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Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. - Boletín Oficial de Cantabria de 28-12-2010

Tiempo de lectura: 24 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 28/01/2011

Órgano emisor: PARLAMENTO DE CANTABRIA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 248

F. Publicación: 28/12/2010


Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Modalidades de atención a la infancia y la adolescencia. Artículo 4. Principio inspirador básico. Artículo 5. Principios rectores de la actuación administrativa. Artículo 6. Deber de reserva. Artículo 7. Colaboración institucional. Artículo 8. Principio de corresponsabilidad y colaboración. Artículo 9. Prioridad presupuestaria.
TÍTULO II. PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOSDE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
CAPÍTULO I. PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 10. Garantía genérica. Artículo 11. Ciudadanía activa. Artículo 12. Subsidiariedad de la actuación administrativa. Artículo 13. Promoción y divulgación de los derechos de la infancia y la adolescencia. Artículo 14. Perspectiva de género.
CAPÍTULO II. DERECHOS ESPECÍFICOS
Artículo 15. Derecho a la identidad. Artículo 16. Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica. Artículo 17. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Artículo 18. Derecho a la información. Artículo 19. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión y expresión. Artículo 20. Derecho a la participación y a la asociación. Artículo 21. Derecho de audiencia. Artículo 22. Derecho a la protección de la salud. Artículo 23. Derecho a la educación. Artículo 24. Derecho a la cultura y al ocio. Artículo 25. Derecho a un medio ambiente saludable. Artículo 26. Derecho a un nivel básico de bienestar. Artículo 27. Derecho a la integración social. Artículo 28. Derecho de acceso al Sistema Público de Servicios Sociales. Artículo 29. Derecho a la formación y acceso al empleo. Artículo 30. Ejercicio de sus derechos.
CAPÍTULO III. DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 31. Deberes y responsabilidades de la infancia y la adolescencia.
TÍTULO III. PREVENCIÓN
Artículo 32. Concepto. Artículo 33. Carácter prioritario de la prevención. Artículo 34. Acciones y medidas principales.
TÍTULO IV. PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
CAPÍTULO I. VALORES Y PRINCIPIOS QUE INSPIRAN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN
Artículo 35. Concepto de protección infantil. Artículo 36. Criterios generales de actuación. Artículo 37. Criterios generales para la aplicación de medidas de protección.
CAPÍTULO II. ACCIÓN PROTECTORA DE LA FAMILIA
Artículo 38. Responsabilidad en la crianza y formación. Artículo 39. Medidas específicas de apoyo en la resolución de conflictos familiares.
CAPÍTULO III. ACCIÓN PROTECTORA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
SECCIÓN 1ª DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 40. Derechos específicos de las personas menores protegidas. Artículo 41. Responsabilidades del Sistema Público de Servicios Sociales. Artículo 42. Personal especializado. Artículo 43. Atención inmediata. Artículo 44. Deber de comunicación y denuncia. Artículo 45. Protección ante la victimización secundaria. Artículo 46. Acción popular. Artículo 47. Información y sensibilización social. Artículo 48. Tratamiento de la información sobre maltratos infantiles. Artículo 49. Actuaciones complementarias.
SECCIÓN 2ª INTERVENCIÓN EN SITUACIONES DE RIESGO DE DESPROTECCIÓN
Artículo 50. Concepto de riesgo de desprotección. Artículo 51. Actuación administrativa. Artículo 52. Intervención de los Servicios Sociales de Atención Primaria.
SECCIÓN 3ª INTERVENCIÓN EN SITUACIONES DE DESPROTECCIÓN MODERADA
Artículo 53. Concepto de desprotección moderada. Artículo 54. Actuación administrativa. Artículo 55. Intervención de los Servicios Sociales de Atención Primaria. Artículo 56. Cartera de servicios para situaciones de desprotección moderada. Artículo 57. Servicio de intervención familiar. Artículo 58. Servicio de centro de día.
SECCIÓN 4ª INTERVENCIÓN EN SITUACIONES DE DESPROTECCIÓN GRAVE
SUBSECCIÓN 1ª MODALIDADES DE DESPROTECCIÓN GRAVE
Artículo 59. Concepto de desprotección grave. Artículo 60. Desprotección grave con riesgo de desamparo inminente. Artículo 61. Desprotección grave con desamparo.
