Jurisprudencia sobre Interinidad.
Filtros
Voces
Contrato de interinidad
Contrato de trabajo de duración determinada
Contrato indefinido no fijo
Interinidad por vacante
Puesto de trabajo
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Garcia Alarcon, Maria Virginia
Muñoz, Fernando Esteban
Juanes Fraga, Enrique
Segoviano Astaburuaga, Maria Luisa
Moreno Gonzalez-aller, Ignacio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Conclusiones
Despido. Contrato de interinidad por vacante. Realización de funciones diferentes al puesto para el que fue contratado y plaza perfectamente identificada. No existe fraude de ley. El trabajador contratado con contrato de interinidad para cobertura de vacante en una Administración Pública (en el caso, Universidad de Salamanca) puede ser cesado, por finalización de dicho contrato ex art. 49.1.c)
CAM. -Consejería de Educación e Investigación-. Contrato de interinidad por vacante que supera los tres años de duración. Relación laboral indefinida no fija por duración inusualmente larga (desde 1991). Se designa como referencial la STS/IV de 4 julio 2019 (rcud. 2357/2018). Falta de contradicción. Reitera STS/IV de 21/07/2021 (rcud. 1523/2020) -misma demandada y misma referencial-.
OTROS DCHOS. LABORALES
AENA. Sociedad mercantil estatal. Fraude en la contratación . Aplicación de la condición de trabajadora indefinida no fija a trabajadora que presta servicios en una sociedad mercantil estatal. Reitera doctrina STS, Sala Cuarta. de 17 de junio de 2020, recursos 2811/2018, 1906/2018 y 2005/2018 y de 9 de septiembre de 2020, recurso 3678/2017.
Despido. Contrato de interinidad por vacante. Realización de funciones diferentes al puesto para el que fue contratado y plaza perfectamente identificada. No existe fraude de ley. El trabajador contratado con contrato de interinidad para cobertura de vacante en una Administración Pública (en el caso, Universidad de Salamanca) puede ser cesado, por finalización de dicho contrato ex art. 49.1.c)
CAM. -Consejería de Educación e Investigación-. Contrato de interinidad por vacante que supera los tres años de duración. Relación laboral indefinida no fija por duración inusualmente larga (desde 1991). Se designa como referencial la STS/IV de 4 julio 2019 (rcud. 2357/2018). Falta de contradicción. Reitera STS/IV de 21/07/2021 (rcud. 1523/2020) -misma demandada y misma referencial-.
OTROS DCHOS. LABORALES
AENA. Sociedad mercantil estatal. Fraude en la contratación . Aplicación de la condición de trabajadora indefinida no fija a trabajadora que presta servicios en una sociedad mercantil estatal. Reitera doctrina STS, Sala Cuarta. de 17 de junio de 2020, recursos 2811/2018, 1906/2018 y 2005/2018 y de 9 de septiembre de 2020, recurso 3678/2017.