Articulo 7 Ayudas directas a autónomos y empresas
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Artículo 7. Solicitudes.

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1. La instancia de solicitud deberá ser debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada, conforme al modelo que estará accesible en la dirección electrónica ayudassolvenciacovid.juntaex.es.

En la solicitud deberán ser cumplimentados, entre otros, los apartados siguientes:

a. Datos identificativos del solicitante: Denominación y NIF.

b. Domicilio fiscal y del centro productivo en Extremadura del solicitante.

c. Indicación de si se van a solicitar ayudas en territorios distintos al del domicilio fiscal.

d. Indicación de si realiza exclusivamente operaciones no sujetas o exentas que no obligan a presentar autoliquidación periódica de IVA y determina el pago fraccionado de acuerdo con la modalidad prevista en el artículo 40.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

e. Si la empresa solicitante en los años 2019 y 2020 o en alguno de ellos se ha formado parte de un grupo que aplique un régimen de consolidación fiscal de territorio foral o de territorio común, la composición de dicho grupo en 2020 y si alguna entidad del mismo tributa en exclusiva ante una Hacienda Foral a efectos del IVA en dichos años.

f. Declaración de que en el momento de la solicitud se sigue ejerciendo la actividad que figura en el Anexo y compromiso de mantener la misma hasta el 30 de junio de 2022.

g. Conjunto de ayudas públicas recibidas en los tres últimos años hasta la fecha, organismo público concedente y fecha de concesión, en su caso.

h. Cuenta bancaria, en la que solicita que sea ingresada la ayuda concedida.

i. Declaración responsable con el compromiso de la empresa de no aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años, a contar desde la fecha de concesión de la subvención, y de no repartir dividendos durante los ejercicios 2021 y 2022.

j. Autorización para la remisión al Ministerio de Hacienda de los datos de la ayuda concedida en virtud del presente Decreto-ley.

k. Autorización a que se refiere el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para que puedan recabarse los datos del solicitante en la Administración Tributaria.

2. Con la solicitud deberán ser aportados, en su caso, los siguientes documentos:

a. Relación de deudas con proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, a cuyo pago será destinada la subvención, con identificación del acreedor, fecha de las deudas e importes, así como, en su caso, los costes fijos incurridos de la empresa.

b. Declaración responsable para aquellos casos en los que la empresa haya declarado pérdidas durante el ejercicio 2019, en la que se haga constar cuales fueron sus resultados en los ejercicios 2017 y 2018, y las circunstancias excepcionales que hayan motivado dichas pérdidas en el citado ejercicio.

c. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), en caso de no haberse autorizado expresamente al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.

d. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.

e. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.

3. En cada convocatoria únicamente se podrá presentar una solicitud por empresa, autónomo o profesional, por lo que, si durante el plazo de la convocatoria un interesado o su representante presentan una nueva solicitud, la presentada en último lugar sustituirá a las presentadas con anterioridad, las cuales quedarán automáticamente sin efecto.