Modelo base de contrato de prestación servicios de dirección y gestión (empresas holding)
- Orden: Mercantil
- Fecha última revisión: 14/02/2022
- Resumen:
Los contratos de prestación de servicios encuentran su regulación en los artículos 1542 a 1545 del Código Civil, así como en el Código de Comercio.
El presente contrato de prestación de servicios de dirección y gestión de empresas tiene por objeto que, la empresa holding prestará los servicios de dirección y gestión de empresas, a las empresas del grupo, siguiendo las instrucciones del Consejo de Administración de la holding.
¿Qué es una sociedad holding?
El artículo 42 del Código de Comercio dispone:
«1. Toda sociedad dominante de un grupo de sociedades estará obligada a formular las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados en la forma prevista en esta sección.
Existe un grupo cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras. En particular, se presumirá que existe control cuando una sociedad, que se calificará como dominante, se encuentre en relación con otra sociedad, que se calificará como dependiente, en alguna de las siguientes situaciones:
a) Posea la mayoría de los derechos de voto.
b) Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
c) Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con terceros, de la mayoría de los derechos de voto.
d) Haya designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración, que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores. En particular, se presumirá esta circunstancia cuando la mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros del órgano de administración o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta. Este supuesto no dará lugar a la consolidación si la sociedad cuyos administradores han sido nombrados, está vinculada a otra en alguno de los casos previstos en las dos primeras letras de este apartado.
A los efectos de este apartado, a los derechos de voto de la entidad dominante se añadirán los que posea a través de otras sociedades dependientes o a través de personas que actúen en su propio nombre pero por cuenta de la entidad dominante o de otras dependientes o aquellos de los que disponga concertadamente con cualquier otra persona.
2. La obligación de formular las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados no exime a las sociedades integrantes del grupo de formular sus propias cuentas anuales y el informe de gestión correspondiente, conforme a su régimen específico.
3. La sociedad obligada a formular las cuentas anuales consolidadas deberá incluir en ellas, a las sociedades integrantes del grupo en los términos establecidos en el apartado 1 de este artículo, así como a cualquier empresa dominada por éstas, cualquiera que sea su forma jurídica y con independencia de su domicilio social.
4. La junta general de la sociedad obligada a formular las cuentas anuales consolidadas deberá designar a los auditores de cuentas que habrán de controlar las cuentas anuales y el informe de gestión del grupo. Los auditores verificarán la concordancia del informe de gestión con las cuentas anuales consolidadas.
5. Las cuentas consolidadas y el informe de gestión del grupo habrán de someterse a la aprobación de la junta general de la sociedad obligada a consolidar simultáneamente con las cuentas anuales de esta sociedad. Los socios de las sociedades pertenecientes al grupo podrán obtener de la sociedad obligada a formular las cuentas anuales consolidadas los documentos sometidos a la aprobación de la Junta, así como el informe de gestión del grupo y el informe de los auditores. El depósito de las cuentas consolidadas, del informe de gestión del grupo y del informe de los auditores de cuentas en el Registro Mercantil y la publicación del mismo se efectuarán de conformidad con lo establecido para las cuentas anuales de las sociedades anónimas.
6. Lo dispuesto en la presente sección será de aplicación a los casos en que voluntariamente cualquier persona física o jurídica formule y publique cuentas consolidadas. Igualmente se aplicarán estas normas, en cuanto sea posible, a los supuestos de formulación y publicación de cuentas consolidadas por cualquier persona física o jurídica distinta de las contempladas en el apartado 1 del presente artículo».
En [CIUDAD] a [FECHA]
REUNIDOS
DE UNA PARTE. D. [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. núm. [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones del Contrato en [DOMICILIO].
DE LA OTRA. D. [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. núm. [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones del Contrato en [DOMICILIO].
INTERVIENEN
- El primero en nombre y representación de la sociedad Holding [NOMBRE_EMPRESA], con C.I.F. núm. [CIF], en virtud de escritura de [ESPECIFICAR_CARGO_EMPRESA_Y_ORIGEN_PODERES] otorgada con fecha [FECHA], ante el Notario [NOMBRE_NOTARIO], bajo el número [NUMERO] de su protocolo. A partir de ahora se le denominará en los términos del presente documento como la EMPRESA.
- El segundo en nombre y representación de las sociedades del grupo [NOMBRES_EMPRESAS], con C.I.F. núm. [CIF], en virtud de escritura de [ESPECIFICAR_CARGO_EMPRESA_Y_ORIGEN_PODERES] otorgada con fecha [FECHA], ante el Notario [NOMBRE_NOTARIO], bajo el número [NUMERO] de su protocolo. A partir de ahora se le denominará en los términos del presente documento como EMPRESAS DEL GRUPO.
EXPONEN
1. Que la EMPRESA HOLDING [NOMBRE_EMPRESA] recibe el encargo de las EMPRESAS DEL GRUPO para la realización de los servicios de dirección y gestión de empresas.
