tolerancia cero" en el/los Acuerdo/s Colectivo/s

2.4.2. Incluir en el/los Acuerdo/s Colectivo/s todas las medidas que establece la Ley para asistir de modo integral a las mujeres que sufren maltrato

2.5. Promover la representación equilibrada en los órganos de gobierno, consultivos, representativos y de toma de decisiones

1

2

1

2

2.5.1. Componer de manera equilibrada (entendida como que ningún sexo debe tener una representación inferior al 40%) los órganos de gobierno, consultivos, representativos y de toma de decisiones del Ayuntamiento de Burlada, excepto cuando ello no sea posible por razones fundamentadas y objetivas debidamente motivadas

7. Seguimiento y evaluación.

Se establece un Plan que recoge el seguimiento de manera sistemática y periódica. Cuenta con una metodología que recoge toda la información necesaria:

-Sobre proceso, resultados e impacto, en base a los indicadores establecidos.

-Sobre identificación de necesidades y dificultades y los recursos económicos utilizados.

-Creación de un modelo de informe de seguimiento.

Se planifica una evaluación en base al seguimiento realizado que aporta un diagnóstico de la nueva situación que permite redefinir el PIIOB que incorpora las necesidades detectadas y la estrategia a seguir para abordar siguiendo el esquema de establecer objetivos, acciones, cronograma, recursos, indicadores, etc.

ANEXO I. Indicadores de proceso

Recoger la siguiente información para cada una de las acciones:

1.-Facilitadores para el desarrollo de la acción.

2.-Barreras para el desarrollo de la acción.

3.-N.ºde personas desagregadas por sexo que han participado en el desarrollo de la acción.

4.-Valoración de las personas participantes sobre el grado de idoneidad de la acción.

5.-Grado de cumplimiento del cronograma.

6.-Identificar mejoras necesarias en la acción.

ACCIÓN

MUJERES

HOMBRES

Facilitadorespara el desarrollo de la acción

Barreras para el desarrollo de la acción

N.º de personas, desagregadas por sexo, que han participado en el desarrollo de la acción

Valoración de las personas participantes sobre el grado de idoneidad de la acción

Grado de cumplimiento del cronograma

Identificar mejoras necesarias en la acción

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