Sentencia Civil Audiencia...ro de 1998

Última revisión
30/01/1998

Sentencia Civil Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1003/97 de 30 de Enero de 1998

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Orden: Civil

Fecha: 30 de Enero de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA

Resumen
Para precisar la imputabilidad de responsabilidades en el campo de la culpa extracontractual  se exige la concurrencia de los tres clásicos presupuestos, objetivo del resultado dañoso, subjetivo de conducta genérica culpable y causal de la relación entre el actuar y el daño ocasionado; en su caso, la responsabilidad directa del SERGAS surgiría al darse culpa o negligencia por parte del personal dependiente, médicos autores del acto clínico quirúrgico base de la demanda, descartándose el carácter objetivo de aquélla y sin que opere la inversión de la carga de la prueba. En el supuesto a examen no procede siquiera interrogarse acerca del cómo y el porqué del resultado lesivo a la salud de la Sra. Gómez o las secuelas por la misma invocadas y objetos de reclamación; la realidad es, por contra, que no se le ha inferido perjuicio alguno vinculado a acción u omisión de Da Celsa y D. Manuel y, por ende, carece de fundamento la razón de indemnizar. Indiscutibles los hechos que conforman la  secuencia histórica desarrollada a partir del 6 de julio de 1994 y temporalmente extendidos hasta el 16 de agosto, declarados probados en la apelada y ahora ratificados, hay que concluir que el obrar de los demandados a título individual se ha ceñido a la  lex artis ad bOC11, que consiste según reiterada doctrina legal  en tomar en consideración el evento concreto en que se produce la actuación o intervención médica y las circunstancias en que tiene lugar, así como las incidencias inseparables en el normal actuar profesional, teniendo en cuenta las especiales características del actor del acto médico, del paciente y de otros factores endágenos o exógenos para calificar el controvertido acto como conforme o uno a la técnica médica normal requerida, siempre sin desconocer la libertad clínica y la prudencia. Se desestima el recurso.  

Voces

Reclamación de cantidad

Negligencia médica

Culpa extracontractual

Responsabilidad

Responsabilidad directa

Culpa

Inversión de la carga de la prueba

Lesividad

Secuelas

Lex artis

Fundamentos

DON CANDIDO CURIEL FERNANDEZ SECRETARIO DE LA~SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA.

CERTIFICO; Que en el rollo de apelación civil número 1003/97, dimanante de los autos …

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