Sentencia CIVIL Nº 295/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec ...e 23 de Mayo de 2018
Sentencia CIVIL Nº 295/20...yo de 2018

Última revisión
07/06/2018

Sentencia CIVIL Nº 295/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 1253/2015 de 23 de Mayo de 2018

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Orden: Civil

Fecha: 23 de Mayo de 2018

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SANCHO GARGALLO, IGNACIO

Nº de sentencia: 295/2018

Nº de recurso: 1253/2015

Núm. Cendoj: 28079110012018100287

Núm. Ecli: ES:TS:2018:1871

Núm. Roj: STS 1871:2018

Resumen
Concurso de acreedores. Efectos de la apertura de la liquidación como consecuencia del incumplimiento de un convenio, respecto de los pleitos iniciados por la concursada en la fase de cumplimiento del convenio.Interpretación del art. 145 LC en relación con el art. 51 LC.Mientras no se produzca la sustitución del deudor concursado por la administración concursal, prevista en el párrafo primero del art. 51.2 LC, no opera la posibilidad, concedida en el párrafo segundo al deudor concursado, de mantener su representación y defensa separadas, con las garantías antes descritas. Por lo que no resulta de aplicación este régimen especial.En casos como el presente, en que a la administración concursal le corresponde sustituir al deudor concursado en los procesos judiciales pendientes, pero hace dejación de esta función y con ello permite que la concursada continúe en la defensa de sus derechos patrimoniales objeto de litigio, el deudor concursado se encuentra de facto bajo el régimen previsto en el apartado 3 del art. 51 para los casos de intervención. Esto es, mantiene en ese pleito la capacidad procesal, pero su legitimación procesal queda condicionada al régimen de autorizaciones previsto en este precepto. Es lógico por ello que, una vez dictada la sentencia de primera instancia, para recurrir en apelación necesitara la conformidad de la administración concursal. Aunque esta exigencia de conformidad no esté explicitada en el art. 51.3 LC respecto de la actuación procesal de recurrir la sentencia, debemos considerarla integrada, a la vista de lo regulado en el art. 54.2 LC respecto del ejercicio de acciones del concursado.

Voces

Administración concursal

Aval

Deudor concursado

Concurso de acreedores

Persona jurídica

Efectos de la declaración de concurso

Intereses de demora

Sociedad de responsabilidad limitada

Masa concursal

Ejecuciones de obras

Incumplimiento del contrato

Cese del administrador

Falta de legitimación

Infracción procesal

Daños y perjuicios

Capacidad procesal

Administrador social

Aval bancario

Incumplimiento defectuoso

Intereses legales

Local comercial

Interés legal del dinero

Juez del concurso

Obligación contractual

Constructor

Residencia

Crédito ordinario

Entrega de las llaves

Intereses moratorios

Fondo del asunto

Acción individual

Disolución de sociedades

Caución

Masa activa concursal

Sección de calificación

Crédito concursal

Falta de motivación

Morosidad

Allanamiento

Sustitución procesal