Articulo 7 Inventario de ...Protegidos

Articulo 7 Inventario de Espacios Naturales Protegidos

  • Todas las referencias que efectúa esta norma a la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres deben entenderse referidas a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, o a la que la sustituya, en su caso. - Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía.
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Artículo 7.

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Se declaran parques naturales los espacios inventariados siguientes:

Acantilado y pinar de Barbate (Cádiz).

Bahía de Cádiz (Cádiz).

Los Alcornocales (Cádiz-Málaga).

Sierra de Cardeña y Montoro (Córdoba).

Sierra de Hornachuelos (Córdoba).

Sierra de Baza (Granada).

Sierra de Castril (Granada).

Sierra de Huétor (Granada).

Sierra Nevada (Granada-Almería).

Entorno de Doñana (Huelva-Cádiz-Sevilla).

Sierra de Aracena y Picos de Aroche (Huelva).

Despeñaperros (Jaén).

Sierra de Andújar (Jaén).

Sierra Mágina (Jaén).

Montes de Málaga (Málaga).

Sierra de las Nieves (Málaga).

Sierra Morena de Sevilla (Sevilla).

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