Articulo 81 Ayuda al desa...del FEADER

Articulo 81 Ayuda al desarrollo rural a través del FEADER

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Artículo 81. Ayudas estatales

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1. Salvo disposición en contrario del presente título, se aplicarán los artículos 107, 108 y 109 del TFUE a la ayuda de los Estados miembros al desarrollo rural.

2. Los artículos 107, 108 y 109 del TFUE no serán aplicables a los pagos efectuados por los Estados miembros en virtud y de conformidad con el presente Reglamento ni a la financiación suplementaria nacional contemplada en el artículo 82, dentro del ámbito de aplicación del artículo 42 del TFUE.