2. Que las EMPRESAS DEL GRUPO tienen como objeto social [ESPECIFICAR].
3. Que ambas partes llegan al acuerdo de suscribir el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DIRECCIÓN Y GESTIÓN DE EMREPSAS, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBEJTO DEL CONTRATO
La EMPRESA HOLDING [NOMBRE_EMPRESA] prestará los servicios de dirección y gestión de empresas del grupo [GRUPO_EMPRESAS], siguiendo las instrucciones del Consejo de Administración de la entidad prestadora miembro del grupo de empresas.
[ESPECIFICAR MÁS DETALLES DEL OBJETO DEL CONTRATO]
SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
[ESPECIFICAR LAS OBLIGACIONES DE AMBAS PARTES CONTRATANTES]
TERCERA. RETRIBUCIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
[ESPECIFICAR DETALLES DE LA RETRIBUCIÓN A LA EMPRESA PRESTADORA DE LOS SERVICIOS DE GESTIÓN Y DIRECCIÓN]
CUARTA. DURACIÓN DEL CONTRATO
[ESPECIFICAR DURACIÓN CONTRATO]
QUINTA. CLÁUSULAS ESPECÍFICAS
[ESPECIFICAR CLÁUSULAS ESPECÍFICAS APLICABLES AL CONTRATO. POR EJEMPLO: CLÁUSULA DE NO COMPETENCIA, CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD, SECRETO PROFESIONAL, ETC.]
SEXTA. RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
[ESPECIFICAR CAUSAS DE RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO, ASÍ COMO EL DERECHO A INDEMNIZACIÓN POR PARTE DE LA EMPRESA HOLDGIN EN CASO DE RESOLUCIÓN ANTICIPADA POR PARTE DEL GRUPO DE EMPRESAS].
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES
[ESPECIFICAR LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES]
OCTAVA. PROTECCIÓN DE DATOS
[ESPECIFICAR DETALLES DE LA PROTECCIÓN DE DATOS CUMPLIENDO CON LO PREVISTO EN LA LOPDGDD Y RGPD]
NOVENA. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
El presente Contrato y su ejecución se regirá por las estipulaciones pactadas por las Partes y, en su defecto, por la legislación española y, más concretamente, por la legislación aplicable y vigente en la materia recogida en el Código de Comercio y subsidiariamente en el Código Civil y demás normas especiales que resulten de aplicación.
Las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que le pudiera corresponder, someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la ciudad de [LOCALIDAD] para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente contrato.
En prueba de conformidad, las partes firman el Contrato, por duplicado, en la fecha y lugar señalados en el encabezamiento.
[FIRMAS PARTES]
Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 206 Fecha de Publicación: 25/07/1889 Fecha de entrada en vigor: 25/07/1889 Órgano Emisor: Presidencia Del Consejo De Ministros
Real decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 289 Fecha de Publicación: 16/10/1885 Fecha de entrada en vigor: 01/01/1886 Órgano Emisor: Ministerio De Gracia Y Justicia
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 294 Fecha de Publicación: 06/12/2018 Fecha de entrada en vigor: 07/12/2018 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 16ª. Entrada en vigor.
- D.F. 15ª. Desarrollo normativo.
- D.F. 14ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- D.F. 13ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- D.F. 12ª. Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Sentencia CIVIL Nº 108/2018, JM Donostia-San Sebastián, Sec. 1, Rec 304/2018, 13-04-2018
Orden: Civil Fecha: 13/04/2018 Tribunal: Juzgados De Lo Mercantil - Donostia-san Sebastián Ponente: Malagon Ruiz, Pedro Jose Num. Sentencia: 108/2018 Num. Recurso: 304/2018
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Sentencia Civil Nº 200/2014, AP - Vizcaya, Sec. 3, Rec 189/2014, 04-07-2014
Orden: Civil Fecha: 04/07/2014 Tribunal: Ap - Vizcaya Ponente: Keller Echevarria, Maria Carmen Num. Sentencia: 200/2014 Num. Recurso: 189/2014
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Sentencia Civil Nº 693/2016, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 738/2014, 24-11-2016
Orden: Civil Fecha: 24/11/2016 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Sancho Gargallo, Ignacio Num. Sentencia: 693/2016 Num. Recurso: 738/2014
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Sentencia Civil Nº 224/2016, JM Donostia-San Sebastián, Sec. 1, Rec 246/2016, 01-07-2016
Orden: Civil Fecha: 01/07/2016 Tribunal: Juzgados De Lo Mercantil - Donostia-san Sebastián Ponente: Malagon Ruiz, Pedro Jose Num. Sentencia: 224/2016 Num. Recurso: 246/2016
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Sentencia Civil Nº 324/2012, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 1722/2009, 21-05-2012
Orden: Civil Fecha: 21/05/2012 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Gimeno-bayon Cobos, Rafael Num. Sentencia: 324/2012 Num. Recurso: 1722/2009
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Definición dada por la ley sobre las sociedades holding
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Aspectos laborales de las holding
Orden: Mercantil Fecha última revisión: 20/11/2019
El grupo de empresas carece de personalidad jurídica propia y diferenciada de las empresas que lo integran, son estas y no el grupo, las que reúnen la cualidad de sujeto de las relaciones jurídicas con terceros, incluidos los trabajadores de sus ...
