Sentencia Civil Nº 1125/1...re de 1995

Última revisión
22/12/1995

Sentencia Civil Nº 1125/1995, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 1292/1992 de 22 de Diciembre de 1995

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Orden: Civil

Fecha: 22 de Diciembre de 1995

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MORALES MORALES, FRANCISCO

Nº de sentencia: 1125/1995

Nº de recurso: 1292/1992

Núm. Cendoj: 28079110011995102025

Núm. Ecli: ES:TS:1995:6624

Resumen
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación del demandante sobre nulidad y reivindicatoria; la Sala rechaza el error en la valoración de la prueba reiterando que no pueden servir de apoyo al motivo casacional los documentos que sean los básicos del pleito y añadiendo que en este caso, además, dichos documentos no son literosuficientes y que la diligencia de embargo se realizó en el domicilio conyugal firmándolo el marido y no mencionando éste que estuviera separado de la recurrente; la Sala señala que no es de aplicación al caso el art. 1373 del Código Civil, que se refiere a deudas propias, ya que la deuda objeto de la litis era de la sociedad de gananciales, sin que hubiera necesidad de contratar al otro cónyuge no contratante.

Voces

Juicio ejecutivo

Registro de la Propiedad

Bienes gananciales

Cesionario

Sociedad de gananciales

Error en la valoración de la prueba

Sentencia firme

Bienes privativos

Letra de cambio

Ejecución de la sentencia

Acción reivindicatoria

Rebeldía

Juicio de cognición

Valoración de la prueba

Error de hecho

Residencia

Indefensión

Domicilio conyugal

Procesal Civil

Diligencia de embargo