Jurisprudencia sobre Seguro obligatorio de viajeros.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Ponente
Catalan Muedra, Susana
Fernandez Soto, Magdalena
Camazon Linacero, Amparo
Casero Alonso, Jose Luis
Diez Nuñez, Jose Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La AP estiman en parte los recursos de apelación interpuestos por la parte demandante. La Sala señala que afronta la reclamación de los perjudicados con cargo al Seguro Obligatorio del Automóvil, pues el fallecido era el conductor del vehículo siniestrado, y no se trata tanto de si sus hijas perjudicadas por su muerte actúan por derecho propio o por ius hereditatis, sino que la cuestión crucial es que estamos ante un supuesto, el del seguro obligatorio de vehículos de motor,
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que el seguro obligatorio de viajeros es un seguro de accidentes individual, no de responsabilidad civil, de obligado concierto por el transportista tomador, que contrata a favor del beneficiario, quién satisface su importe incluido dentro del precio del billete, de ahí la compatibilidad de las indemnizaciones previstas por éste, con cualesquiera otras
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La AP estiman en parte los recursos de apelación interpuestos por la parte demandante. La Sala señala que afronta la reclamación de los perjudicados con cargo al Seguro Obligatorio del Automóvil, pues el fallecido era el conductor del vehículo siniestrado, y no se trata tanto de si sus hijas perjudicadas por su muerte actúan por derecho propio o por ius hereditatis, sino que la cuestión crucial es que estamos ante un supuesto, el del seguro obligatorio de vehículos de motor,
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que el seguro obligatorio de viajeros es un seguro de accidentes individual, no de responsabilidad civil, de obligado concierto por el transportista tomador, que contrata a favor del beneficiario, quién satisface su importe incluido dentro del precio del billete, de ahí la compatibilidad de las indemnizaciones previstas por éste, con cualesquiera otras