Articulo 90 Garantía de d...olescencia

Articulo 90 Garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia

Ver Indice
»

Artículo 90. Servicio de centro de día.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El servicio de centro de día para adolescentes infractores es una prestación del Sistema Público de Servicios Sociales dirigida a la ejecución y supervisión de la medida de asistencia a centro de día, prevista en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero.

2. El objetivo del centro de día es proporcionar en horario diurno un ambiente estructurado mediante la realización de actividades socioeducativas y de apoyo a la competencia social, que les habilite para observar un comportamiento responsable en la comunidad, compensando las carencias del ambiente social y familiar.