Articulo 151 Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión
Articulo 151 Sistema Vasc... Inclusión

Articulo 151 Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 151.- Medios personales y materiales.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi garantizará la disponibilidad de los medios personales y materiales que el Órgano de Evaluación, Investigación e Innovación en materia de Inclusión precise para su adecuado funcionamiento.

Modificaciones