Jurisprudencia sobre Perjuicio estético.
Filtros
Ponente
Marchena Gomez, Manuel
Fernandez-porto Garcia, Rafael Jesus
Sanchez Herrero, Jose Ramon
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Sanahuja Buenaventura, Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS CONTRATOS
FALTA DE LESIONES IMPRUDENTES
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santiago de Compostela, sobre falta de lesiones imprudentes. La parte apelante alega valoración del perjuicio estético de su hija e indemnización por daños en las prendas de vestir. El informe médico forense refleja que la lesión sufrida por la niña es de poca evidencia, el perjuicio estético es ligero y no afecta su imagen por lo tanto, no puede calificarse
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dicta por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Noia, por falta de lesiones. El Tribunal entiende que el conductor del camión pudo haber visto el vehículo y debió esperar para hacer la maniobra. A través de las declaraciones se probé que el denunciado salió sin percatarse de la presencia del otro vehículo. La Guardia Civil determinó que la causa del accidente fue que el conductor del camión no respetó la prioridad.
DELITO SIN ESPECIFICAR
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
OTRAS MATERIAS CONTRATOS
FALTA DE LESIONES IMPRUDENTES
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santiago de Compostela, sobre falta de lesiones imprudentes. La parte apelante alega valoración del perjuicio estético de su hija e indemnización por daños en las prendas de vestir. El informe médico forense refleja que la lesión sufrida por la niña es de poca evidencia, el perjuicio estético es ligero y no afecta su imagen por lo tanto, no puede calificarse
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dicta por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Noia, por falta de lesiones. El Tribunal entiende que el conductor del camión pudo haber visto el vehículo y debió esperar para hacer la maniobra. A través de las declaraciones se probé que el denunciado salió sin percatarse de la presencia del otro vehículo. La Guardia Civil determinó que la causa del accidente fue que el conductor del camión no respetó la prioridad.
DELITO SIN ESPECIFICAR