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Las cuestiones contables en las holdings
Orden: Mercantil Fecha última revisión: 20/11/2019
A lo largo de este apartado vamos a analizar las dos principales cuestiones contables que afectan a las sociedades holding:Consolidación contable.Operaciones entre las empresas del grupo.CONSOLIDACIÓN CONTABLETal y como ya expusimos en apartados p...
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Aspectos mercantiles de las holding
Orden: Mercantil Fecha última revisión: 03/02/2020
Las ventajas de la estructura holding, en el ámbito mercantil, son las siguientes:Mayores posibilidades de control organizativo ante la unidad de dirección de las diversas actividades, sectores y/o negocios, pero manteniendo, las entidades dependi...
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Protección de los socios minoritarios externos de las holding
Orden: Mercantil Fecha última revisión: 20/11/2019
La protección de los socios minoritarios o externos se concreta en el derecho de separación siempre que se cumplan los siguientes requisitos:La existencia de cuentas consolidadas.Que la junta general de la sociedad dominante no acuerde la distribu...
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Solicitud de concurso voluntario de persona jurídica. Insolvencia actual
Fecha última revisión: 21/09/2022
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [LOCALIDAD]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales [NÚMEROCOLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE] y de la compañía [NOMBRE_EMPRESA] S.A., con domicilio social en [DOMICILIO_SOCIAL] y CIF [NÚMERO], cuy...
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Escrito al juzgado solicitando concurso voluntario de persona jurídica. Insolvencia inminente
Fecha última revisión: 22/09/2022
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [LOCALIDAD]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales [NÚMERO_COLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE] y de la compañía [NOMBRE_EMPRESA] S.A., con domicilio social en [DOMICILIO_SOCIAL] y CIF [NÚMERO], ...
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Escrito al juzgado solicitando concurso necesario de grupo de empresas y personas físicas por parte de un acreedor
Fecha última revisión: 22/09/2022
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [LOCALIDAD]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales con número de colegiado [NUMEROCOLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE] del Ilustre Colegio de Procuradores de [LOCALIDAD], actuando en nombre y repres...
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Modelo de protocolo para empresas familiares
Fecha última revisión: 14/10/2020
PROTOCOLO FAMILIARPor medio del presente protocolo se regula y establece las relaciones de la familia [ESPECIFICAR] con el grupo de empresas [ESPECIFICAR] con el objeto de favorecer la organización, continuidad y la prosperidad tanto de los miemb...
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Escrito de solicitud de concurso sin masa de persona jurídica
Fecha última revisión: 28/10/2022
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [LOCALIDAD]D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR], Procurador de los Tribunales en nombre y representación de la mercantil [NOMBRE] con domicilio [DOMICILIO] a efectos de notificación y NIF [NIF], representación que acredito med...
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Caso Práctico: Requisitos para consolidar cuentas en un grupo de sociedades y su repercusión.
Fecha última revisión: 13/06/2018
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Caso práctico: responsabilidad de la empresa holding por concurso en sus filiales
Fecha última revisión: 21/10/2022
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IS R.D.LEG. 4/2004 - BI - OPERACIONES VINCULADAS - GRUPO DE SOCIEDADES
Fecha última revisión: 01/01/2017
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IS R.D.LEG. 4/2004 - REG ESPECIALES - EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN - ART. 108: CONSIDERACIÓN GRUPO DE SOCIEDADES
Fecha última revisión: 01/01/2017
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IS, LEY 27/2014 - BI - OPERACIONES VINCULADAS - GRUPO DE SOCIEDADES
Fecha última revisión: 01/01/2017
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Resolución Vinculante de DGT, V2436-06, 01-12-2006
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 01/12/2006 Núm. Resolución: V2436-06
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Resolución de ICAC, 92/DICIEMBRE 2012, 01-12-2012
Órgano: Instituto Contable Y Auditoria De Cuentas Fecha: 01/12/2012 Núm. Resolución: 92/DICIEMBRE 2012
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Resolución Vinculante de DGT, V5067-16, 22-11-2016
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 22/11/2016 Núm. Resolución: V5067-16
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Resolución Vinculante de DGT, V3350-15, 30-10-2015
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 30/10/2015 Núm. Resolución: V3350-15
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Resolución Vinculante de DGT, V4851-16, 11-11-2016
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 11/11/2016 Núm. Resolución: V4851-16