Articulo 1 Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos -RAEE-
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»Artículo 1. Objeto
Vigente
La presente Directiva establece medidas destinadas a proteger el medio ambiente y la salud humana mediante la prevención o la reducción de los impactos adversos de la generación y gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), y mediante la reducción de los impactos globales del uso de los recursos y la mejora de la eficacia de dicho uso, de conformidad con los artículos 1 y 4 de la Directiva 2008/98/CE, contribuyendo así al desarrollo sostenible.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-07-2012 en vigor desde 13-08-2012