Da 1 Medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas
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»D.A. 1ª. Complemento por incapacidad temporal.
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Con efectos de 1 de febrero de 2011 será de aplicación lo establecido en la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Función Pública de la Región de Murcia, que regula el complemento por incapacidad temporal.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 1ª (se añade)) por Ley 1/2011, de 24 de febrero, de modificación de la Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Extraordinarias para la Sostenibilidad de las Finanzas Públicas.
(MU de 28-02-2011) en vigor desde 01-03-2011
