Convenio Colectivo de Empresa de SOCIEDAD PARA LAS ENSEÑANZAS AERONAUTICAS CIVIL...700711) de Salamanca
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Convenio Colectivo de Emp... Salamanca

Última revisión
17/10/2006

-. Convenio Colectivo de Empresa de SOCIEDAD PARA LAS ENSEÑANZAS AERONAUTICAS CIVILES (SENASA) (3700711) de Salamanca

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Tablas salariales para los años 2005 y 2006, y la tabla de dietas y gastos de locomocion del año 2006 del Convenio Colectivo en vigor para la empresa SOCIEDAD PARA LAS ENSEÑANZAS AERONAUTICAS CIVILES, S. A. "SENASA" (Escuela de Formacion de Pilotos de Salamanca) (Codigo de Convenio 3700711) (Boletín Oficial de Salamanca num. 199 de 17/10/2006)

Salamanca, 28 de septiembre de 2006.

Visto el acuerdo suscrito por la representación de la empresa y de los trabajadores del Convenio Colectivo en vigor para la empresa SOCIEDAD PARA LAS ENSEÑANZAS AERONAUTICAS CIVILES, S. A. "SENASA" (Escuela de Formación de Pilotos de Salamanca) "Código 3700711, sobre publicación de la tablas salariales para los años 2005 y 2006, así como la tabla de dietas y gastos de locomoción del año 2006, y en virtud de lo establecido en el texto del citado Convenio, esta Oficina Territorial de Trabajo, ACUERDO:

PRIMERO.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Oficina y su correspondiente depósito.

SEGUNDO.- Notificar este Acuerdo a las representaciones afectadas.

SEGUNDO.- Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el BoletinOficial de la Provincia.

EL JEFE DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO, Fdo.: Fernando Martín Caballero.

Los representantes de la empresa y de los trabajadores del Convenio Colectivo - para la empresa SOCIEDAD PARA LAS ENSEÑANZAS AERONAUTICAS CIVILES, S. A. "SENASA" (Escuela de Formación de Pilotos de Salamanca), en reunión del día 20 de septiembre de 2006, ACUERDAN:

1.- Aplicación Fondos de Convenio

Una vez publicado el V Convenio Colectivo se procede a aplicar los fondos de convenio a las tablas salariales, según los acuerdos adoptados por la Comisión negociadora, por un importe de 22.022,72 euros. Se hace entrega al Comité de las tablas resultantes (Anexo I)

El Comité manifiesta su conformidad con el reparto de los fondos de convenio

2.- Tablas Salariales 2005

Una vez aplicados los fondos de convenio, se procede a aplicar el incremento salarial correspondiente al año 2005 de la siguiente forma

a) Incremento Autorizado por Patrimonio: 3.04%

b) Deslizamientos 0.13%

c) Incremento a aplicar en tablas: 2.91%

Se hace entrega por la Empresa de las tablas salariales correspondientes al año 2005 una vez aplicado el incremento salarial del 2,91%. (Anexo II)

El Comité manifiesta su conformidad con el porcentaje de incremento salarial y con las tablas salariales resultantes.

2.- Comisiones de Servicio

Se hace entrega por la Empresa de los importes actualizados y vigentes desde el 1.01.06 correspondientes a las dietas y gastos de locomoción de las Comisiones de Servicios. (Anexo III)

3.- Categoría de Oficial Básico

Se crea la categoriade Oficial Básico, desapareciendo la categoría de Oficial TPV de Mantenimiento, manteniéndose el contenido de la mima.

4.- Tablas Salariales 2006

Se procede a aplicar el incromentosalarial correspondiente al año 2006 de la siguiente forma

a) Incremento Autorizado por Patrimonio: 3.05

b) Deslizamientos: 0.28%

c) Incremento a aplicar en tablas: 2.77%

 Se hace entrega por la Empresa de las tablas salariales correspondientes al año 2006 una vez aplicado el incremento salarial del 2,77%. (Anexo IV)

El Comité manifiesta su conformidad con el porcenteje de incremento salarial y con las tablas salariales resultantes.

5.- Información Trimestral

Se hace entrega por parte de la Empresa de la Información Trimestral correspondiente al 2° trimestre del año 2006.

6.- Reclasificaciones

En relación con la reclasificaciones derivadas de los acuerdos adoptados por la Comisión negociadora, se acuerda su efecto con fecha de 1 de Enero de 2005, con la excepción de de la que afecta a un Oficial de 2ª a Oficial 1ª, que estaba condicionada a la jubilación de un trabajador, la cual tiene efecto de 1 de Febrero de 2006.

7. Pago de atrasos años 2005, 2006

El pago de los atrasos correspondientes a los años 2005 y 2006 se realizará durante el mes de octubre, generando cada año su nómina correspondiente.

ANEXOS

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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