SUBSECCIÓN 2ª ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo 62. Actuación en caso de desprotección grave. Artículo 63. Colaboración de terceras personas. Artículo 64. Intervención de los Servicios Sociales de Atención Especializada en protección a la infancia y la adolescencia. Artículo 65. Procedimiento ordinario. Artículo 66. Procedimiento de urgencia. Artículo 67. Obstáculos en la ejecución de las medidas acordadas en los procedimientos. Artículo 68. Tutela. Artículo 69. Guarda. Artículo 70. Cesación de las medidas de protección. Artículo 71. Medidas en evitación de perjuicios a personas menores.
SUBSECCIÓN 3ª CARTERA DE SERVICIOS
Artículo 72. Cartera de servicios para situaciones de desprotección grave. Artículo 73. Servicio de intervención familiar especializada. Artículo 74. Servicio de centro de día. Artículo 75. Servicio de acogimiento familiar. Artículo 76. Formalización del acogimiento familiar. Artículo 77. Servicio de acogimiento residencial. Artículo 78. Servicio de adopción. Artículo 79. Servicio de punto de encuentro. Artículo 80. Servicio de intervención terapéutica y rehabilitadora. Artículo 81. Servicio de apoyo a la emancipación. Artículo 82. Prestación económica de apoyo a la emancipación. Artículo 83. Prestación económica a personas o familias acogedoras. Artículo 84. Prestación económica en el marco del sistema de protección a la infancia y la adolescencia.
TÍTULO V ATENCIÓN SOCIOEDUCATIVA A ADOLESCENTES INFRACTORES
Artículo 85. Concepto. Artículo 86. Actuación administrativa. Artículo 87. Intervención de los Servicios Sociales de Atención Especializada con relación a los adolescentes infractores. Artículo 88. Cartera de servicios para la atención socioeducativa de adolescentes infractores. Artículo 89. Servicio de intervención en medio abierto. Artículo 90. Servicio de centro de día. Artículo 91. Servicio de convivencia con otra persona, familia o grupo educativo. Artículo 92. Servicio de internamiento.
TÍTULO VI SOLIDARIDAD Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Artículo 93. Concepto. Artículo 94. Programas de cooperación al desarrollo. Artículo 95. Programas de estancias temporales. Artículo 96. Atención a personas menores extranjeras no acompañadas. Artículo 97. Adopción internacional.
TÍTULO VII FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN
Artículo 98. Fomento de la formación e investigación. Artículo 99. El Observatorio de la Infancia, la Adolescencia y las Familias. Artículo 100. Funciones.
TÍTULO VIII COMPETENCIAS
Artículo 101. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 102. Competencias de las entidades locales.
TÍTULO IX PROMOCIÓN DE LA INICIATIVA SOCIAL
Artículo 103. Fomento de la iniciativa social. Artículo 104. Entidades colaboradoras de protección a la infancia y la adolescencia. Artículo 105. Entidades colaboradoras de adopción internacional. Artículo 106. Entidades colaboradoras de atención socioeducativa a adolescentes infractores.
TÍTULO X REGISTRO DE PROTECCIÓN DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
Artículo 107. Características generales. Artículo 108. Secciones. Artículo 109. Organización y funcionamiento.
TÍTULO XI RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I INFRACCIONES
Artículo 110. Infracciones administrativas y sujetos responsables. Artículo 111. Prescripción de las infracciones. Artículo 112. Infracciones leves. Artículo 113. Infracciones graves. Artículo 114. Infracciones muy graves.
CAPÍTULO II SANCIONES
Artículo 115. Sanciones administrativas. Artículo 116. Graduación de las sanciones. Artículo 117. Órganos sancionadores. Artículo 118. Prescripción de las sanciones. Artículo 119. Destino de ingresos por sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª Cartera de servicios D.A. 2ª Modificación de las cuantías sancionadoras D.A. 3ª Ejecución forzosa en materia de emisión de informes
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. ÚNICA
DISPOSICION DEROGATORIAS
D.D. ÚNICA Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª Modificación de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria D.F. 2ª Modificación de la Ley de Cantabria 11/2006, de 17 de julio, de organización yfuncionamiento del Servicio Jurídico D.F. 3ª Modificación de la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, deDerechos y Servicios Sociales D.F. 4ª Modificación de la Ley de Cantabria 1/2004, de 1 de abril, Integral para la Prevención de laViolencia Contra las Mujeres y la Protección a sus Víctimas D.F. 5ª Modificación de la Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, decreación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales D.F. 6ª Habilitación normativa D.F. 7ª Entrada en vigor