Última revisión
04/12/2025
Modelo orientativo de acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación en alternancia
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Tiempo de lectura: 8 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 04/12/2025
Resumen:
Conforme al Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, el acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación en alternancia puede y debe formalizarse en los siguientes casos:
- Cuando la persona trabajadora participe en procesos formativos que permitan la formalización de un contrato de formación en alternancia, esto es:
- Procesos de formación profesional (art. 5.1).
- Estudios universitarios (art. 5.1).
- Formación incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo (art. 5.1).
- Siempre que la relación laboral tenga por objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con procesos formativos vinculados a alguno de los sistemas indicados anteriormente, de manera integrada y coordinada (artículo 5), y:
- Se elabore un plan formativo individual (artículo 13.2).
- Se suscriba un convenio de cooperación o de colaboración entre la empresa y el centro o entidad de formación (artículo 13.1), salvo las excepciones previstas.
- Cuando la formación se imparta directamente en la propia empresa:
- En estos casos, de acuerdo con el artículo 16.3 y el artículo 17.3, no será necesario suscribir convenio de cooperación, pero sí será obligatorio formalizar el plan formativo individual como anexo al contrato, suscrito por la empresa y la persona trabajadora.
- En los programas públicos de empleo y formación contemplados en la disposición adicional primera:
- En estos supuestos, no será necesario el convenio de cooperación ni el plan formativo individual a los que hace referencia el artículo 13, pues la actividad formativa se aprueba conjuntamente con el proyecto de empleo y formación (D.A. 1.ª.c).
A TENER EN CUENTA:
- No existe, por ahora, un modelo oficial obligatorio. Las empresas y entidades de formación pueden adaptar sus propios modelos o utilizar como modelo orientativo el modelo existente con anterioridad a la reforma laboral 2021-2022, siempre cumpliendo los requisitos legales ajustados a lo que se prevé en los artículos 13 y 17 y Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre.
- Si en un futuro el Ministerio de Trabajo y Economía Social dicta una orden o resolución aprobando un modelo oficial, deberá ser tenido en cuenta, pero actualmente ello no consta en el propio texto del Real Decreto 1065/2025.
Modelo de acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación en alternancia
En [LUGAR], a [FECHA]
REUNIDOS
- La Empresa: [nombre o razón social de la empresa], con domicilio social en [dirección], y CIF número [número], representada en este acto por [nombre del/de la representante legal], en su calidad de [cargo].
- El Centro/Entidad de Formación: [nombre del centro o entidad de formación acred...
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