Articulo 1 Reglamento de fundaciones de interés gallego
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»Artículo 1. Objeto del reglamento.
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Este reglamento tiene por objeto el desarrollo de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, en relación con determinados aspectos del régimen jurídico de las fundaciones de interés gallego y regula la organización y ejercicio de las funciones del Protectorado de la Xunta de Galicia y del Consejo Superior de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia.
