Articulo 77 IRPF Álava
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»Artículo 77. Minoración general de cuota y minoración por residencia en núcleos o zonas en riesgo de despoblación.
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1. Las y los contribuyentes aplicarán una minoración de cuota de 1.583,00 euros por cada autoliquidación, conforme a lo previsto en el artículo 74 de esta Norma Foral.
2. Las y los contribuyentes que tengan su residencia habitual en las zonas o núcleos rurales con población igual o menor a 500 habitantes aplicarán, además de la minoración a que se refiere el apartado anterior, otra minoración de la cuota en concepto de residencia en núcleos o zonas en riesgo de despoblación de 200,00 euros por cada autoliquidación.
Modificaciones
- Modificación realizada (77) por Norma Foral 19/2024, de 20 de diciembre, de medidas tributarias para el año 2025.
(Boletín Oficial de Alava de 30-12-2024) en vigor desde 01-01-2025 - Modificación realizada (77 (rúbrica, se modifica; apdo. 3, se añade)) por Norma Foral 19/2024, de 20 de diciembre, de medidas tributarias para el año 2025.
(Boletín Oficial de Alava de 30-12-2024) en vigor desde 31-12-2024 - Modificación realizada (77) por Norma Foral 26/2023, de 22 de diciembre, de medidas tributarias para el año 2024
(Boletín Oficial de Alava de 29-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Modificación realizada (77) por Norma Foral 24/2022, de 23 de diciembre, de medidas tributarias para 2023
(Boletín Oficial de Alava de 30-12-2022) en vigor desde 31-12-2022 - Modificación realizada (77 (apdos. 1 y 2 se modifican y apdo. 3 y rúbrica se modifican con vigencia temporal)) por Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 11/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de agosto. Aprobar medidas tributarias para hacer frente a la actual situación inflacionista
(Boletín Oficial de Alava de 08-08-2022) en vigor desde 09-08-2022 - Modificación realizada (77 (apdo. 1)) por Norma Foral 34/2021, de 23 de diciembre, por la que se adoptan medidas para el impulso de la reactivación económica, para la aplicación del TicketBAI y otras medidas tributarias.
(Boletín Oficial de Alava de 29-12-2021) en vigor desde 30-12-2021 - Modificación realizada (77) por Norma Foral 31/2021, de 15 de diciembre, para favorecer el asentamiento de la población en la zona rural
(Boletín Oficial de Alava de 27-12-2021) en vigor desde 28-12-2021 - Modificación realizada (77) por Norma Foral 22/2019, de 13 de diciembre, de medidas tributarias
(Boletín Oficial de Alava de 30-12-2019) en vigor desde 31-12-2019 - Artículo modificado (77) por Norma Foral 21/2017, de 22 de diciembre, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2018
(Boletín Oficial de Alava de 29-12-2017) en vigor desde 30-12-2017
