Articulo 18 bis TR de dis...os cedidos

Articulo 18 bis TR. de disposiciones legales vigentes dictadas por Canarias en materia de tributos cedidos

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Artículo 18 bis.- Escala autonómica.

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La escala autonómica aplicable a la base liquidable general, a la que se refiere el artículo 74.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en redacción dada por la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, será la siguiente:

Tramos

Base liquidable

(desde euros)

Cuota íntegra

Resto base liquidable

(hasta euros)

Tipo aplicable (%)

1

0

0

13.748,00

9,00%

2

13.748,00

1.237,32

5.674,00

11,50%

3

19.422,00

1.889,83

16.502,00

14,00%

4

35.924,00

4.200,11

21.642,00

18,50%

5

57.566,00

8.203,88

35.702,00

23,50%

6

93.268,00

16.593,85

30.477,00

25,00%

7

123.745,00

24.213,1

en adelante

26,00%

(NOTA: Artículo con efecto desde el día 1 de enero de 2025 y vigencia indefinida)

Modificaciones