Articulo 72 Ayuda al desa...del FEADER

Articulo 72 Ayuda al desarrollo rural a través del FEADER

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Artículo 72. Procedimientos relativos al seguimiento

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1. La autoridad de gestión y el comité de seguimiento a que se hace referencia en el artículo 47 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 efectuarán un seguimiento de la calidad de la ejecución del programa.

2. La autoridad de gestión y el comité de seguimiento llevarán a cabo el seguimiento de cada programa de desarrollo rural por medio de indicadores financieros, de realización y de objetivos.