Jurisprudencia sobre Incapacidad temporal.
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Voces
Incapacidad temporal
Accidente laboral
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Escudero Alonso, Luis Jose
Colino Rey, Adolfo Matias
Martin Morillo, Jesus Maria
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Sanchez Burriel, Miguel Angel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Conclusiones
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/1/resumen/12871.html no existe
RECURSO DE SUPLICACIÓN EN RECLAMACIÓN DE RESOLUCION CONTRATO
A sentencia de instancia desestima a demanda por entender que a causa de resolución do contrato a instancia do traballador por impago ou retrasos no abono dos salarios ven referida a partidas ou débedas non controvertidas pois, do contrario, a discrepancia sobre a procedencia do reclamado obstaría á consideración dun incumplimento empresarial deliberado carente de xustificación.
TRIBUNAL SUPERIOR DE XUSTICIA DE GALICIA
Se discute quién es el responsable del pago de una prestación por incapacidad temporal iniciada con posterioridad a un despido declarado improcedente, una vez que la empresa optó por la indemnización, dando de alta al trabajador y cotizando por el periodo comprendido entre el despido y ese momento de opción. El Tribunal Supremo, en base a la legislación aplicable, considera responsable directo al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/5/resumen/58866.html no existe
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/5/resumen/58978.html no existe
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RECURSO DE SUPLICACIÓN EN RECLAMACIÓN DE RESOLUCION CONTRATO
A sentencia de instancia desestima a demanda por entender que a causa de resolución do contrato a instancia do traballador por impago ou retrasos no abono dos salarios ven referida a partidas ou débedas non controvertidas pois, do contrario, a discrepancia sobre a procedencia do reclamado obstaría á consideración dun incumplimento empresarial deliberado carente de xustificación.
TRIBUNAL SUPERIOR DE XUSTICIA DE GALICIA
Se discute quién es el responsable del pago de una prestación por incapacidad temporal iniciada con posterioridad a un despido declarado improcedente, una vez que la empresa optó por la indemnización, dando de alta al trabajador y cotizando por el periodo comprendido entre el despido y ese momento de opción. El Tribunal Supremo, en base a la legislación aplicable, considera responsable directo al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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