Articulo 99 Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 99. Derecho de separación de los socios.
Vigente
Los socios que hubieran votado en contra del acuerdo de traslado del domicilio social al extranjero podrán separarse de la sociedad conforme a lo dispuesto en el Título IX de la Ley de Sociedades de Capital.
Modificaciones
- Modificación realizada (Se modifica el artículo 99) por Ley 1/2012, de 22 de junio, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital.
(BOE de 23-06-2012) en vigor desde 24-06-2012 - Artículo modificado por Real Decreto-ley 9/2012, de 16 de marzo, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital.
(BOE de 17-03-2012) en vigor desde 18-03-2012